RESPUESTA:Su contacto está siendo atendido por uno de nuestros especialistas.
USUARIO:Yeimi Triana Moreno
RESPUESTA:Hemos escalado su contacto a uno de nuestros especialistas en la materia
USUARIO:Yeimi Triana Moreno
RESPUESTA:Por favor hacer la siguinete correción: Por favor precisar los conceptos del impuesto al turismo y la contribución parafiscal para la promoción del turismo y despues explicar presentacion en cero mediante el comunicado en cero.
USUARIO:Alexandra Oyuela Mancera
RESPUESTA:Aprobado, por favor enviar respuesta
USUARIO:Alexandra Oyuela Mancera
RESPUESTA:Bogotá, noviembre 02 de 2018
Señor(a)
leidy paola trejos
seleccion@equiposdealtorendimiento.com
Asunto: Respuesta Contacto No. 30462
Respetado(a) Señor(a):
Cordial saludo, en respuesta a su solicitud, le informo que todos los establecimientos, deben realizar los pagos en cero, si no han obtenido ingresos en el trimestre, independientemente de que hayan iniciado o no operaciones.
Una vez efectuado el registro de matrícula mercantil ante Cámara de Comercio, el prestador de servicio turístico, si cumplen con la calidad de aportantes como lo establece el artículo 3 de la Ley 1101 de 2006, le corresponderá registrarse en la página de Fontur para realizar la presentación y pago de la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo.
A continuación, encontrará los pasos para realizar el registro en la página de Fontur.
Para presentar la liquidación parafiscal debe ingresar a la página del Fondo Nacional de Turismo http://www.fontur.com.co , dirigirse al portal de “Liquidación y pago en Línea”. Posteriormente le va a solicitar un usuario que corresponde al NIT del establecimiento sin digito de verificación y en la contraseña digite el mismo NIT, una vez adentro podrá cambiar la contraseña.
Ahora bien, para realizar la liquidación privada debe diligenciar primero la información requerida en el icono de establecimientos, de clic en insertar y diligencie toda la información que el sistema le solicita, es importante aclarar que en los campos de “Código” se digita EST1 si únicamente posee un establecimiento, si posee dos o más digitar EST2, EST3… De igual manera, en el campo de “fecha de inicio” debe digitar la fecha de inicio de operaciones del establecimiento, y por último en el campo de “estado” digite A (corresponde a activo).
Una vez diligenciada esta información vuelva al menú principal e ingrese a la opción de liquidaciones y seleccionar la opción “Nueva liquidación” digite el año y el trimestre que va a cancelar, en el campo de “grupo” no se coloca nada, luego en la opción de “insertar” completar los siguientes datos:
• Descripción: Escriba una descripción que de una idea clara de la liquidación. Por ejemplo: 2012 Trimestre 4.
• Año: Escriba el año que está liquidando. Por ejemplo: 2010, 2012, etc.
• Trimestre: Escriba el trimestre que está liquidando, un número de 1 a 4.
• Fecha de Pago: Escriba la fecha en la cual piensa realizar el pago. Esta fecha es muy importante, puesto que si es posterior a la fecha límite de pago se calcularán intereses por mora hasta esa fecha. Si es anterior a la fecha límite de pago, no se calcularán intereses por mora.
Una vez pulse “Aceptar” se mostrará una tabla con su establecimiento para que realice la declaración de ingresos, en la cual aparecerá el nombre del establecimiento, la clase de establecimiento en que se encuentra clasificado y el ingreso a declarar. De un Clic en el establecimiento y se activará la casilla de la columna Ingresos para que escriba el valor, el cual corresponderá al total de los ingresos operacionales trimestrales.
El sistema liquidará el valor de Contribución a pagar, generando la liquidación privada con un código de barras y el respectivo valor a cancelar, el cual podrá pagarse directamente en el banco de Bogotá o por medio del botón PSE (pago en línea), igualmente debe imprimir el formato con las correspondientes firmas y allegarlo a la Dirección de Contribución Parafiscal a través del correo parafiscal@fontur.com.co.
Adjunto manual de usuario de la plataforma.
Comunicarse al teléfono: (57-1) 3275500 extensiones 1426/1445/1444/1446/1447
USUARIO:Adriana Páez Henríquez
RESPUESTA:Bogotá, noviembre 08 de 2018
Señor(a)
leidy paola trejos
seleccion@equiposdealtorendimiento.com
Asunto: Respuesta Contacto No. 30462
Respetado(a) Señor(a):
Cordial saludo, en respuesta a su solicitud, del 26 de octubre de 2018, donde “Desearía saber si la presentación de impuesto al turismo se debe hacer en cero en caso de no haber tenido ingresos”, le informo lo siguiente:
Si se refiere al Impuesto con destino al turismo como inversión social, relacionado en el artículo 4 de la Ley 1101 de 2006, el cual se creó con destino al turismo como inversión social mediante la promoción y el fortalecimiento de la competitividad que comprende la capacitación y la calidad turísticas, el sujeto activo es la Nación - Ministerio de Hacienda y Crédito Público, le informo que Fontur no es la entidad competente para atender su solicitud.
Ahora bien, si se refiere al relacionado en el artículo 40 de la Ley 300 de 1996 modificado por el artículo 1 de la Ley 1101 de 2006 el cual, creó la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo, dicho tributo es un gravamen establecido con carácter obligatorio que afecta a un determinado y único grupo social y/o económico, cuyos recursos se utilizan para beneficio del mismo sector.
En ese orden de ideas, le informo que, en el momento de realizar el cumplimiento de las obligaciones es importante precisar que en todos los casos, la exigibilidad de las mismas no será igual, en efecto, puede suceder que durante un período no haya percibido ingresos operacionales por concepto de las actividades sometidas al gravamen, evento en el cual se encontraría obligado a presentar la liquidación privada en ceros en el formulario establecido para tal efecto con las correspondientes firmas y el sello del Banco de Bogotá.
Para realizar la liquidación tiene que seguir los siguientes pasos:
Para presentar la liquidación parafiscal debe ingresar a la página del Fondo Nacional de Turismo http://www.fontur.com.co, dirigirse al portal de “Liquidación y pago en Línea”. Posteriormente le va a solicitar un usuario que corresponde al NIT del establecimiento sin digito de verificación y en la contraseña digite el mismo NIT, una vez adentro podrá cambiar la contraseña.
Ahora bien, para realizar la liquidación privada debe diligenciar primero la información requerida en el icono de establecimientos, de clic en insertar y diligencie toda la información que el sistema le solicita, es importante aclarar que en los campos de “Código” se digita EST1 si únicamente posee un establecimiento, si posee dos o más digitar EST2, EST3… De igual manera, en el campo de “fecha de inicio” debe digitar la fecha de inicio de operaciones del establecimiento, y por último en el campo de “estado” digite A (corresponde a activo).
Una vez diligenciada esta información vuelva al menú principal e ingrese a la opción de liquidaciones y seleccionar la opción “Nueva liquidación” digite el año y el trimestre que va a cancelar, en el campo de “grupo” no se coloca nada, luego en la opción de “insertar” completar los siguientes datos:
• Descripción: Escriba una descripción que de una idea clara de la liquidación. Por ejemplo: 2012 Trimestre 4.
• Año: Escriba el año que está liquidando. Por ejemplo: 2010, 2012, etc.
• Trimestre: Escriba el trimestre que está liquidando, un número de 1 a 4.
• Fecha de Pago: Escriba la fecha en la cual piensa realizar el pago. Esta fecha es muy importante, puesto que si es posterior a la fecha límite de pago se calcularán intereses por mora hasta esa fecha. Si es anterior a la fecha límite de pago, no se calcularán intereses por mora.
Una vez pulse “Aceptar” se mostrará una tabla con su establecimiento para que realice la declaración de ingresos, en la cual aparecerá el nombre del establecimiento, la clase de establecimiento en que se encuentra clasificado y el ingreso a declarar. De un Clic en el establecimiento y se activará la casilla de la columna Ingresos para que escriba el valor, el cual corresponderá al total de los ingresos operacionales trimestrales.
El sistema liquidará el valor de Contribución a pagar, generando la liquidación privada con un código de barras y el respectivo valor a cancelar, el cual podrá pagarse directamente en el banco de Bogotá o por medio del botón PSE (pago en línea), igualmente debe imprimir el formato con las correspondientes firmas y allegarlo a través del Módulo Contáctenos de Contribución Parafiscal, al cual puede acceder ingresando en el siguiente link: http://www.fontur.com.co/interactue/contacto-contribucion-parafiscal/90.
Adjunto manual de usuario de la plataforma.
http://fontur.com.co/productos-y-servicios/instrucciones-y-formulario-de-pago-contrubucion-parafiscal/48
Comunicarse al teléfono: (57-1) 3275500 extensiones 1426/1445/1444/1446/1447
USUARIO:Adriana Páez Henríquez
RESPUESTA:Bogotá, noviembre 13 de 2018
Señor(a)
leidy paola trejos
seleccion@equiposdealtorendimiento.com
Asunto: Respuesta Contacto No. 30462
Respetada Señora Leidy:
Cordial saludo, en respuesta a su solicitud, del 26 de octubre de 2018, donde “Desearía saber si la presentación de impuesto al turismo se debe hacer en cero en caso de no haber tenido ingresos”, le informo lo siguiente:
Si se refiere al Impuesto con destino al turismo como inversión social, relacionado en el artículo 4 de la Ley 1101 de 2006, el cual se creó con destino al turismo como inversión social mediante la promoción y el fortalecimiento de la competitividad que comprende la capacitación y la calidad turísticas, el sujeto activo es la Nación - Ministerio de Hacienda y Crédito Público, le informo que Fontur no es la entidad competente para atender su solicitud.
Ahora bien, si se refiere al relacionado en el artículo 40 de la Ley 300 de 1996 modificado por el artículo 1 de la Ley 1101 de 2006 el cual, creó la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo, dicho tributo es un gravamen establecido con carácter obligatorio que afecta a un determinado y único grupo social y/o económico, cuyos recursos se utilizan para beneficio del mismo sector.
En ese orden de ideas, le informo que, en el momento de realizar el cumplimiento de las obligaciones es importante precisar que en todos los casos, la exigibilidad de las mismas no será igual, en efecto, puede suceder que durante un período no haya percibido ingresos operacionales por concepto de las actividades sometidas al gravamen, evento en el cual se encontraría obligado a presentar la liquidación privada en ceros en el formulario establecido para tal efecto con las correspondientes firmas y el sello del Banco de Bogotá.
Para realizar la liquidación tiene que seguir los siguientes pasos:
Para presentar la liquidación parafiscal debe ingresar a la página del Fondo Nacional de Turismo http://www.fontur.com.co, dirigirse al portal de “Liquidación y pago en Línea”. Posteriormente le va a solicitar un usuario que corresponde al NIT del establecimiento sin digito de verificación y en la contraseña digite el mismo NIT, una vez adentro podrá cambiar la contraseña.
Ahora bien, para realizar la liquidación privada debe diligenciar primero la información requerida en el icono de establecimientos, de clic en insertar y diligencie toda la información que el sistema le solicita, es importante aclarar que en los campos de “Código” se digita EST1 si únicamente posee un establecimiento, si posee dos o más digitar EST2, EST3… De igual manera, en el campo de “fecha de inicio” debe digitar la fecha de inicio de operaciones del establecimiento, y por último en el campo de “estado” digite A (corresponde a activo).
Una vez diligenciada esta información vuelva al menú principal e ingrese a la opción de liquidaciones y seleccionar la opción “Nueva liquidación” digite el año y el trimestre que va a cancelar, en el campo de “grupo” no se coloca nada, luego en la opción de “insertar” completar los siguientes datos:
• Descripción: Escriba una descripción que de una idea clara de la liquidación. Por ejemplo: 2012 Trimestre 4.
• Año: Escriba el año que está liquidando. Por ejemplo: 2010, 2012, etc.
• Trimestre: Escriba el trimestre que está liquidando, un número de 1 a 4.
• Fecha de Pago: Escriba la fecha en la cual piensa realizar el pago. Esta fecha es muy importante, puesto que si es posterior a la fecha límite de pago se calcularán intereses por mora hasta esa fecha. Si es anterior a la fecha límite de pago, no se calcularán intereses por mora.
Una vez pulse “Aceptar” se mostrará una tabla con su establecimiento para que realice la declaración de ingresos, en la cual aparecerá el nombre del establecimiento, la clase de establecimiento en que se encuentra clasificado y el ingreso a declarar. De un Clic en el establecimiento y se activará la casilla de la columna Ingresos para que escriba el valor, el cual corresponderá al total de los ingresos operacionales trimestrales.
El sistema liquidará el valor de Contribución a pagar, generando la liquidación privada con un código de barras y el respectivo valor a cancelar, el cual podrá pagarse directamente en el banco de Bogotá o por medio del botón PSE (pago en línea), igualmente debe imprimir el formato con las correspondientes firmas y allegarlo a través del Módulo Contáctenos de Contribución Parafiscal, al cual puede acceder ingresando en el siguiente link: http://www.fontur.com.co/interactue/contacto-contribucion-parafiscal/90.
Adjunto manual de usuario de la plataforma.
http://fontur.com.co/productos-y-servicios/instrucciones-y-formulario-de-pago-contrubucion-parafiscal/48
Comunicarse al teléfono: (57-1) 3275500 extensiones 1426/1445/1444/1446/1447
Atentamente,
Atención al Usuario
www.fontur.com.co
Recuerde que puede consultar el estado de su contacto digitando el número de radicado, en la opción consulta de solicitudes.
Con el fin de medir y mejorar el servicio, le solicitamos que por favor diligencie la Encuesta de Satisfacción del Cliente
USUARIO:Adriana Páez Henríquez
RESPUESTA:Su contacto ha sido recibido, lo atenderemos lo más pronto posible
USUARIO: