RESPUESTA:Su contacto ha sido recibido, lo atenderemos lo más pronto posible
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USUARIO:Descargar PDF
RESPUESTA:Su contacto está siendo atendido por uno de nuestros especialistas.
USUARIO:Yeimi Triana Moreno
RESPUESTA:Hemos escalado su contacto a uno de nuestros especialistas en la materia
USUARIO:Yeimi Triana Moreno
RESPUESTA:Por favor hacer la siguinete correción: Por favor emitir certificación requiere tambien del año 2017
USUARIO:Alexandra Oyuela Mancera
RESPUESTA:Aprobado, por favor enviar respuesta
USUARIO:Alexandra Oyuela Mancera
RESPUESTA:Bogotá, febrero 20 de 2019
Señor(a)
NIDOS TRAVEL
diegomas300@gmail.com
Asunto: Respuesta Contacto No. 34494
Respetado(a) Señor(a):
En atención a su solicitud, de manera atenta le informo que se procedió a verificar nuestros registros y se evidencia que se encuentra al día en los pagos de Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo los RNT correspondientes al año 2018, así las cosas, para obtener el certificado de pagos para la actualización del registro nacional de turismo, es necesario que ingrese a la página web del Fondo Nacional de Turismo www.fontur.com.co seleccione la opción de “Liquidación y pago en Línea” y digite su usuario y contraseña, posteriormente se debe dirigir al botón de “Establecimientos” y en el icono de “Certificación Pago” puede descargar la certificación de pagos del año 2018.
Por otra parte, el artículo 7 del Decreto 2063 de 2018, mediante el cual se modificó el artículo 2.2.4.1.3.4. del Decreto 1074 de 2015, estableció lo siguiente:
“Al momento de la actualización del Registro Nacional de Turismo, los prestadores de servicios turísticos obligados al pago de la contribución parafiscal para la promoción del turismo deberán haber liquidado y pagado los cuatro (4) últimos trimestres causados por concepto de dicha contribución.
Parágrafo. Para efectos de la actualización en el Registro Nacional de Turismo, las cámaras de comercio verificarán el cumplimiento de la obligación a que se refiere este artículo, de conformidad con la última información que suministre la entidad administradora encargada del recaudo de la contribución parafiscal para la promoción del turismo. (…)”
En consecuencia, a partir del 1 de febrero de 2019, fecha en la cual entró a operar la nueva plataforma de la Cámara de Comercio para trámites relacionados con el RNT, no es necesario adjuntar la certificación de pagos de la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo, sino que será la Cámara la encargada de verificar con la entidad recaudadora el cumplimiento del pago de los cuatro últimos trimestres causados de la Contribución.
USUARIO:Christian Camilo Cortes Guerrero
RESPUESTA:Bogotá, marzo 12 de 2019
Señor(a)
NIDOS TRAVEL
diegomas300@gmail.com
Asunto: Respuesta Contacto No. 34494
Respetado(a) Señor(a):
En atención a su solicitud, de manera atenta le informo que se procedió a verificar nuestros registros y se evidencia que se encuentra al día en los pagos de Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo los RNT correspondientes al año 2018, así las cosas, para obtener el certificado de pagos para la actualización del registro nacional de turismo, es necesario que ingrese a la página web del Fondo Nacional de Turismo www.fontur.com.co seleccione la opción de “Liquidación y pago en Línea” y digite su usuario y contraseña, posteriormente se debe dirigir al botón de “Establecimientos” y en el icono de “Certificación Pago” puede descargar la certificación de pagos del año 2018.
Por otra parte, el artículo 7 del Decreto 2063 de 2018, mediante el cual se modificó el artículo 2.2.4.1.3.4. del Decreto 1074 de 2015, estableció lo siguiente:
“Al momento de la actualización del Registro Nacional de Turismo, los prestadores de servicios turísticos obligados al pago de la contribución parafiscal para la promoción del turismo deberán haber liquidado y pagado los cuatro (4) últimos trimestres causados por concepto de dicha contribución.
Parágrafo. Para efectos de la actualización en el Registro Nacional de Turismo, las cámaras de comercio verificarán el cumplimiento de la obligación a que se refiere este artículo, de conformidad con la última información que suministre la entidad administradora encargada del recaudo de la contribución parafiscal para la promoción del turismo. (…)”
En consecuencia, a partir del 1 de febrero de 2019, fecha en la cual entró a operar la nueva plataforma de la Cámara de Comercio para trámites relacionados con el RNT, no es necesario adjuntar la certificación de pagos de la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo, sino que será la Cámara la encargada de verificar con la entidad recaudadora el cumplimiento del pago de los cuatro últimos trimestres causados de la Contribución.
Finalmente, al revisar nuestros registros del año 2017 del establecimiento se observa que a la fecha tiene pendiente de pago el (los) 4 trimestre(s) del año 2017, y es necesario que realice nuevamente la liquidación privada corrigiendo dicha liquidacion ya que no se observa información en las casillas (7 – 8 – 9 – 10 – 11 y 12) y llevarlas al Banco Bogotá para su respectivo sello.
(NOTA: Debe validar la fecha de inicio de operaciones en la casilla de establecimientos)
USUARIO:Christian Camilo Cortes Guerrero
RESPUESTA:Bogotá, marzo 14 de 2019
Señor(a)
NIDOS TRAVEL
diegomas300@gmail.com
Asunto: Respuesta Contacto No. 34494
Respetado(a) Señor(a):
En atención a su solicitud, de manera atenta le informo que se procedió a verificar nuestros registros y se evidencia que se encuentra al día en los pagos de Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo los RNT correspondientes al año 2018, así las cosas, para obtener el certificado de pagos para la actualización del registro nacional de turismo, es necesario que ingrese a la página web del Fondo Nacional de Turismo www.fontur.com.co seleccione la opción de “Liquidación y pago en Línea” y digite su usuario y contraseña, posteriormente se debe dirigir al botón de “Establecimientos” y en el icono de “Certificación Pago” puede descargar la certificación de pagos del año 2018.
Por otra parte, el artículo 7 del Decreto 2063 de 2018, mediante el cual se modificó el artículo 2.2.4.1.3.4. del Decreto 1074 de 2015, estableció lo siguiente:
“Al momento de la actualización del Registro Nacional de Turismo, los prestadores de servicios turísticos obligados al pago de la contribución parafiscal para la promoción del turismo deberán haber liquidado y pagado los cuatro (4) últimos trimestres causados por concepto de dicha contribución.
Parágrafo. Para efectos de la actualización en el Registro Nacional de Turismo, las cámaras de comercio verificarán el cumplimiento de la obligación a que se refiere este artículo, de conformidad con la última información que suministre la entidad administradora encargada del recaudo de la contribución parafiscal para la promoción del turismo. (…)”
En consecuencia, a partir del 1 de febrero de 2019, fecha en la cual entró a operar la nueva plataforma de la Cámara de Comercio para trámites relacionados con el RNT, no es necesario adjuntar la certificación de pagos de la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo, sino que será la Cámara la encargada de verificar con la entidad recaudadora el cumplimiento del pago de los cuatro últimos trimestres causados de la Contribución.
Finalmente, al revisar nuestros registros del año 2017 del establecimiento se observa que a la fecha tiene pendiente de pago el (los) 4 trimestre(s) del año 2017, y es necesario que realice nuevamente la liquidación privada corrigiendo dicha liquidacion ya que no se observa información en las casillas (7 – 8 – 9 – 10 – 11 y 12) y llevarlas al Banco Bogotá para su respectivo sello.
(NOTA: Debe validar la fecha de inicio de operaciones en la casilla de establecimientos)
Atentamente,
Atención al Usuario
www.fontur.com.co
Recuerde que puede consultar el estado de su contacto digitando el número de radicado, en la opción consulta de solicitudes.
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USUARIO:Christian Camilo Cortes Guerrero