RESPUESTA:Su contacto está siendo atendido por uno de nuestros especialistas.
USUARIO:Yeimi Triana Moreno
RESPUESTA:Hemos escalado su contacto a uno de nuestros especialistas en la materia
USUARIO:Yeimi Triana Moreno
RESPUESTA:Bogotá, diciembre 27 de 2018
Señor(a)
POSTURE SAS
andreo_medina@hotmail.com
Asunto: Respuesta Contacto No. 31400
Respetado(a) Señor(a):
En atención a su solicitud en la cual solicita información sobre la Contribución Parafiscal con Destino al Turismo de manera atenta, le informo lo siguiente:
Se procedió a validar la información en nuestras bases de datos donde se observa que el RNT No. 44980 con matrícula mercantil del 3 de mayo de 2016 se encuentra catalogado como ALOJAMIENTO RURAL (HOSPEDAJE NO PERMANENTE) y desde la fecha en mención debe realizar los pagos de la Contribución Parafiscal para la Promoción al Turismo salvo que no haya superado los topes de ventas mencionados en la normatividad.
Por su parte, es preciso aclarar que el numeral 2 del artículo 3 de la Ley 1101 de 2006, consagra que las viviendas turísticas y otros tipos de hospedaje no permanente, cuyas ventas anuales sean superiores a los 50 smlmv son aportantes de la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo.
En consecuencia, las viviendas turísticas y otros tipos de hospedaje no permanente que superen el tope señalado tienen la calidad de aportantes de la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo y se encuentran obligados al pago de la misma y para efectos de liquidar dicha obligación, deberán tomar los ingresos operacionales percibidos por la realización de la actividad turística desarrollada y aplicarle la tarifa del 2.5 por mil.
En ese orden de ideas, si el establecimiento no supera las ventas anuales de 50 salarios mínimos legales vigentes (desde inicio de la actividad) no se encuentra obligado a liquidar ni presentar liquidaciones en cero pero deberá enviar anualmente una certificación firmada por un contador público donde se debe especificar la siguiente información:
· Nombre del establecimiento
· NIT
· Código de RNT
· Especificar qué año no supero los topes
· Enviar copia del Certificado de Existencia y Representación legal – Cámara de Comercio.
· Copia de la tarjeta de profesional del contador público.
Quedo atento a sus comentarios e inquietudes.
Cordial saludo.
Christian Camilo Cortes Guerrero
Profesional Junior de Contribución Parafiscal
(57–1) 3275500 ext. 1445
Atentamente,
Atención al Usuario
www.fontur.com.co
Recuerde que puede consultar el estado de su contacto digitando el número de radicado, en la opción consulta de solicitudes.
Con el fin de medir y mejorar el servicio, le solicitamos que por favor diligencie la Encuesta de Satisfacción del Cliente
USUARIO:Christian Camilo Cortes Guerrero
RESPUESTA:Su contacto ha sido recibido, lo atenderemos lo más pronto posible
USUARIO: