RESPUESTA:Su contacto está siendo atendido por uno de nuestros especialistas.
USUARIO:Yeimi Triana Moreno
RESPUESTA:Hemos escalado su contacto a uno de nuestros especialistas en la materia
USUARIO:Yeimi Triana Moreno
RESPUESTA:Por favor hacer la siguinete correción: Por favor complementar según lo hablado
USUARIO:Alexandra Oyuela Mancera
RESPUESTA:Aprobado, por favor enviar respuesta
USUARIO:Diana Fernanda Moreno Grimaldo
RESPUESTA:Bogotá, marzo 12 de 2019
Señora
Luz Marina Hernández
luz9561@hotmail.com
Asunto: Respuesta Contacto No. 35244
Respetada Señora:
En atención a su solicitud, de manera atenta informo lo siguiente:
En primer lugar, es importante precisar que la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo es un gravamen de carácter obligatorio, establecido por el artículo 40 de la Ley 300 de 1996 modificado por el artículo 1 de la Ley 1101 de 2006.
Dicha contribución, está a cargo de los aportantes establecidos en el artículo 3 de la Ley 1101 ibídem.
Por su parte, la obligación de inscribirse en el registro mercantil se encuentra establecida en el artículo 26 y siguientes del Código de Comercio.
Como puede observarse, la obligación de liquidar y pagar la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo, es una obligación independiente a la de inscribirse en el registro mercantil,
En consecuencia, si usted se encuentra dentro del listado de aportantes del artículo 3 de la Ley 1101 de 2006, debe liquidar y pagar la contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo, independientemente de su inscripción en el registro mercantil.
Por último, se precisa que la inscripción en la plataforma de “Liquidación y pago en línea”, la realiza directamente el aportante, ingresando al siguiente link: https://apps.fiducoldex.com.co/JasServer/applications/fdxturismo/visual/login.jsp.
Para efectos de liquidar y pagar la Contribución Parafiscal para la promoción del Turismo deberá ingresar a la página del Fondo Nacional de Turismo http://www.fontur.com.co, dirigirse al portal de “liquidación y pago en línea” y diligenciar la información correspondiente al nombre de usuario (que es el número de NIT del establecimiento sin el dígito de verificación si es persona jurídica o si es persona natural es el número de cédula e igualmente sin dígito de verificación) y la clave de acceso (la primera vez será el número de NIT del establecimiento sin dígito de verificación si es persona jurídica o si es persona natural es el número de cédula e igualmente sin dígito de verificación), si la plataforma le arroja un mensaje de “el usuario no se encuentra registrado” deberá dirigirse al icono de “regístrese” y proceder a realizar el registro correspondiente.
El siguiente paso a realizar, consiste en diligenciar la información solicitada en el icono de “establecimientos” en el menú principal, allí encontrara la ventana de “insertar” y en la primera casilla deberá colocar la expresión EST1 que es la abreviatura de Establecimiento 1, y si tiene más establecimientos bajo ese NIT, los relacionará con las expresiones EST2, EST3 y así, sucesivamente.
Ubicado en el menú principal es necesario ingresar a la opción de liquidaciones y seleccionar el ícono de “Nueva liquidación”, la plataforma le solicitará unos datos de parámetros de consulta, como son el año, trimestre y por último el grupo, el cual no debe ser diligenciado.
A continuación es necesario insertar los siguientes datos:
· Descripción: Escriba una descripción que de una idea clara de la liquidación. Por ejemplo: 2017 Trimestre 4.
· Año: Escriba el año que está liquidando. Por ejemplo: 2016, 2017, etc
· Trimestre: Escriba el trimestre que está liquidando, un número de 1 a 4.
· Fecha de Pago: Escriba la fecha en la cual piensa realizar el pago.
Una vez pulse “Aceptar” se mostrará una tabla con los establecimientos para que realice la declaración de los ingresos, en la cual aparecerá el nombre del establecimiento, la clase de establecimiento en que se encuentra clasificado y el ingreso a declarar. Posteriormente, deberá dar un clic en el establecimiento y se activará la casilla de la columna Ingresos para que escriba el valor sin puntos y sin espacios, el cual corresponderá al total de los ingresos operacionales del trimestre que se está liquidando.
El sistema liquidará el valor de Contribución a pagar, correspondiente al 2.5 por mil de los ingresos operacionales declarados, generando la liquidación privada con un código de barras y el respectivo valor a cancelar, el cual podrá pagarse directamente en el banco de Bogotá o por medio del botón PSE (pagos en línea), igualmente debe imprimir el formulario y firmarlo respectivamente, lo cual lo realiza ingresando a la opción “Consultar liquidación” y seleccionando “Pagar por banco”, para finalizar deberá allegarlo a la Dirección de Contribución Parafiscal por medio físico a la Calle 28 N° 13ª- 24 Edificio Museo del Parque Piso 6 o enviarlo al correo electrónico parafiscal@fontur.com.co.
Fontur ha dispuesto un instructivo que contiene el paso a paso del acceso y uso del aplicativo, y usted podrá consultarlo a través del siguiente link: http://fontur.com.co/aym_image/files/Manual_JAC_Usuarios.pdf.
Con el fin de prestar un servicio más eficiente en la atención de los aportantes de la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo, se informa que contamos un Contact Center que atenderá las dudas e inquietudes y otros aspectos que se relacionen con la liquidación y pago de la Contribución Parafiscal en mención. Para recibir la asistencia telefónica puede comunicarse a las líneas de información general que se relacionan a continuación:
Bogotá: 057 (1) 7426404
Bogotá: 057 (1) 3275500 extensión 1444
Celular: 3057341212
Línea nacional sin costo: 018000180335
USUARIO:Victoria Hernández Vargas
RESPUESTA:Bogotá, marzo 18 de 2019
Señora
Luz Marina Hernández
luz9561@hotmail.com
Asunto: Respuesta Contacto No. 35244
Respetada Señora:
En atención a su solicitud, de manera atenta informo lo siguiente:
En primer lugar, es importante precisar que la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo es un gravamen de carácter obligatorio, establecido por el artículo 40 de la Ley 300 de 1996 modificado por el artículo 1 de la Ley 1101 de 2006.
Dicha contribución, está a cargo de los aportantes establecidos en el artículo 3 de la Ley 1101 ibídem.
Por su parte, la obligación de inscribirse en el registro mercantil se encuentra establecida en el artículo 26 y siguientes del Código de Comercio.
Como puede observarse, la obligación de liquidar y pagar la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo, es una obligación independiente a la de inscribirse en el registro mercantil,
En consecuencia, si usted se encuentra dentro del listado de aportantes del artículo 3 de la Ley 1101 de 2006, debe liquidar y pagar la contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo, independientemente de su inscripción en el registro mercantil.
Por último, se precisa que la inscripción en la plataforma de “Liquidación y pago en línea”, la realiza directamente el aportante, ingresando al siguiente link: https://apps.fiducoldex.com.co/JasServer/applications/fdxturismo/visual/login.jsp.
Para efectos de liquidar y pagar la Contribución Parafiscal para la promoción del Turismo deberá ingresar a la página del Fondo Nacional de Turismo http://www.fontur.com.co, dirigirse al portal de “liquidación y pago en línea” y diligenciar la información correspondiente al nombre de usuario (que es el número de NIT del establecimiento sin el dígito de verificación si es persona jurídica o si es persona natural es el número de cédula e igualmente sin dígito de verificación) y la clave de acceso (la primera vez será el número de NIT del establecimiento sin dígito de verificación si es persona jurídica o si es persona natural es el número de cédula e igualmente sin dígito de verificación), si la plataforma le arroja un mensaje de “el usuario no se encuentra registrado” deberá dirigirse al icono de “regístrese” y proceder a realizar el registro correspondiente.
El siguiente paso a realizar, consiste en diligenciar la información solicitada en el icono de “establecimientos” en el menú principal, allí encontrara la ventana de “insertar” y en la primera casilla deberá colocar la expresión EST1 que es la abreviatura de Establecimiento 1, y si tiene más establecimientos bajo ese NIT, los relacionará con las expresiones EST2, EST3 y así, sucesivamente.
Ubicado en el menú principal es necesario ingresar a la opción de liquidaciones y seleccionar el ícono de “Nueva liquidación”, la plataforma le solicitará unos datos de parámetros de consulta, como son el año, trimestre y por último el grupo, el cual no debe ser diligenciado.
A continuación es necesario insertar los siguientes datos:
· Descripción: Escriba una descripción que de una idea clara de la liquidación. Por ejemplo: 2017 Trimestre 4.
· Año: Escriba el año que está liquidando. Por ejemplo: 2016, 2017, etc
· Trimestre: Escriba el trimestre que está liquidando, un número de 1 a 4.
· Fecha de Pago: Escriba la fecha en la cual piensa realizar el pago.
Una vez pulse “Aceptar” se mostrará una tabla con los establecimientos para que realice la declaración de los ingresos, en la cual aparecerá el nombre del establecimiento, la clase de establecimiento en que se encuentra clasificado y el ingreso a declarar. Posteriormente, deberá dar un clic en el establecimiento y se activará la casilla de la columna Ingresos para que escriba el valor sin puntos y sin espacios, el cual corresponderá al total de los ingresos operacionales del trimestre que se está liquidando.
El sistema liquidará el valor de Contribución a pagar, correspondiente al 2.5 por mil de los ingresos operacionales declarados, generando la liquidación privada con un código de barras y el respectivo valor a cancelar, el cual podrá pagarse directamente en el banco de Bogotá o por medio del botón PSE (pagos en línea), igualmente debe imprimir el formulario y firmarlo respectivamente, lo cual lo realiza ingresando a la opción “Consultar liquidación” y seleccionando “Pagar por banco”, para finalizar deberá allegarlo a la Dirección de Contribución Parafiscal por medio físico a la Calle 28 N° 13ª- 24 Edificio Museo del Parque Piso 6 o enviarlo al correo electrónico parafiscal@fontur.com.co.
Fontur ha dispuesto un instructivo que contiene el paso a paso del acceso y uso del aplicativo, y usted podrá consultarlo a través del siguiente link: http://fontur.com.co/aym_image/files/Manual_JAC_Usuarios.pdf.
Con el fin de prestar un servicio más eficiente en la atención de los aportantes de la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo, se informa que contamos un Contact Center que atenderá las dudas e inquietudes y otros aspectos que se relacionen con la liquidación y pago de la Contribución Parafiscal en mención. Para recibir la asistencia telefónica puede comunicarse a las líneas de información general que se relacionan a continuación:
Bogotá: 057 (1) 7426404
Bogotá: 057 (1) 3275500 extensión 1444
Celular: 3057341212
Línea nacional sin costo: 018000180335
Por último, de manera atenta informo que los demás temas de su consulta, no son competencia de la Dirección de Contribución Parafiscal, razón por la cual debe presentar su solicitud ante la Dirección de Calidad y Desarrollo Sostenible del Turismo del Viceministerio de Turismo.
USUARIO:Victoria Hernández Vargas
RESPUESTA:Bogotá, marzo 29 de 2019
Señora
Luz Marina Hernández
luz9561@hotmail.com
Asunto: Respuesta Contacto No. 35244
Respetada Señora:
En atención a su solicitud, de manera atenta informo lo siguiente:
En primer lugar, es importante precisar que la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo es un gravamen de carácter obligatorio, establecido por el artículo 40 de la Ley 300 de 1996 modificado por el artículo 1 de la Ley 1101 de 2006.
Dicha contribución, está a cargo de los aportantes establecidos en el artículo 3 de la Ley 1101 ibídem.
Por su parte, la obligación de inscribirse en el registro mercantil se encuentra establecida en el artículo 26 y siguientes del Código de Comercio.
Como puede observarse, la obligación de liquidar y pagar la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo, es una obligación independiente a la de inscribirse en el registro mercantil,
En consecuencia, si usted se encuentra dentro del listado de aportantes del artículo 3 de la Ley 1101 de 2006, debe liquidar y pagar la contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo, independientemente de su inscripción en el registro mercantil.
Por último, se precisa que la inscripción en la plataforma de “Liquidación y pago en línea”, la realiza directamente el aportante, ingresando al siguiente link: https://apps.fiducoldex.com.co/JasServer/applications/fdxturismo/visual/login.jsp.
Para efectos de liquidar y pagar la Contribución Parafiscal para la promoción del Turismo deberá ingresar a la página del Fondo Nacional de Turismo http://www.fontur.com.co, dirigirse al portal de “liquidación y pago en línea” y diligenciar la información correspondiente al nombre de usuario (que es el número de NIT del establecimiento sin el dígito de verificación si es persona jurídica o si es persona natural es el número de cédula e igualmente sin dígito de verificación) y la clave de acceso (la primera vez será el número de NIT del establecimiento sin dígito de verificación si es persona jurídica o si es persona natural es el número de cédula e igualmente sin dígito de verificación), si la plataforma le arroja un mensaje de “el usuario no se encuentra registrado” deberá dirigirse al icono de “regístrese” y proceder a realizar el registro correspondiente.
El siguiente paso a realizar, consiste en diligenciar la información solicitada en el icono de “establecimientos” en el menú principal, allí encontrara la ventana de “insertar” y en la primera casilla deberá colocar la expresión EST1 que es la abreviatura de Establecimiento 1, y si tiene más establecimientos bajo ese NIT, los relacionará con las expresiones EST2, EST3 y así, sucesivamente.
Ubicado en el menú principal es necesario ingresar a la opción de liquidaciones y seleccionar el ícono de “Nueva liquidación”, la plataforma le solicitará unos datos de parámetros de consulta, como son el año, trimestre y por último el grupo, el cual no debe ser diligenciado.
A continuación es necesario insertar los siguientes datos:
· Descripción: Escriba una descripción que de una idea clara de la liquidación. Por ejemplo: 2017 Trimestre 4.
· Año: Escriba el año que está liquidando. Por ejemplo: 2016, 2017, etc
· Trimestre: Escriba el trimestre que está liquidando, un número de 1 a 4.
· Fecha de Pago: Escriba la fecha en la cual piensa realizar el pago.
Una vez pulse “Aceptar” se mostrará una tabla con los establecimientos para que realice la declaración de los ingresos, en la cual aparecerá el nombre del establecimiento, la clase de establecimiento en que se encuentra clasificado y el ingreso a declarar. Posteriormente, deberá dar un clic en el establecimiento y se activará la casilla de la columna Ingresos para que escriba el valor sin puntos y sin espacios, el cual corresponderá al total de los ingresos operacionales del trimestre que se está liquidando.
El sistema liquidará el valor de Contribución a pagar, correspondiente al 2.5 por mil de los ingresos operacionales declarados, generando la liquidación privada con un código de barras y el respectivo valor a cancelar, el cual podrá pagarse directamente en el banco de Bogotá o por medio del botón PSE (pagos en línea), igualmente debe imprimir el formulario y firmarlo respectivamente, lo cual lo realiza ingresando a la opción “Consultar liquidación” y seleccionando “Pagar por banco”, para finalizar deberá allegarlo a la Dirección de Contribución Parafiscal por medio físico a la Calle 28 N° 13ª- 24 Edificio Museo del Parque Piso 6 o enviarlo al correo electrónico parafiscal@fontur.com.co.
Fontur ha dispuesto un instructivo que contiene el paso a paso del acceso y uso del aplicativo, y usted podrá consultarlo a través del siguiente link: http://fontur.com.co/aym_image/files/Manual_JAC_Usuarios.pdf.
Con el fin de prestar un servicio más eficiente en la atención de los aportantes de la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo, se informa que contamos un Contact Center que atenderá las dudas e inquietudes y otros aspectos que se relacionen con la liquidación y pago de la Contribución Parafiscal en mención. Para recibir la asistencia telefónica puede comunicarse a las líneas de información general que se relacionan a continuación:
Bogotá: 057 (1) 7426404
Bogotá: 057 (1) 3275500 extensión 1444
Celular: 3057341212
Línea nacional sin costo: 018000180335
Por último, de manera atenta informo que los demás temas de su consulta, no son competencia de la Dirección de Contribución Parafiscal, razón por la cual debe presentar su solicitud ante la Dirección de Calidad y Desarrollo Sostenible del Turismo del Viceministerio de Turismo.
Atentamente,
Atención al Usuario
www.fontur.com.co
Recuerde que puede consultar el estado de su contacto digitando el número de radicado, en la opción consulta de solicitudes.
Con el fin de medir y mejorar el servicio, le solicitamos que por favor diligencie la Encuesta de Satisfacción del Cliente
USUARIO:Victoria Hernández Vargas
RESPUESTA:Su contacto ha sido recibido, lo atenderemos lo más pronto posible
USUARIO: