RESPUESTA:Hemos escalado su contacto a uno de nuestros especialistas en la materia
USUARIO:Yeimi Triana Moreno
RESPUESTA:Por favor hacer la siguinete correción: Se trata de un pago doblem, por favor ajustar porque no se requiere verificación de bases gravables.
USUARIO:Alexandra Oyuela Mancera
RESPUESTA:Por favor hacer la siguinete correción: Diana por favor ajustar dado que al momento en que el aportante solicita la devolución del pago doble aún no se había causado el cuarto trimestre.
USUARIO:Alexandra Oyuela Mancera
RESPUESTA:Por favor hacer la siguinete correción: Por favor ajustar teniendo en cuenta que liquido y pago.
USUARIO:Alexandra Oyuela Mancera
RESPUESTA:Aprobado, por favor enviar respuesta
USUARIO:Alexandra Oyuela Mancera
RESPUESTA:Bogotá, diciembre 19 de 2018
Señores
HOTEL PACIFICO ROYAL LTDA
yp.hernandez@nh-hotels.com
Asunto: Respuesta Contacto No. 31144
Respetados Señores:
Cordial Saludo,
En relación con la solicitud de devolución que radicaron a través de esta plataforma, de manera atenta, les informo lo siguiente:
En virtud de lo dispuesto en el inciso 3° del artículo 2 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo–CPACA, la entidad recaudadora tramitará la solicitud de devolución de conformidad con lo contemplado en los artículos 850 y siguientes del Estatuto Tributario, y los Decretos 2277 de 2012 y 2877 de 2013.
Por su parte, el artículo 2 del Decreto 2877 de 2013 establece lo siguiente:
“Modifíquese el artículo 2 del decreto 2277 de 2012, el cual quedará así:
“ARTÍCULO 2. Requisitos generales de la solicitud de devolución y/o compensación. La solicitud de devolución y/o compensación deberá presentarse personalmente por el contribuyente, responsable, por su representante legal, o a través de apoderado, acreditando la calidad correspondiente en cada caso.
La solicitud debidamente diligenciada en la forma que determine la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN deberá acompañarse de los siguientes documentos físicos o virtuales:
- Tratándose de personas jurídicas, certificado expedido por la autoridad competente que acredite su existencia y representación legal, con anterioridad no mayor a un (1) mes. Cuando quienes ostenten la calidad de representante legal o de revisor fiscal al momento en que se presenta la solicitud de devolución y/o compensación no sean los mimos que suscribieron las declaraciones objeto de devolución y/o compensación, se deberá además anexar el certificado histórico donde figuren los nombres de las personas competentes para suscribir dichas declaraciones. (Negrilla fuera de texto)
…()”
En ese orden de ideas, de acuerdo con lo que establece la norma citada anteriormente, se evidencia que la solicitud de devolución allegada se encuentra incompleta debido a que no adjuntó el Certificado de Existencia y Representación Legal de la sociedad, por lo tanto, es necesario que allegue dicho documento para efectos de tramitar su requerimiento.
USUARIO:Diana Fernanda Moreno Grimaldo
RESPUESTA:Bogotá, enero 14 de 2019
Señores
HOTEL PACIFICO ROYAL LTDA
yp.hernandez@nh-hotels.com
Asunto: Respuesta Contacto No. 31144
Respetados Señores:
Cordial Saludo,
En relación con la solicitud radicada por medio de esta plataforma, mediante la cual requieren la devolución de la suma de SIETE MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y SEIS MIL PESOS MCTE ($7.336.000), valor pagado por medio de la opción PSE de la plataforma de Liquidación y pago en línea el 25 de julio de 2018 por concepto del 2 trimestre del año 2018 de la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo, debido a que realizarón el mencionado pago dos veces, de manera atenta, les informo lo siguiente:
Se procedió a verificar en las bases de datos de la Dirección de Contribución Parafiscal, evidenciándose que efectivamente realizarón un doble pago del 2 trimestre del año 2018 de la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo por medio de la opción PSE el día 25 de julio de 2018, por valor de ($7.336.000).
En consecuencia, la suma que cancelarón de ($7.336.000) será compensada para el 4 trimestre del año 2018, para lo cual es necesario que realicen la correspondiente liquidación a través de la plataforma sin pagarla, después deberán remitir el formulario de la liquidación privada al correo electrónico dmoreno@fontur.com.co para así proceder a realizar la compensación de dicha suma.
Ahora bien, en el evento en que la suma a cancelar del 4 trimestre del año 2018 sea superior al valor pagado de ($7.336.000) se les informará la forma de pago y la respectiva entidad bancaria donde realizar dicho pago, sin embargo si la suma es inferior a la cancelada, el saldo será compensado en la liquidación del 1 trimestre del año 2019.
USUARIO:Diana Fernanda Moreno Grimaldo
RESPUESTA:Bogotá, enero 18 de 2019
Señores
HOTEL PACIFICO ROYAL LTDA
yp.hernandez@nh-hotels.com
Asunto: Respuesta Contacto No. 31144
Respetados Señores:
Cordial Saludo,
En relación con la solicitud radicada por medio de esta plataforma, mediante la cual requiere la devolución de la suma de SIETE MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y SEIS MIL PESOS MCTE ($7.336.000), valor pagado por medio de la opción PSE de la plataforma de Liquidación y pago en línea el 25 de julio de 2018 por concepto del 2 trimestre del año 2018 de la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo, debido a que realizó el mencionado pago dos veces, de manera atenta, le informo lo siguiente:
Se procedió a verificar con la Dirección de Negocios Especiales, la cual informó que efectivamente realizó un doble pago del 2 trimestre del año 2018 de la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo por medio de la opción PSE el día 25 de julio de 2018, por valor de ($7.336.000).
Ahora bien, teniendo en cuenta que a la fecha se causó el 4 trimestre del año 2018, comprendido entre el 1 de octubre al 31 de diciembre, el valor que canceló de ($7.336.000) corresponde a un saldo a favor que se aplicará a dicho periodo una vez presente la correspondiente liquidación, para lo cual es necesario que realice la liquidación a través de la plataforma sin pagarla para que así se proceda a realizar la compensación de dicha suma, después deberá remitirla al correo electrónico dmoreno@fontur.com.co con las respectivas firmas.
Finalmente, en el evento en que la suma a cancelar del 4 trimestre del año 2018 sea superior al valor pagado de ($7.336.000) se le informará la forma de pago del valor faltante y la respectiva entidad bancaria donde realizar dicho pago.
USUARIO:Diana Fernanda Moreno Grimaldo
RESPUESTA:Bogotá, enero 29 de 2019
Señores
HOTEL PACIFICO ROYAL LTDA
yp.hernandez@nh-hotels.com
Asunto: Respuesta Contacto No. 31144
Respetados Señores:
Cordial Saludo,
En relación con la solicitud radicada por medio de esta plataforma, mediante la cual requiere la devolución de la suma de SIETE MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y SEIS MIL PESOS MCTE ($7.336.000), valor pagado por medio de la opción PSE de la plataforma de Liquidación y pago en línea el 25 de julio de 2018 por concepto del 2 trimestre del año 2018 de la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo, debido a que realizó el mencionado pago dos veces, de manera atenta, le informo lo siguiente:
En virtud de lo anterior, se procedió a verificar con la Dirección de Negocios Especiales si los pagos a los que hace mención en su solicitud ingresaron a la cuenta recaudadora del Banco de Bogotá, frente a lo cual dicha Dirección informó que efectivamente realizó un doble pago del 2 trimestre del año 2018 de la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo por medio de la opción PSE el día 25 de julio de 2018, por valor de ($7.336.000) y de ($7.336.000).
A su vez, se verificó internamente en la base evidenciando que no tiene obligaciones pendientes de pago de trimestres anteriores, en consecuencia, es procedente la solicitud de devolución de la suma de ($7.336.000), y se le informará a la Dirección de Negocios Especiales para efectos de realizar la correspondiente devolución por ser el área competente.
USUARIO:Diana Fernanda Moreno Grimaldo
RESPUESTA:Bogotá, enero 29 de 2019
Señores
HOTEL PACIFICO ROYAL LTDA
yp.hernandez@nh-hotels.com
Asunto: Respuesta Contacto No. 31144
Respetados Señores:
Cordial Saludo,
En relación con la solicitud radicada por medio de esta plataforma, mediante la cual requiere la devolución de la suma de SIETE MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y SEIS MIL PESOS MCTE ($7.336.000), valor pagado por medio de la opción PSE de la plataforma de Liquidación y pago en línea el 25 de julio de 2018 por concepto del 2 trimestre del año 2018 de la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo, debido a que realizó el mencionado pago dos veces, de manera atenta, le informo lo siguiente:
En virtud de lo anterior, se procedió a verificar con la Dirección de Negocios Especiales si los pagos a los que hace mención en su solicitud ingresaron a la cuenta recaudadora del Banco de Bogotá, frente a lo cual dicha Dirección informó que efectivamente realizó un doble pago del 2 trimestre del año 2018 de la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo por medio de la opción PSE el día 25 de julio de 2018, por valor de ($7.336.000) y de ($7.336.000).
A su vez, se verificó internamente en la base evidenciando que no tiene obligaciones pendientes de pago de trimestres anteriores, en consecuencia, es procedente la solicitud de devolución de la suma de ($7.336.000), y se le informará a la Dirección de Negocios Especiales para efectos de realizar la correspondiente devolución por ser el área competente.
Atentamente,
Atención al Usuario
www.fontur.com.co
Recuerde que puede consultar el estado de su contacto digitando el número de radicado, en la opción consulta de solicitudes.
Con el fin de medir y mejorar el servicio, le solicitamos que por favor diligencie la Encuesta de Satisfacción del Cliente
USUARIO:Diana Fernanda Moreno Grimaldo
RESPUESTA:Su contacto está siendo atendido por uno de nuestros especialistas.
USUARIO:Adriana Páez Henríquez
RESPUESTA:Su contacto ha sido recibido, lo atenderemos lo más pronto posible
Esta solicitud contiene un archivo adjunto, denominado ADJUNTO DE USUARIO 31144 por favor verífiquelo
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