RESPUESTA:Su contacto está siendo atendido por uno de nuestros especialistas.
USUARIO:ADRIANA PRIETO
RESPUESTA:Hemos escalado su contacto a uno de nuestros especialistas en la materia
USUARIO:ADRIANA PRIETO
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USUARIO:Yeimi Triana Moreno
RESPUESTA:Bogotá, marzo 15 de 2019
Señor(a)
HORACIO ALEJANDRO LOPEZ SIEMENS
alojaap.contabilidad@gmail.com
Asunto: Respuesta Contacto No. 36072
Respetado(a) Señor(a):
En atención a su solicitud, es preciso que tenga en cuenta que en virtud del numeral 2 del artículo 3 de la Ley 1101 se consideran aportantes de la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo, “Las viviendas turísticas y otros tipos de hospedaje no permanente, cuyas ventas anuales sean superiores a los 50 smlmv, excluidos los establecimientos que prestan el servicio de alojamiento por horas. En el caso de las viviendas turísticas ubicadas en los territorios indígenas se aplicará la contribución a aquellas cuyas ventas anuales sean superiores a los 100 smlmv.”
Para el caso en particular se observa que la matrícula mercantil del establecimiento “Aloja Apartamentos” con Registro Nacional de Turismo No. 57925 tiene fecha de 10 de abril de 2018, razón por la cual usted no es aportante para el año 2017, toda vez que no hay lugar a verificar el tope de ventas del año anterior ya que el establecimiento de comercio inició operaciones sólo en el año 2018. Por otra parte, se evidencia que de acuerdo a los ingresos operacionales para el año 2018 usted supero topes de venta respecto de los cuales se evidencia que usted realizó los pagos el pasado 22 de febrero de 2019, por lo tanto se encuentra que ha cumplido con su obligación en el pago de la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo del año 2018.
Finalmente, le informo que el trámite de renovación del Registro Nacional de Turismo lo debe adelantar ante la Cámara de Comercio quien es la competente para gestionar todo lo concerniente al RNT, no obstante podrá gestionar la renovación del RNT a través de la plataforma de Confecámaras, al finalizar el proceso se le indicará que la información ha sido radicada ante la Cámara de Comercio y se le generará un radicado con el cual debe verificar la respuesta de su solicitud en un término de 15 días hábiles siguientes a la radicación de dicha solicitud.
Atentamente,
Atención al Usuario
www.fontur.com.co
Recuerde que puede consultar el estado de su contacto digitando el número de radicado, en la opción consulta de solicitudes.
Con el fin de medir y mejorar el servicio, le solicitamos que por favor diligencie la Encuesta de Satisfacción del Cliente
USUARIO:PAOLA ANDREA SUÁREZ PANQUEVA
RESPUESTA:Su contacto ha sido recibido, lo atenderemos lo más pronto posible
USUARIO: