RESPUESTA:Su contacto está siendo atendido por uno de nuestros especialistas.
USUARIO:Yeimi Triana Moreno
RESPUESTA:Hemos escalado su contacto a uno de nuestros especialistas en la materia
USUARIO:Yeimi Triana Moreno
RESPUESTA:Bogotá, noviembre 26 de 2018
Señor
NOVA MAR DEVELOPMENT SA
sebastian.falkonert@r-hr.com
Asunto: Respuesta Contacto No. 30757
Respetado Señor:
En relación con la solicitud de información que radicó por medio de esta plataforma, de manera atenta le informo lo siguiente:
- ¿Debo presentar dicha corrección por la plataforma "Liquidación y pago en linea" por la opción de "modificar liquidación" o "nueva liquidación".
Para efectos de corregir la liquidación privada del 1 trimestre del año 2018, debe ingresar a la plataforma de “Liquidación y pago en Línea”, dirigirse a la opción de Liquidaciones y seleccionar Nueva liquidación, posteriormente realizar nuevamente la liquidación del mencionado trimestre con los ingresos correctos.
- Posterior a esto, con qué fecha debería ir la corrección para que el sistema no me genere errores ni me genere un formulario con intereses incluidos.
En relación con la fecha que debe diligenciar, le informo que corresponde a la del día en que realice la liquidación del 1 trimestre del año 2018 con la base gravable correcta, sin embargo, debe hacer caso omiso de los intereses de mora que la plataforma le genera, debido a que usted ya liquidó y pagó la obligación en la fecha establecida para el efecto.
Lo anterior, se debe realizar con la finalidad de que la segunda liquidación que realice con la base gravable correcta reemplace a la primera.
- Finalmente esta debe ir firmada por representante legal y revisor fiscal, adicional debe ser presentada ante una entidad bancaria tal y como se hace con las iniciales o deber ir presentada con pago total "0" puesto que ya se pagó como se menciona por un mayor valor?
Respecto de este interrogante, le informo que la liquidación privada corregida debe llevar todas las firmas requeridas, y no debe ser presentada ante la entidad bancaria, ni diligenciada con un valor en cero, debido a que en la misma debe debe declarar los ingresos que efectivamente obtuvo el correspondiente establecimiento.
En ese orden de ideas, le reitero que debe diligenciar la liquidación del 1 trimestre del año 2018 a través de la plataforma de Liquidación y pago en Línea con el valor de la base gravable correcta, firmarla e imprimirla y posteriormente remitirla junto con la solicitud de devolcuión o compensación como se le informó en la respuesta dada al contacto número 29346.
Atentamente,
Atención al Usuario
www.fontur.com.co
Recuerde que puede consultar el estado de su contacto digitando el número de radicado, en la opción consulta de solicitudes.
Con el fin de medir y mejorar el servicio, le solicitamos que por favor diligencie la Encuesta de Satisfacción del Cliente
USUARIO:Diana Fernanda Moreno Grimaldo
RESPUESTA:Su contacto ha sido recibido, lo atenderemos lo más pronto posible
USUARIO: