RESPUESTA:Su contacto ha sido recibido, lo atenderemos lo más pronto posible
Esta solicitud contiene un archivo adjunto, denominado ADJUNTO DE USUARIO 34295 por favor verífiquelo
USUARIO:Descargar PDF
RESPUESTA:Su contacto está siendo atendido por uno de nuestros especialistas.
USUARIO:Yeimi Triana Moreno
RESPUESTA:Hemos escalado su contacto a uno de nuestros especialistas en la materia
USUARIO:Yeimi Triana Moreno
RESPUESTA:Hemos escalado su contacto a uno de nuestros especialistas en la materia
USUARIO:Yeimi Triana Moreno
RESPUESTA:Por favor hacer la siguinete correción: Eliminar el primer párrafo y solicitar que las liquidaciones sean radicadas en el Banco de Bogotá, expedir certificacón solicitada.
USUARIO:Alexandra Oyuela Mancera
RESPUESTA:Por favor hacer la siguinete correción: Aún esta pendiente la emisión de la certificación por favor emitirla.
USUARIO:Alexandra Oyuela Mancera
RESPUESTA:Por favor hacer la siguinete correción: Nuevamente reitero que se debe expedir la certificación solicitada a la fecha el aportante no tiene obligaciones pendientes, el cuarto trimestre lo tiene pago y el 1,2 y3 liquido en cero y allegó las mencionadas liquidaciones, sólo se debe solicitar que las radique en el Banco.
USUARIO:Alexandra Oyuela Mancera
RESPUESTA:Aprobado, por favor enviar respuesta
USUARIO:Alexandra Oyuela Mancera
RESPUESTA:Bogotá, febrero 21 de 2019
Señor(a)
SERVICIOS EXPRESOS LOS YARUMALES SAS
transyarumal@gmail.com
Asunto: Respuesta Contacto No. 34295
Respetado(a) Señor(a):
En atención a su solicitud, de manera atenta le informo que al verificar nuestros registros se observa que a la fecha tiene pendiente de pago el 1-2-3 trimestre del año 2018 del RNT 51118, es necesario que las liquidaciones privadas sean presentadas en el Banco de Bogotá.
Una vez realice la respectiva presentación en el Banco de Bogotá podrá continuar con el proceso de actualización y puede obtener el certificado, ingresando a la página web del Fondo Nacional de Turismo www.fontur.com.co, seleccionando la opción de “Liquidación y pago en Línea”, digite su usuario y contraseña y posteriormente diríjase al botón de “Establecimientos” y en el icono de “Certificación Pago” descargue la certificación de pagos del año 2018.
Por otra parte, el artículo 7 del Decreto 2063 de 2018, mediante el cual se modificó el artículo 2.2.4.1.3.4. del Decreto 1074 de 2015, estableció lo siguiente:
“Al momento de la actualización del Registro Nacional de Turismo, los prestadores de servicios turísticos obligados al pago de la contribución parafiscal para la promoción del turismo deberán haber liquidado y pagado los cuatro (4) últimos trimestres causados por concepto de dicha contribución.
Parágrafo. Para efectos de la actualización en el Registro Nacional de Turismo, las cámaras de comercio verificarán el cumplimiento de la obligación a que se refiere este artículo, de conformidad con la última información que suministre la entidad administradora encargada del recaudo de la contribución parafiscal para la promoción del turismo.
(…)”
En consecuencia, a partir del 1 de febrero de 2019, fecha en la cual entró a operar la nueva plataforma de la Cámara de Comercio para trámites relacionados con el RNT, no es necesario adjuntar la certificación de pagos de la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo, sino que será la Cámara la encargada de verificar con la entidad recaudadora el cumplimiento del pago de los cuatro últimos trimestres causados de la Contribución.
USUARIO:Lerwin Fabian Pulido Aroca
RESPUESTA:Bogotá, marzo 01 de 2019
Señor(a)
SERVICIOS EXPRESOS LOS YARUMALES SAS
transyarumal@gmail.com
Asunto: Respuesta Contacto No. 34295
Respetado(a) Señor(a):
En atención a su solicitud la cual envía liquidaciones privadas correspondientes al 1-2-3 trimestre del año 2018 y solicita la certificación de pagos, de manera atenta le informo que es necesario que realice la presentación de dichas liquidaciones directamente en el Banco de Bogotá.
Una vez realice la respectiva presentación en el Banco de Bogotá podrá continuar con el proceso de actualización y puede obtener el certificado, ingresando a la página web del Fondo Nacional de Turismo www.fontur.com.co, seleccionando la opción de “Liquidación y pago en Línea”, digite su usuario y contraseña y posteriormente diríjase al botón de “Establecimientos” y en el icono de “Certificación Pago” descargue la certificación de pagos del año 2018.
Por otra parte, el artículo 7 del Decreto 2063 de 2018, mediante el cual se modificó el artículo 2.2.4.1.3.4. del Decreto 1074 de 2015, estableció lo siguiente:
“Al momento de la actualización del Registro Nacional de Turismo, los prestadores de servicios turísticos obligados al pago de la contribución parafiscal para la promoción del turismo deberán haber liquidado y pagado los cuatro (4) últimos trimestres causados por concepto de dicha contribución.
Parágrafo. Para efectos de la actualización en el Registro Nacional de Turismo, las cámaras de comercio verificarán el cumplimiento de la obligación a que se refiere este artículo, de conformidad con la última información que suministre la entidad administradora encargada del recaudo de la contribución parafiscal para la promoción del turismo.
