RESPUESTA:Su contacto está siendo atendido por uno de nuestros especialistas.
USUARIO:Yeimi Triana Moreno
RESPUESTA:Hemos escalado su contacto a uno de nuestros especialistas en la materia
USUARIO:Yeimi Triana Moreno
RESPUESTA:Bogotá, marzo 02 de 2018
Señora
BERTA LOPEZ MARTINEZ
gerencia@hotelhaciendabetania.com
Asunto: Respuesta Contacto No. 24495
Respetada Señora:
En relación con su solicitud de información acerca de la deuda que tiene respecto de los pagos de la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo, de manera atenta, le informo lo siguiente:
El parágrafo 4 del artículo 61 de la Ley 300 de 1996 modificado por el artículo 33 de la Ley 1558 de 2012 consagra que “El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo procederá a la suspensión automática del Registro Nacional de Turismo de los prestadores de servicios turísticos que no lo actualicen anualmente dentro de las fechas señaladas en la reglamentación y sancionará a quienes estén prestando el servicio sin estar registrados. Durante el tiempo de suspensión del Registro, el prestador, no podrá ejercer la actividad.”.
De conformidad con el parágrafo 6 del artículo 61 de la ley 300 de 1996 modificado por el artículo 33 de la Ley 1558 de 2012 “Para la reactivación de la inscripción en el Registro Nacional de Turismo, el prestador deberá solicitarla y acredita la cancelación a favor del Fondo Nacional del Turismo, de un (1) salario mínimo mensual legal vigente en el momento del pago."
En virtud de la norma anterior, le manifiesto que la ley no establece un sistema de financiación respecto al pago del salario mínimo mensual legal para la reactivación del Registro Nacional de Turismo.
Así las cosas, de manera atenta, le informo que no es procedente su solicitud de financiación y por lo tanto, deberá cancelar la suma estipulada en la ley como se mencionó anteriormente y proceder con el trámite de reactivación del Registro Nacional de Turismo.
Por otra parte, es necesario precisar que para poder renovar el registro nacional de turismo de su establecimiento es necesario estar al día en los pagos del 1, 2, 3 y 4 trimestre del año 2017, sin embargo no es posible brindarle la información acerca de su estado frente a estas obligaciones, debido a que en su solicitud no suministró el nombre de establecimiento ni el número de NIt y ni de registro nacional de turismo, en consecuencia, es necesario que se comunique al teléfono 3275500 ext 1426, 1427, 1445, 1446 o 1447 para que le informen el procedimiento para requerir la certificación de pagos del año 2017 con la finalidad de renovar el registro nacional de turismo.
Atentamente,
Atención al Usuario
www.fontur.com.co
Recuerde que puede consultar el estado de su contacto digitando el número de radicado, en la opción consulta de solicitudes.
Con el fin de medir y mejorar el servicio, le solicitamos que por favor diligencie la Encuesta de Satisfacción del Cliente
USUARIO:Diana Fernanda Moreno Grimaldo
RESPUESTA:Su contacto ha sido recibido, lo atenderemos lo más pronto posible
USUARIO: