RESPUESTA:Su contacto ha sido recibido, lo atenderemos lo más pronto posible
Esta solicitud contiene un archivo adjunto, denominado ADJUNTO DE USUARIO 31308 por favor verífiquelo
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RESPUESTA:Su contacto está siendo atendido por uno de nuestros especialistas.
USUARIO:Yeimi Triana Moreno
RESPUESTA:Hemos escalado su contacto a uno de nuestros especialistas en la materia
USUARIO:Yeimi Triana Moreno
RESPUESTA:Bogotá, diciembre 21 de 2018
Señor(a)
ultra summer travel AGENCY SAS
ultrastravel@gmail.com
Asunto: Respuesta Contacto No. 31308
Respetado(a) Señor(a):
Buen día,
En atención a su solicitud radicada mediante módulo de contáctenos, en el cual solicita paz y salvo del año 2018 de la sociedad Ultra Summer Travel Agency S.A.S., de manera atenta le informo lo siguiente:
Verificadas las bases de datos se evidencia la sociedad Ultra Summer Travel Agency S.A.S., identificada con el NIT 900.408.210 - 8, tiene pendiente de pago las siguientes obligaciones:
RNT 23248 – ULTRA SUMMER TRAVEL S.A.S.
· AÑO 2011 Trimestre 1-2-3-4
· AÑO 2012 Trimestre 1-2-3-4
· AÑO 2013 Trimestre 1-2-3-4
· AÑO 2014 Trimestre 1-2-3-4
· AÑO 2015 Trimestre 1-2-3
RNT 23399 – ULTRA SUMMER TRAVEL AGENCY
· AÑO 2013 Trimestre 1-2-3-4
· AÑO 2014 Trimestre 1-2-3-4
· AÑO 2015 Trimestre 1-2-3-4
· AÑO 2016 Trimestre 2-3-4
· AÑO 2018 Trimestre 2
RNT 49247 – ULTRA SUMMER TRAVEL AGENCY MEDELLÍN
· AÑO 2018 Trimestre 2
Agradezco confirmar la información, si ya realizó las liquidaciones le solicito envié los formularios de forma escaneada para actualizar la misma, si no ha realizado el pago colóquese al día y evite más intereses de mora es sus pagos de Contribución Parafiscal con Destino al Turismo.
Finalmente, si el establecimiento no ha obtenido ingresos, le informo que los sujetos pasivos de la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo, es decir, los contemplados en el artículo 3 de la Ley 1101 de 2006 trimestralmente deben cumplir con dos obligaciones:
A. Presentación de la liquidación privada (Obligación formal)
B. Pago de la liquidación privada (Obligación sustancial)
Ahora bien, en cuanto al cumplimiento de dichas obligaciones es importante precisar que en todos los casos, la exigibilidad de las mismas no será igual, en efecto, puede suceder que durante un período el aportante no haya percibido ingresos operacionales por concepto de las actividades sometidas al gravamen, evento en el cual no nace la obligación de pagar, no obstante si se encontraría obligado a presentar la liquidación privada en ceros.
En consecuencia, los aportantes de la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo que durante el período causado no hubieren realizado actividades sometidas al gravamen, se encuentran en la obligación de presentar la liquidación privada en ceros en el formato establecido para el efecto.
Atentamente,
Atención al Usuario
www.fontur.com.co
Recuerde que puede consultar el estado de su contacto digitando el número de radicado, en la opción consulta de solicitudes.
Con el fin de medir y mejorar el servicio, le solicitamos que por favor diligencie la Encuesta de Satisfacción del Cliente
USUARIO:Yeimi Triana Moreno