RESPUESTA:Su contacto está siendo atendido por uno de nuestros especialistas.
USUARIO:Yeimi Triana Moreno
RESPUESTA:Hemos escalado su contacto a uno de nuestros especialistas en la materia
USUARIO:Yeimi Triana Moreno
RESPUESTA:Bogotá, noviembre 30 de 2018
Señor
MAURICIO BALLESTEROS AVILA
ximena_1008@hotmail.com
Asunto: Respuesta Contacto No. 31225
Respetado Señor Ballesteros:
Cordial saludo, en atención a su solicitud, del 26 de noviembre de 2016, donde manifiesta adjuntar los soportes de pago de los trimestres parafiscales, y emitir certificado de pagos, de manera atenta le informo lo siguiente:
En cuanto a los soportes de pago que manifiesta enviar adjunto al correo, le informo que estos no fueron allegados, por favor enviarlos con las recomendaciones relacionadas a continuación:
De conformidad con el artículo 2.2.4.2.1.6 del Decreto 1074 de 2015, “los sujetos pasivos están obligados a presentar y pagar trimestralmente la liquidación privada de la Contribución en el formato que para tal fin disponga el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo y en la cuenta que señale la entidad recaudadora. La liquidación privada deberá contener al menos la siguiente información:”
1. Nombre o razón social y número de identificación tributaria -NIT- del sujeto pasivo.
2. Número del Registro Nacional de Turismo, cuanto se trate de un prestador de servicios Turísticos
3. Dirección y teléfono.
4. Período liquidado y pagado.
5. Ingresos operacionales del período o base gravable.
6. Liquidación privada de la Contribución.
7. Firma del declarante. Cuando se trate de personas jurídicas deberá firmar el representante legal.
8. Firma del revisor fiscal cuando exista obligación legal. En los demás casos bastará la firma del contador.
9. Valor pagado, el cual debe coincidir con el valor de la liquidación privada, más los Intereses de mora cuando sea el caso.”
En consecuencia y con el fin de cumplir con la obligación consagrada en el artículo 2.2.4.2.1.6 del Decreto 1074 de 2015 debe presentar la liquidación privada, el cual podrán descargar a través del aplicativo en la opción “liquidaciones” seguido “consulta de liquidaciones” y por último la opción “pagar por banco” en esta opción obtendrá el formulario de liquidación privada y debe ser enviada con las respectivas firmas, siguiente link: http://www.fontur.com.co/interactue/contacto-contribucion-parafiscal/90, con el soporte de pago PSE.
Una vez allegada las liquidaciones suscritas y pagadas, se emitirá el certificado requerido.
Por otra parte le informo que, la obligación de liquidar y pagar la Contribución, surge desde el momento en que se adquiere la calidad de aportante, por tanto, teniendo en cuenta que el establecimiento Hotel Tayrona Garagoa identificado con RNT 60080, tiene el registro de matrícula mercantil desde el 17 de julio de 2017, tiene pendiente la liquidación y pago de los trimestres relacionados a continuación:
• 3 y 4 trimestre del año 2017
Atentamente,
Atención al Usuario
www.fontur.com.co
Recuerde que puede consultar el estado de su contacto digitando el número de radicado, en la opción consulta de solicitudes.
Con el fin de medir y mejorar el servicio, le solicitamos que por favor diligencie la Encuesta de Satisfacción del Cliente
USUARIO:Adriana Páez Henríquez
RESPUESTA:Su contacto ha sido recibido, lo atenderemos lo más pronto posible
USUARIO: