RESPUESTA:Bogotá, marzo 11 de 2019
Señores
PIONEROS Y AVENTUREROS EXPERIENCIAL
widegu@yahoo.es
Asunto: Aplazamiento Contacto No. 36571
Respetados Señores:
En respuesta a su amable solicitud, le informo, en primer lugar, que efectivamente recibimos la liquidación de la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo realizada por el aportante, correspondiente al primer trimestre del año gravable 2018. No obstante, la misma no es legible y por tanto no ha sido posible confirmar la información con la respectiva entidad bancaria.
Por tal razón, solicito cordialmente me envíe nuevamente al siguiente correo electrónico lmateus@fontur.com.co la respectiva liquidación de forma legible, para darle continuidad a su solicitud.
Ahora, respecto de la actualización de los datos atinentes al número de identificación de quien realizó los pagos de la contribución parafiscal, es preciso mencionar que los mismos serán actualizados tan pronto usted nos envíe la liquidación del trimestre 1 del año 2018 y la información sea corroborada por la entidad bancaria.
USUARIO:LAURA PATRICIA MATEUS RAMIREZ
RESPUESTA:Bogotá, marzo 18 de 2019
Señores
PIONEROS Y AVENTUREROS EXPERIENCIAL
widegu@yahoo.es
Asunto: Respuesta Contacto No. 36571
Respetados Señores:
En respuesta a su amable solicitud, le informo que los pagos de la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo correspondientes al primer trimestre del año 2018 en relación con los RNT 26307 y 49015 ya los puede visualizar en la plataforma de FONTUR.
De igual manera, todos los pagos realizados a la fecha por este concepto se trasladaron en cabeza de la sociedad "Pioneros y Aventureros S.A.S" con NIT 900418665, tal como lo solicitó. Por tal razón usted deberá ingresar a nuestra plataforma diligenciando los siguientes datos:
Usuario: 900418665
Contraseña: 900418665
Dado lo anterior, usted puede continuar con el proceso de actualización de los mencionados RNT, ingresando al portal web de Confecámaras, a través del link: https: //rnt.confecamaras.co/home”.
Por último, es importante resaltar que en virtud del artículo 7 del Decreto 2063 de 2018, mediante el cual se modificó el artículo 2.2.4.1.3.4. del Decreto 1074 de 2015, se estableció lo siguiente:
“Al momento de la actualización del Registro Nacional de Turismo, los prestadores de servicios turísticos obligados al pago de la contribución parafiscal para la promoción del turismo deberán haber liquidado y pagado los cuatro (4) últimos trimestres causados por concepto de dicha contribución.
Parágrafo. Para efectos de la actualización en el Registro Nacional de Turismo, las cámaras de comercio verificarán el cumplimiento de la obligación a que se refiere este artículo, de conformidad con la última información que suministre la entidad administradora encargada del recaudo de la contribución parafiscal para la promoción del turismo. (…)”
En consecuencia, a partir del 1 de febrero de 2019, fecha en la cual entró a operar la nueva plataforma de la Cámara de Comercio para trámites relacionados con el Registro Nacional del Turismo- RNT, no es necesario adjuntar la certificación de pagos de la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo, por cuanto será la respectiva cámara la encargada de verificar con la entidad recaudadora el cumplimiento del pago de los cuatro últimos trimestres causados de la contribución.
Atentamente,
Atención al Usuario
www.fontur.com.co
Recuerde que puede consultar el estado de su contacto digitando el número de radicado, en la opción consulta de solicitudes.
Con el fin de medir y mejorar el servicio, le solicitamos que por favor diligencie la Encuesta de Satisfacción del Cliente
USUARIO:LAURA PATRICIA MATEUS RAMIREZ
RESPUESTA:Su contacto ha sido recibido, lo atenderemos lo más pronto posible
Esta solicitud contiene un archivo adjunto, denominado ADJUNTO DE USUARIO 36571 por favor verífiquelo
USUARIO:Descargar PDF