RESPUESTA:Su contacto está siendo atendido por uno de nuestros especialistas.
USUARIO:Yeimi Triana Moreno
RESPUESTA:Hemos escalado su contacto a uno de nuestros especialistas en la materia
USUARIO:Yeimi Triana Moreno
RESPUESTA:Bogotá, enero 26 de 2021
Señor(a)
Karen Giraldo Henao
calidad@tranes.com.co
Asunto: Respuesta Contacto No. 70360
Respetado(a) Señor(a):
En atención a su solicitud, de manera atenta le informo que el artículo 37 de la Ley 2068 de 2020 con el que se modifica el artículo 3 de la Ley 1101 de 2006 señala los sujetos pasivos o aportantes de la Contribución Parafiscal para el Turismo.
La base gravable para liquidar la contribución parafiscal será el monto de los ingresos operacionales vinculados a la actividad sometida a gravamen obtenidos por los sujetos pasivos (véase el artículo 35 de la Ley 2068 de 2020) y la tarifa será del 2.5 por mil sobre los ingresos operacionales (véase el artículo 36 de la Ley 2068 de 2020).
El período de la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo es trimestral y se causa en los siguientes periodos:
Trimestre
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Fechas de los Periodos
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1
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Del 1 de enero al 31 de marzo
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2
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Del 1 de abril al 30 de junio
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3
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Del 1 de julio al 30 de septiembre
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4
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Del 1 de octubre al 31 de diciembre
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Adicionalmente, se liquidará y pagará sobre períodos vencidos, a más tardar en los primeros 20 días del mes siguiente al del período objeto de la declaración. Puede consultar el calendario para liquidar y pagar la mencionada contribución puede en https://fontur.com.co/productos-y-servicios/calendario-de-contrubucion-parafiscal/44
En RUES se puede observar que la empresa INVERSIONES, FINANCIAMIENTOS TRANSPORTE Y TURISMO - INVERTRANSTUR S.A.S, NIT 900629715, es titular de los Registros Nacionales de Turismo 81722, con fecha de matrícula mercantil 24 de septiembre de 2019 y 81498, matriculado el 22 de enero de 2020.
Verificadas nuestras bases de datos, le informo que tiene pendiente de liquidar y pagar los siguientes periodos:
RNT 81722: Trimestres 3 y 4 de 2019; Trimestres 1, 2, 3 y 4 de 2020.
RNT 81498: Trimestres 1, 2, 3 y 4 de 2020.
De igual forma, en RUES se evidencia que tiene los establecimientos INVERSIONES, FINANCIAMIENTOS TRANSPORTE Y TURISMO INVERTRANSTUR, INVERTRANSTUR – CALI, INVERTRANSTUR – PEREIRA, INVERTRANSTUR BARRANQUILLA, INVERTRANSTUR SAS BUCARAMANGA, que desarrollan como actividad económica el transporte de pasajeros. Esta actividad se encuentra gravada por la Contribución Parafiscal de conformidad con lo señalado en el artículo 37 de la Ley 2068 de 2020 con el que se modifica el artículo 3 de la Ley 1101 de 2006. En este sentido se solicita remitir la documentación de soporte para determinar si es aportante por dichos establecimientos.
Finalmente, le aclaro que todas las solicitudes relacionadas con la Contribución Parafiscal, así como sus soportes de pago, deben ser radicadas en el Módulo Contáctenos de Contribución Parafiscal al cual puede acceder en el link http://www.fontur.com.co/interactue/contacto-contribucion-parafiscal/90
Atentamente,
Atención al Usuario
www.fontur.com.co
Recuerde que puede consultar el estado de su contacto digitando el número de radicado, en la opción consulta de solicitudes.
Con el fin de medir y mejorar el servicio, le solicitamos que por favor diligencie la Encuesta de Satisfacción del Cliente
USUARIO:Juan Carlos Mendívil
RESPUESTA:Su contacto ha sido recibido, lo atenderemos lo más pronto posible
USUARIO: