RESPUESTA:Su contacto está siendo atendido por uno de nuestros especialistas.
USUARIO:Yeimi Triana Moreno
RESPUESTA:Hemos escalado su contacto a uno de nuestros especialistas en la materia
USUARIO:Yeimi Triana Moreno
RESPUESTA:Bogotá, noviembre 30 de 2018
Señor
DANIEL FELIPE SILVA TAMAYO
danielsilvat.01@hotmail.com
Asunto: Respuesta Contacto No. 31224
Respetado Señor Silva:
En atención a su solicitud, del 24 de noviembre, de manera atenta le informo lo siguiente:
El Decreto 229 de 2017 que señala “De la contribución parafiscal. Los prestadores de servicios turísticos obligados al pago de la contribución parafiscal para la promoción del turismo deberán adjuntar la certificación de pagos expedida por la entidad recaudadora, sobre el cumplimiento de dicha obligación, respecto al período que comprende la referida actualización”. (Subrayado fuera de texto).
En consecuencia, para solicitar el registro nacional de turismo por primera vez, no es necesario adjuntar el certificado requerido.
El artículo 40 de la Ley 300 de 1996 modificado por el artículo 1 de la Ley 1101 de 2006 creó la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo, dicho tributo es un gravamen establecido con carácter obligatorio que afecta a un determinado y único grupo social y/o económico, cuyos recursos se utilizan para beneficio del mismo sector.
Así mismo, el numeral 3 del artículo 3 de la Ley 1101 de 2006, señala que se consideran aportantes de la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo los “las agencias de viajes y turismo, agencias mayoristas y las agencias operadoras”.
Por otra parte le informo que, para presentar la liquidación parafiscal debe ingresar a la página del Fondo Nacional de Turismo http://www.fontur.com.co, dirigirse al portal de “Liquidación y pago en Línea”. Posteriormente le va a solicitar un usuario que corresponde al NIT del establecimiento sin digito de verificación y en la contraseña digite el mismo NIT, una vez adentro podrá cambiar la contraseña.
Ahora bien, para realizar la liquidación privada debe diligenciar primero la información requerida en el icono de establecimientos, de clic en insertar y diligencie toda la información que el sistema le solicita, es importante aclarar que en los campos de “Código” se digita EST1 si únicamente posee un establecimiento, si posee dos o más digitar EST2, EST3… De igual manera, en el campo de “fecha de inicio” debe digitar la fecha de inicio de operaciones del establecimiento, y por último en el campo de “estado” digite A (corresponde a activo).
Una vez diligenciada esta información vuelva al menú principal e ingrese a la opción de liquidaciones y seleccionar la opción “Nueva liquidación” digite el año y el trimestre que va a cancelar, en el campo de “grupo” no se coloca nada, luego en la opción de “insertar” completar los siguientes datos:
• Descripción: Escriba una descripción que de una idea clara de la liquidación. Por ejemplo: 2012 Trimestre 4.
• Año: Escriba el año que está liquidando. Por ejemplo: 2010, 2012, etc.
• Trimestre: Escriba el trimestre que está liquidando, un número de 1 a 4.
• Fecha de Pago: Escriba la fecha en la cual piensa realizar el pago. Esta fecha es muy importante, puesto que si es posterior a la fecha límite de pago se calcularán intereses por mora hasta esa fecha. Si es anterior a la fecha límite de pago, no se calcularán intereses por mora.
Una vez pulse “Aceptar” se mostrará una tabla con su establecimiento para que realice la declaración de ingresos, en la cual aparecerá el nombre del establecimiento, la clase de establecimiento en que se encuentra clasificado y el ingreso a declarar. De un Clic en el establecimiento y se activará la casilla de la columna Ingresos para que escriba el valor, el cual corresponderá al total de los ingresos operacionales trimestrales.
El sistema liquidará el valor de Contribución a pagar, generando la liquidación privada con un código de barras y el respectivo valor a cancelar, el cual podrá pagarse directamente en el banco de Bogotá o por medio del botón PSE (pago en línea), igualmente debe imprimir el formato con las correspondientes firmas y allegarlo a la Dirección de Contribución Parafiscal a través mencionado anteriormente,
Adjunto manual de usuario de la plataforma.
Comunicarse al teléfono: (57-1) 3275500 extensiones 1426/1445/1444/1446/1447
Atentamente,
Atención al Usuario
www.fontur.com.co
Recuerde que puede consultar el estado de su contacto digitando el número de radicado, en la opción consulta de solicitudes.
Con el fin de medir y mejorar el servicio, le solicitamos que por favor diligencie la Encuesta de Satisfacción del Cliente
USUARIO:Adriana Páez Henríquez
RESPUESTA:Su contacto ha sido recibido, lo atenderemos lo más pronto posible
USUARIO: