RESPUESTA:Su contacto está siendo atendido por uno de nuestros especialistas.
USUARIO:Yeimi Triana Moreno
RESPUESTA:Hemos escalado su contacto a uno de nuestros especialistas en la materia
USUARIO:Yeimi Triana Moreno
RESPUESTA:Bogotá, enero 31 de 2019
Señor(a)
Martha Yamile Villegas Villegas
hlgp01@live.com
Asunto: Respuesta Contacto No. 32201
Respetado(a) Señor(a):
En atención a su solicitud radicada mediante plataforma del módulo contáctenos, en la cual solicita un estado de cuenta, de manera atenta le informo lo siguiente:
Verificadas las bases de datos se evidencia que el establecimiento de comercio La Gran Posada Del Valle Del Cauca identificado con el RNT 30325, propiedad de la señora Martha Yamile Villegas Villegas identificada con el NIT 24.390.363 - 8, tiene pendiente de pago las siguientes obligaciones:
AÑO 2008 Trimestre 2-3-4
AÑO 2009 Trimestre 1-2-3-4
AÑO 2010 Trimestre 1-2-3-4
AÑO 2011 Trimestre 1-2-3-4
AÑO 2012 Trimestre 1-2-3-4
AÑO 2013 Trimestre 1-2-3-4
AÑO 2014 Trimestre 1-2-3-4
AÑO 2015 Trimestre 1-2-3-4
AÑO 2016 Trimestre 1-2-3-4
AÑO 2017 Trimestre 1-2-3-4
AÑO 2018 Trimestre 1-2-3-4
En consecuencia, es necesario que realice el pago y evite el cobro de intereses de mora, en el evento que haya realizado las liquidaciones privadas y el pago de las mismas de los trimestres en mención debe remitir la liquidación privada.
En relación con lo anterior, si el establecimiento no ha obtenido ingresos, los sujetos pasivos de la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo, es decir, los contemplados en el artículo 3 de la Ley 1101 de 2006 trimestralmente deben cumplir con dos obligaciones:
A. Presentación de la liquidación privada (Obligación formal)
B. Pago de la liquidación privada (Obligación sustancial)
Ahora bien, en cuanto al cumplimiento de dichas obligaciones es importante precisar que en todos los casos, la exigibilidad de las mismas no será igual, en efecto, puede suceder que durante un período el aportante no haya percibido ingresos operacionales por concepto de las actividades sometidas al gravamen, evento en el cual no nace la obligación de pagar, no obstante si se encontraría obligado a presentar la liquidación privada en ceros en Banco de Bogotá.
Por otro lado, para realizar la liquidación de la contribución parafiscal debe ingresar a la página web, www.fontur.com.co – “Liquidación y pagos en línea”, debe iniciar sesión con su nombre de usuario y contraseña que es NIT sin digito de verificación “24390363”
Para realizar la liquidación tiene que seguir los siguientes pasos:
Primer paso, (solo se hace una única vez):
Se dirige a la opción de Establecimientos le da clic en insertar en código, va digitar EST1 y diligencia toda la información que el sistema le solicita en estado digita A (corresponde a activo) en fecha de inicio corresponde a la fecha que su establecimiento empezó a funcionar, si tiene más establecimientos procede a realizar el mismo procedimiento.
Segundo paso (se debe hacer cada Trimestre):
Después de haber registrado el establecimiento puede proceder a realizar las liquidaciones; se dirige a la opción que dice liquidaciones – Nueva liquidación escoge el año y trimestre que va a liquidar en “grupo” deja en blanco y le da consultar.
Le va aparecer una nueva ventana donde le da insertar en descripción va poner Pago y el trimestre que está liquidando escoge nuevamente el año y el trimestre que está liquidando y la fecha que va a realizar el pago. El sistema le dice digite los ingresos de sus establecimientos proceda a realizarlo y le aceptar después de haberlos digitado.
Tercer paso (se debe hacer cada Trimestre):
Después de haber digitado los ingresos, diríjase a la opción que dice “consultar liquidación” selecciona el año y trimestre que líquido, le da clic en el botón que dice consultar. A continuación va ver reflejado la liquidación creada, en la parte superior izquierda va visualizar dos opciones de pago, una es pagar por el banco el cual le generará el formulario de liquidación privada con el código de barras y la segundo opción es Pagar por el botón PSE, seleccione la opción de pago que dese utilizar.
Por otro lado, en el caso que seleccione “Pagar por banco”. Por favor imprimir a laser, para que este sea leído por el lector del banco.
En el caso que realice el pago por medio de la opción “Pagar por PSE”, se encuentra obligado enviar la liquidación privada que la puede descargar en: Liquidaciones – Consultar Liquidación Selecciona el año y el trimestre que líquido y seleccionar “pagar por banco” el sistema le generará el formulario de liquidación privada
En cuanto al establecimiento Hotel la Gran Posada del Valle del Cauca identificado con el RNT 11833, se observa que se encuentra en estado CANCELADO, por lo tanto, es necesario que envié documento emitido por la cámara de comercio de su domicilio donde se evidencie la cancelación del mismo, esto con el fin de enviar el respectivo estado de cuenta.
Atentamente,
Atención al Usuario
www.fontur.com.co
Recuerde que puede consultar el estado de su contacto digitando el número de radicado, en la opción consulta de solicitudes.
Con el fin de medir y mejorar el servicio, le solicitamos que por favor diligencie la Encuesta de Satisfacción del Cliente
USUARIO:Lerwin Fabian Pulido Aroca
RESPUESTA:Su contacto ha sido recibido, lo atenderemos lo más pronto posible
USUARIO: