RESPUESTA:Su contacto está siendo atendido por uno de nuestros especialistas.
USUARIO:Yeimi Triana Moreno
RESPUESTA:Bogotá, marzo 13 de 2018
Señor(a)
GLAMPING COLOMBIA SAS
info@glamping-colombia.com
Asunto: Respuesta Contacto No. 24638
Respetado(a) Señor(a):
Buen día.
En atención a su solicitud en la cual solicita la certificación de pagos de la Contribución Parafiscal con Destino al Turismo del establecimiento de manera atenta, le informo que no es posible expedir la certificación de pagos del año 2017, toda vez que en nuestros registros se han encontrado inconsistencias y es necesario que verifique si los pagos del mencionado año fueron realizados bajo el número de identificación del propietario del establecimiento y bajo el registro nacional de turismo otorgado por la correspondiente cámara de comercio, de igual manera si tiene varios establecimientos de comercio debe verificar que los pagos correspondan a los registros nacionales de turismo asignados a los mismos.
Finalmente, le informo que al ser aportante de la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo se encuentra en la obligación de liquidar y pagar dicho tributo desde el momento en que el mencionado establecimiento inició actividades. (Fecha de matrícula mercantil).
De conformidad con el artículo 2.2.4.2.1.3 del Decreto 1074 de 2015, establece que los sujetos pasivos de la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo, es decir, los contemplados en el artículo 3 de la Ley 1101 de 2006, trimestralmente deben cumplir con dos obligaciones:
• La presentación de la liquidación privada (Obligación formal)
• El pago de la liquidación privada (Obligación sustancial)
En cuanto al cumplimiento de dichas obligaciones, es importante precisar que en todos los casos la exigibilidad de las mismas no será igual, en efecto, puede suceder que durante un período el aportante no haya percibido ingresos operacionales por concepto del desarrollo de la actividad turística, evento en el cual no nace la obligación de pagar, no obstante si se encontraría obligado a presentar la liquidación privada en ceros.
Así las cosas, los aportantes de la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo que durante el período causado no hubieren realizado actividades sometidas al gravamen, se encuentran en la obligación de presentar la liquidación privada en ceros, en el formato establecido para el efecto llevando dicha liquidación al banco para su presentación y su respectivo sello.
Así las cosas, una vez verifique la información y si está seguro de que es correcta, es necesario que solicite nuevamente la certificación de pagos UNICAMENTE al correo electrónico certificacionesrnt@fontur.com.co adjuntando una cámara de comercio y todos los datos del establecimiento para realizar el trámite de la certificación y la posterior renovación de RNT para el año 2018 ante Cámara de Comercio donde tenga registrado su establecimiento.
Nota: solo debe enviar una solicitud si envía más de una se anulara la solicitud inicial.
Para efectos de cualquier aclaración puede comunicarse al teléfono 3275500 extensiones 1445.
Atentamente,
Atención al Usuario
www.fontur.com.co
Recuerde que puede consultar el estado de su contacto digitando el número de radicado, en la opción consulta de solicitudes.
Con el fin de medir y mejorar el servicio, le solicitamos que por favor diligencie la Encuesta de Satisfacción del Cliente
USUARIO:Christian Camilo Cortes Guerrero
RESPUESTA:Su contacto ha sido recibido, lo atenderemos lo más pronto posible
USUARIO: