RESPUESTA:Su contacto está siendo atendido por uno de nuestros especialistas.
USUARIO:Yeimi Triana Moreno
RESPUESTA:Hemos escalado su contacto a uno de nuestros especialistas en la materia
USUARIO:Yeimi Triana Moreno
RESPUESTA:Bogotá, noviembre 13 de 2018
Señor(a)
AURA ELENA MILLAN POSSO
ceaacademialaunion@gmail.com
Asunto: Respuesta Contacto No. 30951
Respetado(a) Señor(a):
En atención a su solicitud radicada mediante correo electrónico, en la cual solicita un estado de cuenta del establecimiento de comercio Aparta Hotel la Unión, de manera atenta le informo lo siguiente:
Verificada la información del Registro Único Empresarial y Social Cámaras de Comercio “Rúes”, se observa que el Hotel Aparta Hotel la Unión identificado con el RNT 41314, pertenece a la subcategoría de aportante Alojamiento Rural (Hospedaje no Permanente).
De conformidad con el numeral 2 del Artículo 3 de la Ley 1101 del año 2006 las viviendas turísticas (Hospedaje no Permanente) son aportantes de la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo solo si superan los topes de 50 SMLV.
Al verificar la información que reposa en nuestros registros, se observa que el Hotel Aparta Hotel la Unión identificado con el RNT 41314, propiedad de la señora Aura Elena Millan Posso identificada con el NIT 66.750.654 - 4, no ha llegado ninguna certificación que soporte que no ha superado topes, en consecuencia, tiene pendiente de pago las siguientes obligaciones:
· AÑO 2008 Trimestre 2-3-4
· AÑO 2009 Trimestre 1-2-3-4
· AÑO 2010 Trimestre 1-2-3-4
· AÑO 2011 Trimestre 1-2-3-4
· AÑO 2012 Trimestre 1-2-3-4
· AÑO 2013 Trimestre 1-2-3-4
· AÑO 2014 Trimestre 1-2-3-4
· AÑO 2015 Trimestre 1-2-3-4
· AÑO 2016 Trimestre 1-2-3-4
· AÑO 2017 Trimestre 1-2-3-4
· AÑO 2018 Trimestre 1-2-3
Salvo que en los años anteriores, es decir, 2007, 2008, 2009, 2010, 2011, 2012, 2013, 2014, 2015, 2016 y 2017 el establecimiento no haya superado los topes deberá remitir una certificación firmada por contador donde especifique lo siguiente:
· Nombre del establecimiento
· NIT
· RNT
· Copia de la tarjeta de profesional del contador público.
· Especificar en qué años exactamente no cumplió los topes de 50 SMLV y en qué año no es aportante de la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo.
En relación con lo anterior, si el establecimiento superado los topes, deberá realizar los pagos pendientes, de acuerdo a lo mencionado en la solicitud de pagos pendientes.
Atentamente,
Atención al Usuario
www.fontur.com.co
Recuerde que puede consultar el estado de su contacto digitando el número de radicado, en la opción consulta de solicitudes.
Con el fin de medir y mejorar el servicio, le solicitamos que por favor diligencie la Encuesta de Satisfacción del Cliente
USUARIO:Lerwin Fabian Pulido Aroca
RESPUESTA:Su contacto ha sido recibido, lo atenderemos lo más pronto posible
USUARIO: