RESPUESTA:Su contacto está siendo atendido por uno de nuestros especialistas.
USUARIO:Yeimi Triana Moreno
RESPUESTA:Hemos escalado su contacto a uno de nuestros especialistas en la materia
USUARIO:Yeimi Triana Moreno
RESPUESTA:Bogotá, febrero 14 de 2019
Señor
JOSE FERNANDO CASTRO AGUIRRE
casacardonaaguadas@gmail.com
Asunto: Respuesta Contacto No. 32812
Respetado Señor:
En atención a su solicitud, de manera atenta informo lo siguiente:
Hemos recibido la información correspondiente a los pagos de los trimestres 3 y 4 de la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo del establecimiento Casa Cardona Hospedaje identificado con el RNT 60927.
No obstante lo anterior, es importante que nos haga llegar las liquidaciones con las respectivas firmas.
Ahora bien, se precisa que teniendo en cuenta que su establecimiento se encuentra matriculado desde el 24 de mayo de 2018, debe liquidar y pagar el segundo trimestre de 2018 y hacer llegar la respectiva liquidación y comprobante de pago.
Dichas liquidaciones deberán allegarse al correo electrónico vhernandez@fontur.com.co.
Ahora bien, en el evento en que la certificación la esté solicitando a efectos de adelantar el trámite de actualización de RNT, de manera atenta le informo lo siguiente:
El artículo 7 del Decreto 2063 de 2018, mediante el cual se modificó el artículo 2.2.4.1.3.4. del Decreto 1074 de 2015, estableció lo siguiente:
“Al momento de la actualización del Registro Nacional de Turismo, los prestadores de servicios turísticos obligados al pago de la contribución parafiscal para la promoción del turismo deberán haber liquidado y pagado los cuatro (4) últimos trimestres causados por concepto de dicha contribución.
Parágrafo. Para efectos de la actualización en el Registro Nacional de Turismo, las cámaras de comercio verificarán el cumplimiento de la obligación a que se refiere este artículo, de conformidad con la última información que suministre la entidad administradora encargada del recaudo de la contribución parafiscal para la promoción del turismo.
(…)”
En consecuencia, a partir del 1 de febrero de 2019, fecha en la cual entró a operar la nueva plataforma de la Cámara de Comercio para trámites relacionados con el RNT, no es necesario adjuntar la certificación de pagos de la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo, sino que será la Cámara la encargada de verificar con la entidad recaudadora el cumplimiento del pago de los cuatro últimos trimestres causados de la Contribución.
Atentamente,
Atención al Usuario
www.fontur.com.co
Recuerde que puede consultar el estado de su contacto digitando el número de radicado, en la opción consulta de solicitudes.
Con el fin de medir y mejorar el servicio, le solicitamos que por favor diligencie la Encuesta de Satisfacción del Cliente
USUARIO:Victoria Hernández Vargas
RESPUESTA:Su contacto ha sido recibido, lo atenderemos lo más pronto posible
Esta solicitud contiene un archivo adjunto, denominado ADJUNTO DE USUARIO 32812 por favor verífiquelo
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