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USUARIO:Yeimi Triana Moreno
RESPUESTA:Hemos escalado su contacto a uno de nuestros especialistas en la materia
USUARIO:Yeimi Triana Moreno
RESPUESTA:Bogotá, noviembre 23 de 2018
Señora
Amparo Bonilla Villarruel
ambeima.hotelyrestaurante@gmail.com
Asunto: Respuesta Contacto No. 30994
Respetada Señora Amparo:
En atención a su solicitud, de manera atenta le informo lo siguiente:
Para poder emitir el certificado de pagos año 2017 y dar cumplimiento a lo establecido por el artículo 2.2.4.1.3.4., del Decreto 229 de 2017, donde señala “De la contribución parafiscal. Los prestadores de servicios turísticos obligados al pago de la contribución parafiscal para la promoción del turismo deberán adjuntar la certificación de pagos expedida por la entidad recaudadora, sobre el cumplimiento de dicha obligación, respecto al período que comprende la referida actualización”. (Subrayado fuera de texto y negrita), debe allegar las liquidaciones suscritas de este periodo.
Por otra parte le informo que, a la fecha el establecimiento Restaurante Ambeima identificado con RNT 48924, tiene pendiente de pago los periodos relacionados a continuación, toda vez que el registro de matrícula mercantil del establecimiento se efectuó desde el 02 de marzo de 2009:
· 1,2,3 y 4 trimestre año 2009
· 1,2,3 y 4 trimestre año 2010
· 1,2,3 y 4 trimestre año 2011
· 1,2,3 y 4 trimestre año 2012
· 1,2,3 y 4 trimestre año 2013
· 1,2,3 y 4 trimestre año 2014
· 1,2,3 y 4 trimestre año 2015
· 1,2,3 y 4 trimestre año 2016
· 1,2,3 y 4 trimestre año 2017
· 3 trimestre año 2018
Para efectuar las liquidaciones, debe tener presente el numeral 10 del artículo 3 de la Ley 1101de 2006, Resoluciones 347 y 348 de 2007, y las generalidades de la Contribución Parafiscal Para la Promoción del Turismo contempladas en la Sección 1, artículos 2.2.4.2.1.4 y 2.2.4.2.1.5 del Decreto 1074 de 2015, relacionados a continuación:
“Articulo 2.2.4.2.1.4. Base gravable y tarifa. La base gravable para liquidar la contribución es el monto de los ingresos operacionales obtenidos por los aportantes.
• Se entiende por ingresos operacionales, los valores recibidos por concepto del desarrollo de actividades económicas, los cuales corresponderán a los periodos indicados en el artículo 2.2.4.2.1.5 ibídem.
Artículo 2.2.4.2.1.5 del Decreto 1074 de 2015, el período y causación. El periodo de la Contribución es trimestral y se causa del 1º de enero al 31 de marzo, del 1º de abril al 30 de junio, del 1º julio al 30 de septiembre y del 1º de octubre al 31 de diciembre de cada año. La Contribución se liquidará y pagará sobre periodos vencidos”, más tardar en los primeros 20 días del mes siguiente al del período objeto de la declaración.
Finalmente, para efectos de liquidar y pagar la Contribución Parafiscal para la promoción del Turismo deberá ingresar a la página del Fondo Nacional de Turismo http://www.fontur.com.co dirigirse al portal de “liquidación y pago en línea” y diligenciar la información correspondiente al nombre de usuario (que es el número de NIT del establecimiento sin el dígito de verificación si es persona jurídica o si es persona natural es el número de cédula e igualmente sin dígito de verificación) y la clave de acceso (la primera vez será el número de NIT del establecimiento sin dígito de verificación si es persona jurídica o si es persona natural es el número de cédula e igualmente sin dígito de verificación), si la plataforma le arroja un mensaje de “el usuario no se encuentra registrado” deberá dirigirse al icono de “regístrese” y proceder a realizar el registro correspondiente.
El siguiente paso a realizar, consiste en diligenciar la información solicitada en el icono de “establecimientos” en el menú principal, allí encontrara la ventana de “insertar” y en la primera casilla deberá colocar la palabra (ESTA 1) que es la abreviatura de establecimiento, de esta manera identifica el número de establecimientos que tienen bajo los número de NIT.
Ubicado en el menú principal es necesario ingresar a la opción de liquidaciones y seleccionar el icono de “Nueva liquidación”, la plataforma le solicitará unos datos de parámetros de consulta, como son el año, trimestre y por último el grupo, el cual no es necesario ser diligenciado.
A continuación es necesario insertar los siguientes datos:
· Descripción: Escriba una descripción que de una idea clara de la liquidación. Por ejemplo: 2012 Trimestre 4.
· Año: Escriba el año que está liquidando. Por ejemplo: 2010, 2012, etc.
· Trimestre: Escriba el trimestre que está liquidando, un número de 1 a 4.
· Fecha de Pago: Escriba la fecha en la cual piensa realizar el pago. Esta fecha es muy importante, puesto que si es posterior a la fecha límite de pago se calcularán intereses por mora hasta esa fecha. Si es anterior a la fecha límite de pago, no se calcularán intereses por mora. El Fondo Nacional de Turismo no genera sanciones ni multas.
Una vez pulsen “Aceptar” se mostrará una tabla con los establecimiento para que realice la declaración de los ingresos, en la cual aparecerá el nombre del establecimiento, la clase de establecimiento en que se encuentra clasificado y el ingreso a declarar. Posteriormente, deberá dar un clic en el establecimiento y se activará la casilla de la columna Ingresos para que escriba el valor sin puntos y sin espacios, el cual corresponderá al total de los ingresos operacionales trimestrales.
El sistema liquidará el valor de Contribución a pagar, correspondiente al 2.5 por mil de los ingresos operacionales declarados, generando la liquidación privada con un código de barras y el respectivo valor a cancelar, el cual podrá pagarse directamente en el banco de Bogotá o por medio del botón PSE (pago en línea), igualmente debe imprimir el formulario y firmarlo respectivamente, lo cual lo realiza ingresando a la opción “Consultar liquidación” y seleccionando “Pagar por banco”, para finalizar deberá allegarlo a la Dirección de Contribución Parafiscal por medio físico a la Calle 28 N° 13ª- 24 Edificio Museo del Parque Piso 6 o enviar todas sus solicitudes y soportes de liquidación, radicarlas en el Módulo Contáctenos de Contribución Parafiscal, al cual puede acceder ingresando en el siguiente link:
http://www.fontur.com.co/interactue/contacto-contribucion-parafiscal/90 .”.
Atentamente,
Atención al Usuario
www.fontur.com.co
Recuerde que puede consultar el estado de su contacto digitando el número de radicado, en la opción consulta de solicitudes.
Con el fin de medir y mejorar el servicio, le solicitamos que por favor diligencie la Encuesta de Satisfacción del Cliente
USUARIO:Adriana Páez Henríquez
RESPUESTA:Su contacto ha sido recibido, lo atenderemos lo más pronto posible
USUARIO: