RESPUESTA:Su contacto está siendo atendido por uno de nuestros especialistas.
USUARIO:Yeimi Triana Moreno
RESPUESTA:Hemos escalado su contacto a uno de nuestros especialistas en la materia
USUARIO:Yeimi Triana Moreno
RESPUESTA:Bogotá, febrero 13 de 2019
Señor(a)
CLARENA
posadaturisticaestrelladeagua@hotmail.com
Asunto: Respuesta Contacto No. 33319
Respetado(a) Señor(a):
En relación con la solicitud de pagos del establecimiento identificado con el número de RNT 25449, de manera atenta le informo lo siguiente:
Se procedió a verificar el Registro Único Empresarial y social de la Cámara de Comercio y se observa que el establecimiento Posada Turística Estrella de Agua identificado con el RNT 25449 fue registrado en la Matricula Mercantil el 25 de agosto de 2011.
También, se procedió a verificar las bases de datos de FONTUR donde evidencia que el establecimiento de comercio Posada Turística Estrella de Agua identificado con el RNT 25449, propiedad de la señora Clarena Ocampo Mesa identificada con el NIT 41.915.212, tiene pendiente de pago las siguientes obligaciones:
AÑO 2011 Trimestre 3-4
AÑO 2012 Trimestre 3
En consecuencia, es necesario que realice el pago y evite el cobro de intereses de mora, en el evento que haya realizado las liquidaciones privadas y el pago de las mismas de los trimestres en mención debe remitir la liquidación privada.
En relación con lo anterior, si el establecimiento no ha obtenido ingresos, los sujetos pasivos de la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo, es decir, los contemplados en el artículo 3 de la Ley 1101 de 2006 trimestralmente deben cumplir con dos obligaciones:
A. Presentación de la liquidación privada (Obligación formal)
B. Pago de la liquidación privada (Obligación sustancial)
Ahora bien, en cuanto al cumplimiento de dichas obligaciones es importante precisar que en todos los casos, la exigibilidad de las mismas no será igual, en efecto, puede suceder que durante un período el aportante no haya percibido ingresos operacionales por concepto de las actividades sometidas al gravamen, evento en el cual no nace la obligación de pagar, no obstante si se encontraría obligado a presentar la liquidación privada en ceros en Banco de Bogotá.
Finalmente, después de realizar los pagos pendientes deberá realizar la solicitud de un certificado de todos los pagos realizados.
Atentamente,
Atención al Usuario
www.fontur.com.co
Recuerde que puede consultar el estado de su contacto digitando el número de radicado, en la opción consulta de solicitudes.
Con el fin de medir y mejorar el servicio, le solicitamos que por favor diligencie la Encuesta de Satisfacción del Cliente
USUARIO:Lerwin Fabian Pulido Aroca
RESPUESTA:Su contacto ha sido recibido, lo atenderemos lo más pronto posible
USUARIO: