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USUARIO:Yeimi Triana Moreno
RESPUESTA:Hemos escalado su contacto a uno de nuestros especialistas en la materia
USUARIO:Yeimi Triana Moreno
RESPUESTA:Bogotá, diciembre 05 de 2018
Señor(a)
OLARTE RAUL ALIRIO
julieth.alexandra.cifuentes@gmail.com
Asunto: Respuesta Contacto No. 31234
Respetado(a) Señor(a):
En atención a su solicitud radicada mediante módulo de contáctenos, en la cual solicita un estado de cuenta del establecimiento Castillo de Janeth Hotel, de manera atenta le informo lo siguiente:
Verificadas las bases de datos se evidencia que el establecimiento de comercio Castillo de Janeth Hotel identificado con el RNT 12540, propiedad del señor Olarte Raúl Alirio identificado con el NIT 3.050.726 - 3, tiene pendiente de pago las siguientes obligaciones:
AÑO 2008 Trimestre 2-3-4
AÑO 2009 Trimestre 1-2-3-4
AÑO 2010 Trimestre 1-2-3-4
AÑO 2011 Trimestre 1-2-3-4
AÑO 2013 Trimestre 1-2-3-4
AÑO 2015 Trimestre 1-2-3-4
AÑO 2016 Trimestre 1-2-3-4
AÑO 2017 Trimestre 1-2-3-4
AÑO 2018 Trimestre 1-2-3
Agradezco confirmar la información, si ya realizó las liquidaciones le solicito envié los formularios de forma escaneada para actualizar la misma, si no ha realizado el pago colóquese al día y evite más intereses de mora es sus pagos de Contribución Parafiscal con Destino al Turismo.
Finalmente, si el establecimiento no ha obtenido ingresos, le informo que los sujetos pasivos de la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo, es decir, los contemplados en el artículo 3 de la Ley 1101 de 2006 trimestralmente deben cumplir con dos obligaciones:
A. Presentación de la liquidación privada (Obligación formal)
B. Pago de la liquidación privada (Obligación sustancial)
Ahora bien, en cuanto al cumplimiento de dichas obligaciones es importante precisar que en todos los casos, la exigibilidad de las mismas no será igual, en efecto, puede suceder que durante un período el aportante no haya percibido ingresos operacionales por concepto de las actividades sometidas al gravamen, evento en el cual no nace la obligación de pagar, no obstante si se encontraría obligado a presentar la liquidación privada en ceros.
En consecuencia, los aportantes de la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo que durante el período causado no hubieren realizado actividades sometidas al gravamen, se encuentran en la obligación de presentar la liquidación privada en ceros en el formato establecido para el efecto.
Por otro lado, para realizar la liquidación de la contribución parafiscal debe ingresar a la página web, www.fontur.com.co – “Liquidación y pagos en línea”, debe iniciar sesión con su nombre de usuario que es NIT sin digito de verificación, sin puntos y sin comas y la contraseña el mismo NIT sin digito de verificación.
Para realizar la liquidación tiene que seguir los siguientes pasos:
Primer paso, (solo se hace una única vez):
Se dirige a la opción de Establecimientos le da clic en insertar en código, va digitar EST1 y diligencia toda la información que el sistema le solicita en estado digita A (corresponde a activo) en fecha de inicio corresponde a la fecha que su establecimiento empezó a funcionar, si tiene más establecimientos procede a realizar el mismo procedimiento.
Segundo paso (se debe hacer cada Trimestre):
Después de haber registrado el establecimiento puede proceder a realizar las liquidaciones; se dirige a la opción que dice liquidaciones – Nueva liquidación escoge el año y trimestre que va a liquidar en “grupo” deja en blanco y le da consultar.
Le va aparecer una nueva ventana donde le da insertar en descripción va poner Pago y el trimestre que está liquidando escoge nuevamente el año y el trimestre que está liquidando y la fecha que va a realizar el pago. El sistema le dice digite los ingresos de sus establecimientos proceda a realizarlo y le aceptar después de haberlos digitado.
Tercer paso (se debe hacer cada Trimestre):
Después de haber digitado los ingresos, diríjase a la opción que dice “consultar liquidación” selecciona el año y trimestre que líquido, le da clic en el botón que dice consultar, a continuación va ver reflejado la liquidación creada, en la parte superior izquierda va visualizar dos opciones de pago, una es pagar por el banco el cual le generará el formulario de liquidación privada con el código de barras y la segundo opción es Pagar por el botón PSE, seleccione la opción de pago que dese utilizar.
Por otro lado, en el caso que seleccione “Pagar por banco”. Por favor imprimir a laser, para que este sea leído por el lector del banco.
En el caso que realice el pago por medio de la opción “Pagar por PSE”, se encuentra obligado enviar la liquidación privada que la puede descargar en: Liquidaciones – Consultar Liquidación Selecciona el año y el trimestre que líquido y seleccionar “ pagar por banco” el sistema le generará el formulario de liquidación privada la cual deberá enviar por el siguiente link: http://www.fontur.com.co/interactue/contacto-contribucion-parafiscal/90 totalmente firmado y con el soporte de pago de transacción aprobada.
Atentamente,
Atención al Usuario
www.fontur.com.co
Recuerde que puede consultar el estado de su contacto digitando el número de radicado, en la opción consulta de solicitudes.
Con el fin de medir y mejorar el servicio, le solicitamos que por favor diligencie la Encuesta de Satisfacción del Cliente
USUARIO:Lerwin Fabian Pulido Aroca
RESPUESTA:Su contacto ha sido recibido, lo atenderemos lo más pronto posible
USUARIO: