RESPUESTA:Su contacto está siendo atendido por uno de nuestros especialistas.
USUARIO:Yeimi Triana Moreno
RESPUESTA:Hemos escalado su contacto a uno de nuestros especialistas en la materia
USUARIO:Yeimi Triana Moreno
RESPUESTA:Aprobado, por favor enviar respuesta
USUARIO:Alexandra Oyuela Mancera
RESPUESTA:Bogotá, marzo 04 de 2019
Señor
WILMER HERNANDO RODRIGUEZ MACIAS
LSANCHEZVITTO@HOTMAIL.COM
Asunto: Respuesta Contacto No. 34743
Respetado Señora:
En atención a su solicitud, de manera atenta informo lo siguiente:
El numeral 2 del artículo 3 de la Ley 1101 de 2006 establece que son aportantes de la
Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo “Las viviendas turísticas y otros tipos de hospedaje no permanente, cuyas ventas anuales sean superiores a los 50 smlmv (…)”.
Por su parte, el Hospedaje El Santandereano del Sur Rodadero, tiene como fecha de registro mercantil el 25 de octubre de 2018, razón por la cual, siempre y cuando no haya tenido ingresos operacionales anteriores a dicha fecha de matrícula, no se considera aportante de la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo.
De acuerdo con la anterior, y teniendo en cuenta que el RNT del establecimiento se encuentra bajo la subcategoría de Hostal, al ingresar al trámite de actualización del registro nacional de turismo, le aparecerá la pregunta de cuáles fueron sus ventas durante el año 2017. Debido a que en dicho campo debe escribir un valor numérico, allí deberá ingresar como valor el número cero.
Luego de ello, la plataforma le permitirá continuar con el trámite sin la verificación de los 4 últimos pagos de la contribución parafiscal.
USUARIO:Victoria Hernández Vargas
RESPUESTA:Bogotá, marzo 07 de 2019
Señor
WILMER HERNANDO RODRIGUEZ MACIAS
LSANCHEZVITTO@HOTMAIL.COM
Asunto: Respuesta Contacto No. 34743
Respetado Señora:
En atención a su solicitud, de manera atenta informo lo siguiente:
El numeral 2 del artículo 3 de la Ley 1101 de 2006 establece que son aportantes de la
Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo “Las viviendas turísticas y otros tipos de hospedaje no permanente, cuyas ventas anuales sean superiores a los 50 smlmv (…)”.
Por su parte, el Hospedaje El Santandereano del Sur Rodadero, tiene como fecha de registro mercantil el 25 de octubre de 2018, razón por la cual, siempre y cuando no haya tenido ingresos operacionales anteriores a dicha fecha de matrícula, no se considera aportante de la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo.
De acuerdo con la anterior, y teniendo en cuenta que el RNT del establecimiento se encuentra bajo la subcategoría de Hostal, al ingresar al trámite de actualización del registro nacional de turismo, le aparecerá la pregunta de cuáles fueron sus ventas durante el año 2017. Debido a que en dicho campo debe escribir un valor numérico, allí deberá ingresar como valor el número cero.
Luego de ello, la plataforma le permitirá continuar con el trámite sin la verificación de los 4 últimos pagos de la contribución parafiscal.
Atentamente,
Atención al Usuario
www.fontur.com.co
Recuerde que puede consultar el estado de su contacto digitando el número de radicado, en la opción consulta de solicitudes.
Con el fin de medir y mejorar el servicio, le solicitamos que por favor diligencie la Encuesta de Satisfacción del Cliente
USUARIO:Victoria Hernández Vargas
RESPUESTA:Su contacto ha sido recibido, lo atenderemos lo más pronto posible
USUARIO: