RESPUESTA:Su contacto está siendo atendido por uno de nuestros especialistas.
USUARIO:Yeimi Triana Moreno
RESPUESTA:Hemos escalado su contacto a uno de nuestros especialistas en la materia
USUARIO:Yeimi Triana Moreno
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USUARIO:Yeimi Triana Moreno
RESPUESTA:Por favor hacer la siguinete correción: Por favor complementar en el sentido de indicar que cuando la plataforma haga la pregunta debe digitar el valor de las ventas del año 2017 no del año 2018.
USUARIO:Alexandra Oyuela Mancera
RESPUESTA:Aprobado, por favor enviar respuesta
USUARIO:Diana Fernanda Moreno Grimaldo
RESPUESTA:Bogotá, marzo 13 de 2019
Señores
CHALET ANDINO SAS
contabilidad@benhabitat.com
Asunto: Respuesta Contacto No. 36030
Respetados Señores:
En atención a su correo radicado el 29 de enero de 2019, en el cual adjunta el certificado de matrícula mercantil, de manera atenta le informo que el documento anexo no tiene validez.
Por otra parte, le comunico que en el evento en que no supere el tope de ventas de los 50 smlmv del año inmediatamente anterior es decir año 2017, no tendría la calidad de sujeto pasivo de la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo para el año 2018.
No obstante, se encuentra en la obligación de allegar una certificación de contador público, en la que informe que el correspondiente establecimiento no obtuvo los ingresos del año inmediatamente anterior, requeridos en el numeral 2 artículo 3 de la ley 1101 de 2006.
Ahora bien, le informamos que el certificado debe cumplir con un mínimo de requisitos así:
· Nombre del establecimiento
· RNT
· Año en el que no superó los topes establecidos por la ley.
· Suscrita por el contador público.
Adicionalmente, debe allegar fotocopia de la cédula de ciudadanía y tarjeta profesional del contador público al correo apaez@fontur.com.co.
Finalmente, para continuar con el proceso de actualización del RNT usted deberá ingresar nuevamente a la plataforma de Confecámaras y en el paso 5 deberá indicar si superó o no el tope de ventas de 50 smlmv en el año 2017, para ello deberá ingresar el valor correspondiente a los ingresos del año 2017; por tanto no deberá adjuntar ningún documento y/o certificado.
USUARIO:Adriana Páez Henríquez
RESPUESTA:Bogotá, marzo 19 de 2019
Señor(a)
CHALET ANDINO SAS
contabilidad@benhabitat.com
Asunto: Respuesta Contacto No. 36030
Respetado(a) Señor(a):
Señores
CHALET ANDINO SAS
contabilidad@benhabitat.com
Asunto: Respuesta Contacto No. 36030
Respetados Señores:
En atención a su correo radicado el 29 de enero de 2019, en el cual adjunta el certificado de matrícula mercantil, de manera atenta le informo que el documento anexo no tiene validez.
Por otra parte, le comunico que en el evento en que no supere el tope de ventas de los 50 smlmv del año inmediatamente anterior es decir año 2017, no tendría la calidad de sujeto pasivo de la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo para el año 2018, no obstante, se encuentra en la obligación de allegar una certificación de contador público, en la que informe que el correspondiente establecimiento no obtuvo los ingresos del año inmediatamente anterior, requeridos en el numeral 2 artículo 3 de la ley 1101 de 2006.
Ahora bien, le informamos que el certificado debe cumplir con un mínimo de requisitos así:
· Nombre del establecimiento
· RNT
· Año en el que no superó los topes establecidos por la ley.
· Suscrita por el contador público.
Adicionalmente, debe allegar fotocopia de la cédula de ciudadanía y tarjeta profesional del contador público al correo www.fontur.com.co/contacto-contibucion-parafiscal.
Finalmente, para continuar con el proceso de actualización del RNT usted deberá ingresar nuevamente a la plataforma de Confecámaras y en el paso 5 deberá indicar si superó o no el tope de ventas de 50 smlmv en el año 2017, para ello deberá digitar el valor correspondiente a los ingresos del año 2017; por tanto no deberá adjuntar ningún documento y/o certificado.
USUARIO:Adriana Páez Henríquez
RESPUESTA:Bogotá, marzo 29 de 2019
Señores
CHALET ANDINO SAS
contabilidad@benhabitat.com
Asunto: Respuesta Contacto No. 36030
Respetados Señores:
En atención a su correo radicado el 29 de enero de 2019, en el cual adjunta el certificado de matrícula mercantil, de manera atenta le informo que el documento anexo no tiene validez.
Por otra parte, le comunico que en el evento en que no supere el tope de ventas de los 50 smlmv del año inmediatamente anterior es decir año 2017, no tendría la calidad de sujeto pasivo de la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo para el año 2018, no obstante, se encuentra en la obligación de allegar una certificación de contador público, en la que informe que el correspondiente establecimiento no obtuvo los ingresos del año inmediatamente anterior, requeridos en el numeral 2 artículo 3 de la ley 1101 de 2006.
Ahora bien, le informamos que el certificado debe cumplir con un mínimo de requisitos así:
· Nombre del establecimiento
· RNT
· Año en el que no superó los topes establecidos por la ley.
· Suscrita por el contador público.
Adicionalmente, debe allegar fotocopia de la cédula de ciudadanía y tarjeta profesional del contador público al correo www.fontur.com.co/contacto-contibucion-parafiscal.
Finalmente, para continuar con el proceso de actualización del RNT usted deberá ingresar nuevamente a la plataforma de Confecámaras y en el paso 5 deberá indicar si superó o no el tope de ventas de 50 smlmv en el año 2017, para ello deberá digitar el valor correspondiente a los ingresos del año 2017; por tanto no deberá adjuntar ningún documento y/o certificado.
Atentamente,
Atención al Usuario
www.fontur.com.co
Recuerde que puede consultar el estado de su contacto digitando el número de radicado, en la opción consulta de solicitudes.
Con el fin de medir y mejorar el servicio, le solicitamos que por favor diligencie la Encuesta de Satisfacción del Cliente
USUARIO:Adriana Páez Henríquez
RESPUESTA:Su contacto ha sido recibido, lo atenderemos lo más pronto posible
Esta solicitud contiene un archivo adjunto, denominado ADJUNTO DE USUARIO 36030 por favor verífiquelo
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