(…)”
En consecuencia, a partir del 1 de febrero de 2019, fecha en la cual entró a operar la nueva plataforma de la Cámara de Comercio para trámites relacionados con el RNT, no es necesario adjuntar la certificación de pagos de la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo, sino que será la Cámara la encargada de verificar con la entidad recaudadora el cumplimiento del pago de los cuatro últimos trimestres causados de la Contribución.
USUARIO:Lerwin Fabian Pulido Aroca
RESPUESTA:Bogotá, marzo 04 de 2019
Señor(a)
SERVICIOS EXPRESOS LOS YARUMALES SAS
transyarumal@gmail.com
Asunto: Respuesta Contacto No. 34295
Respetado(a) Señor(a):
Las liquidaciones privadas del 1-2-3 trimestre no se encuentran pagas, por lo tanto, en la solicitud se informa que deben presentar las liquidaciones prvadas en el Banco de Bogotá, por eso no se emite certificación.
USUARIO:Lerwin Fabian Pulido Aroca
RESPUESTA:Bogotá, marzo 08 de 2019
Señor(a)
SERVICIOS EXPRESOS LOS YARUMALES SAS
transyarumal@gmail.com
Asunto: Respuesta Contacto No. 34295
Respetado(a) Señor(a):
En atención a su solicitud, en la cual afdjunta las liquidaciones privadas en cero (0) del 1,2 y 3 trimestre del año 2018 esto con el fin de que sean aplicadas en la plataforma de pagos debido a que en el municipio de Yarumal Meta no existe oficina del Banco de Bogotá, de manera atenta le informo que las liquidaciones privadas del 1-2-3 trimestre del año 2018 fueron aplicadas y por lo tan puede continuar con el proceso de actualización del RNT.
Una vez ingrese diríjase a la opción de Establecimientos, allí podrá modificar la información pulsando click dos veces sobre la celda de RNT y digitando el número correcto, además es necesario que verifique si el cambio fue realizado correctamente verificando por la opción de refrescar.
En consecuencia, para obtener el certificado de pagos del año 2018, debera ingresar a la página web del Fondo Nacional de Turismo www.fontur.com.co, seleccionando la opción de “Liquidación y pago en Línea”, digite su usuario y contraseña y posteriormente diríjase al botón de “Establecimientos” y en el icono de “Certificación Pago” descargue la certificación de pagos del año 2018.
Por otra parte, el artículo 7 del Decreto 2063 de 2018, mediante el cual se modificó el artículo 2.2.4.1.3.4. del Decreto 1074 de 2015, estableció lo siguiente:
“Al momento de la actualización del Registro Nacional de Turismo, los prestadores de servicios turísticos obligados al pago de la contribución parafiscal para la promoción del turismo deberán haber liquidado y pagado los cuatro (4) últimos trimestres causados por concepto de dicha contribución.
Parágrafo. Para efectos de la actualización en el Registro Nacional de Turismo, las cámaras de comercio verificarán el cumplimiento de la obligación a que se refiere este artículo, de conformidad con la última información que suministre la entidad administradora encargada del recaudo de la contribución parafiscal para la promoción del turismo.
Atentamente,
Atención al Usuario
www.fontur.com.co
Recuerde que puede consultar el estado de su contacto digitando el número de radicado, en la opción consulta de solicitudes.
Con el fin de medir y mejorar el servicio, le solicitamos que por favor diligencie la Encuesta de Satisfacción del Cliente
USUARIO:Lerwin Fabian Pulido Aroca
RESPUESTA:Bogotá, marzo 07 de 2019
Señor(a)
SERVICIOS EXPRESOS LOS YARUMALES SAS
transyarumal@gmail.com
Asunto: Respuesta Contacto No. 34295
Respetado(a) Señor(a):
En atención a su solicitud, en la cual afdjunta las liquidaciones privadas en cero (0) del 1,2 y 3 trimestre del año 2018 esto con el fin de que sean aplicadas en la plataforma de pagos debido a que en el municipio de Yarumal Meta no existe oficina del Banco de Bogotá, de manera atenta le informo que las liquidaciones privadas del 1-2-3 trimestre del año 2018 fueron aplicadas y por lo tan puede continuar con el proceso de actualización del RNT.
Una vez ingrese diríjase a la opción de Establecimientos, allí podrá modificar la información pulsando click dos veces sobre la celda de RNT y digitando el número correcto, además es necesario que verifique si el cambio fue realizado correctamente verificando por la opción de refrescar.
En consecuencia, para obtener el certificado de pagos del año 2018, debera ingresar a la página web del Fondo Nacional de Turismo www.fontur.com.co, seleccionando la opción de “Liquidación y pago en Línea”, digite su usuario y contraseña y posteriormente diríjase al botón de “Establecimientos” y en el icono de “Certificación Pago” descargue la certificación de pagos del año 2018.
Por otra parte, el artículo 7 del Decreto 2063 de 2018, mediante el cual se modificó el artículo 2.2.4.1.3.4. del Decreto 1074 de 2015, estableció lo siguiente:
“Al momento de la actualización del Registro Nacional de Turismo, los prestadores de servicios turísticos obligados al pago de la contribución parafiscal para la promoción del turismo deberán haber liquidado y pagado los cuatro (4) últimos trimestres causados por concepto de dicha contribución.
Parágrafo. Para efectos de la actualización en el Registro Nacional de Turismo, las cámaras de comercio verificarán el cumplimiento de la obligación a que se refiere este artículo, de conformidad con la última información que suministre la entidad administradora encargada del recaudo de la contribución parafiscal para la promoción del turismo.
Esta respuesta contiene un archivo adjunto, denominado RESPUESTA CONTACTO 34295 por favor verífiquelo
USUARIO:Descargar PDF