RESPUESTA:Su contacto ha sido recibido, lo atenderemos lo más pronto posible
Esta solicitud contiene un archivo adjunto, denominado ADJUNTO DE USUARIO 33911 por favor verífiquelo
USUARIO:Descargar PDF
RESPUESTA:Su contacto está siendo atendido por uno de nuestros especialistas.
USUARIO:Yeimi Triana Moreno
RESPUESTA:Hemos escalado su contacto a uno de nuestros especialistas en la materia
USUARIO:Yeimi Triana Moreno
RESPUESTA:Bogotá, febrero 18 de 2019
Señor(a)
ELIZABETH GARCIA RAMIREZ
DILOHEAL1123@HOTMAIL.COM
Asunto: Respuesta Contacto No. 33911
Respetado(a) Señor(a):
En atención a su solicitud, de manera atenta informo que a la fecha el prestador de servicios turísticos identificado con el N.I.T. 41894290, no refleja ningún pago por concepto de Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo.
Así las cosas, teniendo en cuenta que la Agencia de viajes se encuentra registrado desde el 2 de febrero de 2018, a la fecha se encuentran pendientes de liquidación y pago los siguientes trimestres:
· Año gravable 2018 / 1 – 2 – 3 y 4 trimestre.
Por lo anterior, no es posible expedir la certificación de pagos por usted solicitada.
Por otra parte, con respecto a su afirmación de que “durante el año 2018 los ingresos no superan los topes de venta según la ley”, de manera atenta informo lo siguiente:
El artículo 3 de la Ley 1101 de 2006, contempla que se consideran aportantes de la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo, entre otros, los siguientes:
“1. Los hoteles y centros vacacionales.
2. Las viviendas turísticas y otros tipos de hospedaje no permanente, cuyas ventas anuales sean superiores a los 50 smlmv, excluidos los establecimientos que prestan el servicio de alojamiento por horas. En el caso de las viviendas turísticas ubicadas en los territorios indígenas se aplicará la contribución a aquellas cuyas ventas anuales sean superiores a los 100 smlmv”.
3. Las agencias de viajes.
Por su parte, el establecimiento “ELICAFETURISMO”, de propiedad de la señora Garcia Ramirez Elizabeth, tiene la categoría de agencia de viajes.
Teniendo en cuenta lo anterior, es importante precisar que para que una agencia de viajes sea considerado aportante de la Contribución Parafiscal, la Ley no estableció ningún tope de ventas; diferente a lo que ocurre cuando se trata de viviendas turísticas y hospedajes no permanentes. En conclusión, el establecimiento “ELICAFETURISMO”, es aportante de la Contribución Parafiscal y deberá liquidar y pagar los trimestres pendientes, teniendo como base gravable sus ingresos operacionales. (Decreto 1074 de 2015).
Para efectos de liquidar y pagar la contribución parafiscal para la promoción al turismo debe ingresar a la página web www.fontur.com.co , en la parte superior va a encontrar un link llamado Liquidación y pago en Línea, una vez ingrese coloque en usuario que es el Nit de su establecimiento sin digito de verificación y la contraseña correspondiente.
En el caso que no pueda ingresar a la plataforma por:
• “usuario no Existe”, se debe dirigir a la opción que dice, “Registre” y diligencia la información que le solicita. En esta opción debe colocar el Nit. Si es persona jurídica por el contrario si es persona natural seleccione CC.
• “Usuario Duplicado”, quiere decir que su nombre de usuario es el NIT sin digito de verificación y la Contraseña es el NIT sin digito de verificación.
• “clave invalida”, se debe dirigir a la opción que dice “Olvido su Contraseña” y el sistema le enviara un recordatorio de la contraseña a su correo electrónico.
Una vez ingrese siga los siguientes pasos:
Primer paso:
Diríjase a la opción de Establecimientos de clic en insertar diligencie toda la información que el sistema le solicita en código va digitar EST1 si tienes más establecimientos EST2, EST3…., en fecha de inicio corresponde a la fecha que su establecimiento lo registro ante Cámara De Comercio y en estado digita A (corresponde a activo), si tiene más establecimientos procede a realizar el mismo procedimiento. (Si ya tiene el establecimiento creado haga caso omiso a este procedimiento).
Segundo paso:
Después de haber registrado el establecimiento puede proceder a realizar la liquidación; se dirige a la opción que dice liquidaciones – Nueva liquidación escoge el año y trimestre que va a liquidar en grupo deja en blanco y le da consultar. Le va aparecer una nueva ventana donde le da insertar en descripción va poner pago y el trimestre que está liquidando, escoge nuevamente el año y el trimestre que está liquidando y la fecha que va a realizar el pago. El sistema le dice digite los ingresos de sus establecimientos proceda a realizarlo y le da aceptar después de haberlos digitado. El sistema automáticamente le va a liquidar los intereses hasta la fecha del día de pago si da a lugar.
Tercer paso:
Después de haber registrado los ingresos diríjase a la opción que dice consultar liquidación selecciona el año y trimestre que líquido y consultar, finalmente seleccione porque medio va a realizar el pago, si lo paga en banco seleccione la opción pagar por banco e imprimir el formulario en impresora a laser y llevarlo al Banco Bogotá, si por el contrario selecciona el pago por medio PSE, debe realizar el proceso de pago, y una vez finalizado el proceso valla a la opción pagar por banco y descargue el formulario el cual le va a salir sin código de barras el cual indica que usted realizo el pago por este medio, imprima el formulario y fírmelo respectivamente, una vez lo tenga diligenciado envíelo mediante correo electrónico.
Atentamente,
Atención al Usuario
www.fontur.com.co
Recuerde que puede consultar el estado de su contacto digitando el número de radicado, en la opción consulta de solicitudes.
Con el fin de medir y mejorar el servicio, le solicitamos que por favor diligencie la Encuesta de Satisfacción del Cliente
USUARIO:Christian Camilo Cortes Guerrero