RESPUESTA:Su contacto está siendo atendido por uno de nuestros especialistas.
USUARIO:Yeimi Triana Moreno
RESPUESTA:Hemos escalado su contacto a uno de nuestros especialistas en la materia
USUARIO:Yeimi Triana Moreno
RESPUESTA:Bogotá, enero 10 de 2019
Señora
STELLA RANGEL PINILLA
gerencia@bessonesturismocolombia.com
Asunto: Respuesta Contacto No. 31570
Respetada Señora Stella:
Cordial saludo, en atención a su solicitud, del 3 de enero de 2019, donde requiere el certificado de pagos, de manera atenta le informo lo siguiente:
De conformidad con el artículo 2.2.4.2.1.6 del Decreto 1074 de 2015, “los sujetos pasivos están obligados a presentar y pagar trimestralmente la liquidación privada de la Contribución en el formato que para tal fin disponga el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo y en la cuenta que señale la entidad recaudadora. La liquidación privada deberá contener al menos la siguiente información:”
1. Nombre o razón social y número de identificación tributaria -NIT- del sujeto pasivo.
2. Número del Registro Nacional de Turismo, cuanto se trate de un prestador de servicios Turísticos
3. Dirección y teléfono.
4. Período liquidado y pagado.
5. Ingresos operacionales del período o base gravable.
6. Liquidación privada de la Contribución.
7. Firma del declarante. Cuando se trate de personas jurídicas deberá firmar el representante legal.
8. Firma del revisor fiscal cuando exista obligación legal. En los demás casos bastará la firma del contador.
9. Valor pagado, el cual debe coincidir con el valor de la liquidación privada, más los Intereses de mora cuando sea el caso.”
En consecuencia y con el fin de cumplir con la obligación consagrada en el artículo 2.2.4.2.1.6 del Decreto 1074 de 2015 debe presentar la liquidación privada, el cual podrán descargar a través del aplicativo en la opción “liquidaciones” seguido “consulta de liquidaciones” y por último la opción “pagar por banco” en esta opción obtendrá el formulario de liquidación privada y debe ser enviada con las respectivas firmas, al siguiente link: http://www.fontur.com.co/interactue/contacto-contribucion-parafiscal/90, con el soporte de pago PSE.
Una vez allegada las liquidaciones suscritas y pagadas del año 2018, se emitirá el certificado requerido.
Por otra parte le informo que, la obligación de liquidar y pagar la Contribución, surge desde el momento en que se adquiere la calidad de aportante, de acuerdo al artículo 3 de la Ley 1101 de 2006, por tanto, teniendo en cuenta que el establecimiento Bessones Asesorías Operador Turístico Y Hotelero identificado con RNT 34758, tiene el registro de matrícula mercantil desde el 4 de mayo de 2011, tiene pendiente la liquidación y pago de los trimestres relacionados a continuación:
· 2, 3 y 4 trimestre del año 2011
· 1, 2, 3 y 4 trimestre del año 2012
· 1, 2, 3 y 4 trimestre del año 2013
· 1, 2, 3 y 4 trimestre del año 2014
· 2 trimestre del año 2018
Atentamente,
Atención al Usuario
www.fontur.com.co
Recuerde que puede consultar el estado de su contacto digitando el número de radicado, en la opción consulta de solicitudes.
Con el fin de medir y mejorar el servicio, le solicitamos que por favor diligencie la Encuesta de Satisfacción del Cliente
USUARIO:Adriana Páez Henríquez
RESPUESTA:Su contacto ha sido recibido, lo atenderemos lo más pronto posible
Esta solicitud contiene un archivo adjunto, denominado ADJUNTO DE USUARIO 31570 por favor verífiquelo
USUARIO:Descargar PDF