RESPUESTA:Su contacto está siendo atendido por uno de nuestros especialistas.
USUARIO:ADRIANA PRIETO
RESPUESTA:Hemos escalado su contacto a uno de nuestros especialistas en la materia
USUARIO:ADRIANA PRIETO
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USUARIO:Yeimi Triana Moreno
RESPUESTA:Bogotá, agosto 05 de 2020
Señor(a)
Liliana Cárdenas
caminandoelvalle@gmail.com
Asunto: Respuesta Contacto No. 64154
Respetado(a) Señor(a):
Con el fin de atender su solicitud, fue necesario consultar directamente a Confecámaras y al recibir la respuesta se evidenció lo siguiente:
El aportante identificado con NIT 388793536 y RNT 75735 ingresó a la plataforma de renovación del registro nacional de turismo los siguientes días:
· 27 de febrero 2020 - 12:14
· 12 de marzo 2020 - 12:09
· 17 de marzo 2020 16:00
· 17 de marzo 2020 16:01
· 26 de junio 2020 10:00
De acuerdo con artículo 7 del Decreto 2063 de 2018, mediante el cual se modificó el artículo 2.2.4.1.3.4. del Decreto 1074 de 2015, se estableció lo siguiente:
“Al momento de la actualización del Registro Nacional de Turismo, los prestadores de servicios turísticos obligados al pago de la contribución parafiscal para la promoción del turismo deberán haber liquidado y pagado los cuatro (4) últimos trimestres causados por concepto de dicha contribución.
Parágrafo. Para efectos de la actualización en el Registro Nacional de Turismo, las cámaras de comercio verificarán el cumplimiento de la obligación a que se refiere este artículo, de conformidad con la última información que suministre la entidad administradora encargada del recaudo de la contribución parafiscal para la promoción del turismo. (…)” (negrilla fuera del texto).
Ahora bien, al revisar las fechas de pago de los aportes de Contribución Parafiscal se evidenció lo siguiente:
· 3 trimestre del año 2019 pagado por la opción PSE el día 12 diciembre 2019- 09:45
· 4 trimestre del año 2019 pagado por la opción PSE el día 26 junio 2020- 10:12
Por lo anterior, se evidencia que al momento de ingresar a la plataforma del registro nacional de turismo el aportante no contaba con el requisito de liquidar y pagar los aportes de la Contribución Parafiscal, que para el caso correspondían al 3 y 4 trimestre del año 2019 teniendo en cuenta que la matricula mercantil del establecimiento es del día 29 de agosto del año 2019.
Sin embargo, se evidencia que la última vez que ingreso para realizar el proceso de renovación del registro nacional de turismo fue el 26 de junio a las 10:00 am y el pago del 4 trimestre del año 2019 lo realizó ese mismo día a las 10:12 de la mañana, es decir, que al momento de internar realizar la renovación no cumplía con el requisito de liquidar y pagar la Contribución Parafiscal.
A su vez, se evidenció que posterior al día 26 de junio no ingresó nuevamente a la plataforma de renovación.
Atentamente,
Atención al Usuario
www.fontur.com.co
Recuerde que puede consultar el estado de su contacto digitando el número de radicado, en la opción consulta de solicitudes.
Con el fin de medir y mejorar el servicio, le solicitamos que por favor diligencie la Encuesta de Satisfacción del Cliente
USUARIO:Daniela Ardila Castañeda
RESPUESTA:Su contacto ha sido recibido, lo atenderemos lo más pronto posible
USUARIO: