RESPUESTA:Su contacto está siendo atendido por uno de nuestros especialistas.
USUARIO:Yeimi Triana Moreno
RESPUESTA:Hemos escalado su contacto a uno de nuestros especialistas en la materia
USUARIO:Yeimi Triana Moreno
RESPUESTA:Por favor hacer la siguiente correción: Por favor ajustar respuesta en el mismo sentido de la otra solicitud que te revise de inscripción por primera vez.
Gracias
USUARIO:Alexandra Oyuela Mancera
RESPUESTA:Aprobado, por favor enviar respuesta
USUARIO:Alexandra Oyuela Mancera
RESPUESTA:Bogotá, octubre 02 de 2018
Señores
ORI SOLUSIONES EMPRESARIALES SAS
orisolucionesempresariales@gmail.com
Asunto: Respuesta Contacto No. 29490
Respetados Señores:
En atención a su solicitud, de manera atenta informo lo siguiente:
El Artículo 2.2.4.1.3.4., de la Sección tercera “De la actualización del Registro Nacional de Turismo”, del Decreto 1074 de 2015, modificado por el artículo 1 del Decreto 229 de 2017, estableció que “Los prestadores de servicios turísticos obligados al pago de la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo deberán adjuntar la certificación de pagos expedida por la entidad recaudadora, sobre el cumplimiento de dicha obligación, respecto al periodo que comprende la actualización”.
Con base en lo anterior, es claro que la certificación de pagos no es un requisito para la expedición por primera vez del Registro Nacional de Turismo, sino para su actualización.
En consecuencia, su solicitud no es procedente.
USUARIO:Victoria Hernández Vargas
RESPUESTA:Bogotá, octubre 05 de 2018
Señores
ORI SOLUSIONES EMPRESARIALES SAS
orisolucionesempresariales@gmail.com
Asunto: Respuesta Contacto No. 29490
Respetados Señores:
En atención a su solicitud, de manera atenta informo lo siguiente:
El Artículo 2.2.4.1.3.4., de la Sección tercera “De la actualización del Registro Nacional de Turismo”, del Decreto 1074 de 2015, modificado por el artículo 1 del Decreto 229 de 2017, estableció que “Los prestadores de servicios turísticos obligados al pago de la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo deberán adjuntar la certificación de pagos expedida por la entidad recaudadora, sobre el cumplimiento de dicha obligación, respecto al periodo que comprende la actualización”.
Con base en lo anterior, es claro que la certificación de pagos no es un requisito para la expedición por primera vez del Registro Nacional de Turismo, sino para su actualización, por lo cual se precisa que la Cámara de Comercio no puede exigir un requisito que no se encuentra contemplado en la norma.
En consecuencia, su solicitud no es procedente.
USUARIO:Victoria Hernández Vargas
RESPUESTA:Bogotá, octubre 10 de 2018
eñores
ORI SOLUSIONES EMPRESARIALES SAS
orisolucionesempresariales@gmail.com
Asunto: Respuesta Contacto No. 29490
Respetados Señores:
En atención a su solicitud, de manera atenta informo lo siguiente:
El Artículo 2.2.4.1.3.4., de la Sección tercera “De la actualización del Registro Nacional de Turismo”, del Decreto 1074 de 2015, modificado por el artículo 1 del Decreto 229 de 2017, estableció que “Los prestadores de servicios turísticos obligados al pago de la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo deberán adjuntar la certificación de pagos expedida por la entidad recaudadora, sobre el cumplimiento de dicha obligación, respecto al periodo que comprende la actualización”.
Con base en lo anterior, es claro que la certificación de pagos no es un requisito para la expedición por primera vez del Registro Nacional de Turismo, sino para su actualización, por lo cual se precisa que la Cámara de Comercio no puede exigir un requisito que no se encuentra contemplado en la norma.
En consecuencia, su solicitud no es procedente.
Atentamente,
Atención al Usuario
www.fontur.com.co
Recuerde que puede consultar el estado de su contacto digitando el número de radicado, en la opción consulta de solicitudes.
Con el fin de medir y mejorar el servicio, le solicitamos que por favor diligencie la Encuesta de Satisfacción del Cliente
USUARIO:Victoria Hernández Vargas
RESPUESTA:Su contacto ha sido recibido, lo atenderemos lo más pronto posible
USUARIO: