RESPUESTA:Su contacto ha sido recibido, lo atenderemos lo más pronto posible
Esta solicitud contiene un archivo adjunto, denominado ADJUNTO DE USUARIO 36425 por favor verífiquelo
USUARIO:Descargar PDF
RESPUESTA:Bogotá, marzo 08 de 2019
Señor(a)
JORGE ARTURO PIANDA PALACIOS
jorgepianda@gmail.com
Asunto: Respuesta Contacto No. 36425
Respetado(a) Señor(a):
En el caso que realice el pago por medio de la opción “Pagar por PSE”, se encuentra obligado enviar la liquidación privada que la puede descargar en: Liquidaciones – Consultar Liquidación Selecciona el año y el trimestre que líquido y seleccionar “ pagar por banco” el sistema le generará el formulario de liquidación privada enviar al correo electrónico parafiscal@fontur.com.co totalmente firmado y con el soporte de pago de transacción aprobada.
En relación con la solicitud presentada, en la cual manifiesta se Cancelo el Hotel Mirador de Salento y quiere dar apertura al Hostal don Luis pero el sistema no deja cambiar el nombre, para lo cual es necesario realizar el respectivo cambio para poder pagar parafiscales y hacer la actualización del mismo, de manera atenta le informo que deberá realizar el pago del 4 trimestre del año 2018 con el nuevo propietario y para ello en la plataforma de pagos deberá crear un nuevo usuario con el NIT sin digito de verificación del nuevo propietario y cuando realice el pago y evidencie que se encuentra en estado pagado, podrá continuar con el proceso de actualización del RNT.
Por otra parte, el artículo 7 del Decreto 2063 de 2018, mediante el cual se modificó el artículo 2.2.4.1.3.4. del Decreto 1074 de 2015, estableció lo siguiente:
“Al momento de la actualización del Registro Nacional de Turismo, los prestadores de servicios turísticos obligados al pago de la contribución parafiscal para la promoción del turismo deberán haber liquidado y pagado los cuatro (4) últimos trimestres causados por concepto de dicha contribución.
Parágrafo. Para efectos de la actualización en el Registro Nacional de Turismo, las cámaras de comercio verificarán el cumplimiento de la obligación a que se refiere este artículo, de conformidad con la última información que suministre la entidad administradora encargada del recaudo de la contribución parafiscal para la promoción del turismo.
(…)”
En consecuencia, a partir del 1 de febrero de 2019, fecha en la cual entró a operar la nueva plataforma de la Cámara de Comercio para trámites relacionados con el RNT, no es necesario adjuntar la certificación de pagos de la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo, sino que será la Cámara la encargada de verificar con la entidad recaudadora el cumplimiento del pago de los cuatro últimos trimestres causados de la Contribución.
Atentamente,
Atención al Usuario
www.fontur.com.co
Recuerde que puede consultar el estado de su contacto digitando el número de radicado, en la opción consulta de solicitudes.
Con el fin de medir y mejorar el servicio, le solicitamos que por favor diligencie la Encuesta de Satisfacción del Cliente
USUARIO:Lerwin Fabian Pulido Aroca