RESPUESTA:Su contacto ha sido recibido, lo atenderemos lo más pronto posible
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USUARIO:Yeimi Triana Moreno
RESPUESTA:Hemos escalado su contacto a uno de nuestros especialistas en la materia
USUARIO:Yeimi Triana Moreno
RESPUESTA:Bogotá, noviembre 13 de 2018
Señor(a)
CARLOS MARIO TARQUINO RODRIGUEZ/ CARAPITOURS
carapitours@gmail.com
Asunto: Respuesta Contacto No. 30501
Respetado(a) Señor(a):
En atención a su solicitud, de manera atenta le informo lo siguiente:
Doy acuse de recibido a la liquidación privada del 3 trimestre del año 2018 pagada por medio de PSE el día 6 de Noviembre de 2018 por valor de $2.000, adicionalmente le indico que los pagos de la contribución parafiscal se deben realizar desde el momento en el que el establecimiento es registrado en la matricula mercantil "no desde el momento la Cámara de Comercio en que emite el RNT”, si el establecimiento no obtuvo ingresos es necesario que presente las liquidaciones privadas de forma trimestral en el Banco de Bogotá “el Banco debe poner el sello de presentado en dichas liquidaciones”.
RNT 46808 – CARAPI TOURS AGENCIAS DE VIAJES OPERADORAS FECHA DE MATRICULA MERCANTIL 15/09/2016
Año gravable 2016 / 3 y 4 trimestre.
De conformidad con el artículo 2.2.4.2.1.3 del Decreto 1074 de 2015, establece que los sujetos pasivos de la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo, es decir, los contemplados en el artículo 3 de la Ley 1101 de 2006, trimestralmente deben cumplir con dos obligaciones:
• La presentación de la liquidación privada (Obligación formal)
• El pago de la liquidación privada (Obligación sustancial)
En cuanto al cumplimiento de dichas obligaciones, es importante precisar que en todos los casos la exigibilidad de las mismas no será igual, en efecto, puede suceder que durante un período el aportante no haya percibido ingresos operacionales por concepto del desarrollo de la actividad turística, evento en el cual no nace la obligación de pagar, no obstante si se encontraría obligado a presentar la liquidación privada en ceros.
Así las cosas, los aportantes de la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo que durante el período causado no hubieren realizado actividades sometidas al gravamen, se encuentran en la obligación de presentar la liquidación privada en ceros, en el formato establecido para el efecto.
Atentamente,
Atención al Usuario
www.fontur.com.co
Recuerde que puede consultar el estado de su contacto digitando el número de radicado, en la opción consulta de solicitudes.
Con el fin de medir y mejorar el servicio, le solicitamos que por favor diligencie la Encuesta de Satisfacción del Cliente
USUARIO:Christian Camilo Cortes Guerrero