RESPUESTA:Su contacto está siendo atendido por uno de nuestros especialistas.
USUARIO:Yeimi Triana Moreno
RESPUESTA:Hemos escalado su contacto a uno de nuestros especialistas en la materia
USUARIO:Yeimi Triana Moreno
RESPUESTA:Bogotá, febrero 26 de 2019
Señor
JORGE ESTEBAN GARZON RINCON
juliar0614@hotmail.com
Asunto: Respuesta Contacto No. 35612
Respetado Señor:
En respuesta a su amable solicitud, le informo que se procedió a verificar nuestras bases de datos y confirmamos efectivamente que los pagos de la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo correspondientes al año 2018 con relación al establecimiento de comercio “Aparta hotel Jogal” fueron efectuados por el propietario anterior, identificado con número de cédula de ciudadanía C.C 53.059.466.
De tal manera, que para actualizar la información del nuevo propietario en nuestra plataforma, requerimos que ingrese a la página web de FONTUR “Liquidación y Pago en Línea” y una vez haya ingresado a su usuario, en el módulo “Establecimientos” deberá en “Fecha de inicio de operaciones” indicar la fecha en la cual usted se hizo propietario del establecimiento de comercio, fecha que deberá corresponder a enero de 2019.
Una vez usted realice el cambio arriba descrito, podrá continuar con el proceso de actualización del Registro Nacional de Turismo –RNT- 32719.
Por último, es importante resaltar que en virtud del artículo 7 del Decreto 2063 de 2018, mediante el cual se modificó el artículo 2.2.4.1.3.4. del Decreto 1074 de 2015, se estableció lo siguiente:
“Al momento de la actualización del Registro Nacional de Turismo, los prestadores de servicios turísticos obligados al pago de la contribución parafiscal para la promoción del turismo deberán haber liquidado y pagado los cuatro (4) últimos trimestres causados por concepto de dicha contribución.
Parágrafo. Para efectos de la actualización en el Registro Nacional de Turismo, las cámaras de comercio verificarán el cumplimiento de la obligación a que se refiere este artículo, de conformidad con la última información que suministre la entidad administradora encargada del recaudo de la contribución parafiscal para la promoción del turismo. (…)”
En consecuencia, a partir del 1 de febrero de 2019, fecha en la cual entró a operar la nueva plataforma de la Cámara de Comercio para trámites relacionados con el Registro Nacional del Turismo- RNT, no es necesario adjuntar la certificación de pagos de la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo, por cuanto será la respectiva cámara la encargada de verificar con la entidad recaudadora el cumplimiento del pago de los cuatro últimos trimestres causados de la Contribución.
Atentamente,
Atención al Usuario
www.fontur.com.co
Recuerde que puede consultar el estado de su contacto digitando el número de radicado, en la opción consulta de solicitudes.
Con el fin de medir y mejorar el servicio, le solicitamos que por favor diligencie la Encuesta de Satisfacción del Cliente
USUARIO:LAURA PATRICIA MATEUS RAMIREZ
RESPUESTA:Su contacto ha sido recibido, lo atenderemos lo más pronto posible
Esta solicitud contiene un archivo adjunto, denominado ADJUNTO DE USUARIO 35612 por favor verífiquelo
USUARIO:Descargar PDF