RESPUESTA:Su contacto ha sido recibido, lo atenderemos lo más pronto posible
Esta solicitud contiene un archivo adjunto, denominado ADJUNTO DE USUARIO 36408 por favor verífiquelo
USUARIO:Descargar PDF
RESPUESTA:Bogotá, marzo 13 de 2019
Señor(a)
aviajar1a sas
aviajar1a@gmail.com
Asunto: Respuesta Contacto No. 36408
Respetado(a) Señor(a):
En atención a su solicitud, me permito acusar el recibido de los cuatro pagos de la contribución parafiscal para el año 2018, sin embargo al respecto le informo que una vez revisados los mismos se encontró que usted realizo la liquidación en cero para el primer trimestre de 2018 pero no fue registrada en el banco, razón por la cual aparece con pagos pendientes con Fontur.
Por lo expuesto, es necesario que tenga en cuenta que en los períodos que el aportante no haya percibido ingresos operacionales por concepto del desarrollo de la actividad turística, evento en el cual no nace la obligación de pagar, pero sí se encontraría obligado a presentar la liquidación privada en ceros se debe presentarse en el banco y deben colocar el sello el cual certifica que usted cumplió con dicha obligación.
En conclusión, es necesario que el aportante liquide y pague en el banco la liquidación privada del primer trimestre de 2018 para poder realizar la renovación del Registro Nacional del Turismo a través de la plataforma de Confecámaras, al finalizar el proceso se le indicará que la información ha sido radicada ante la Cámara de Comercio y se le generará un radicado con el cual debe verificar la respuesta de su solicitud en un término de 15 días hábiles siguientes a la radicación de dicha solicitud.
Finalmente, le informo que deberá tener en cuenta que en virtud de lo dispuesto en el artículo 2.2.4.1.3.4 del Decreto 2063 de 2018, al momento de la actualización del Registro Nacional del Turismo, los prestadores de servicios turísticos obligados al pago de la contribución parafiscal deberán haber liquidado y pagado los cuatro últimos trimestres causados por concepto de dicha contribución. Razón por la cual, hasta tanto no se verifique dichos pagos usted no podrá realizar la actualización del Registro Nacional del Turismo-RNT- 63050.
De igual manera, a partir del 1 de febrero de 2019, fecha en la cual entró a operar la nueva plataforma de la Cámara de Comercio para trámites relacionados con el RNT, no es necesario adjuntar la certificación de pagos de la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo, por cuanto será la respectiva cámara la encargada de verificar con la entidad recaudadora el cumplimiento del pago de los cuatro últimos trimestres causados de la contribución.
Atentamente,
Atención al Usuario
www.fontur.com.co
Recuerde que puede consultar el estado de su contacto digitando el número de radicado, en la opción consulta de solicitudes.
Con el fin de medir y mejorar el servicio, le solicitamos que por favor diligencie la Encuesta de Satisfacción del Cliente
USUARIO:PAOLA ANDREA SUÁREZ PANQUEVA