RESPUESTA:Su contacto ha sido recibido, lo atenderemos lo más pronto posible
Esta solicitud contiene un archivo adjunto, denominado ADJUNTO DE USUARIO 64110 por favor verífiquelo
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RESPUESTA:Su contacto está siendo atendido por uno de nuestros especialistas.
USUARIO:Yeimi Triana Moreno
RESPUESTA:Hemos escalado su contacto a uno de nuestros especialistas en la materia
USUARIO:Yeimi Triana Moreno
RESPUESTA:Bogotá, agosto 06 de 2020
Señores
Hotel La casona
infoyreservaslacasona@gmail.com
Asunto: Respuesta Contacto No. 64110
Respetados señores,
Cordial Saludo
En relación con la solicitud radicada por medio de la plataforma del Fondo Nacional de Turismo- FONTUR, mediante la cual requiere ayuda para corregir la información correspondiente al número de NIT en el pago que realizó del salario mínimo para efectos de renovar el registro nacional de turismo, de manera atenta, le informo lo siguiente:
De conformidad con el artículo 61 de la Ley 300 de 1996 modificado por el artículo 142 del Decreto Ley 2109 de 2019, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo delegó en las Cámaras de Comercio la administración del Registro Nacional de Turismo, en el cual deberán inscribirse todos los prestadores de servicios turísticos contemplados en el artículo 62 de la 300 de 1996, modificado por el artículo 145 del Decreto Ley 2106 de 2019.
El mismo artículo, señala en sus parágrafos lo siguiente:
Parágrafo 4: “El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo procederá a la suspensión automática del Registro Nacional de Turismo de los prestadores de servicios turísticos que no lo actualicen anualmente dentro de las fechas señaladas en la reglamentación (…)”.
Parágrafo 6: “Para solicitar la reactivación de la inscripción en el Registro Nacional de Turismo, el prestador deberá acreditar la cancelación a favor del Fondo Nacional del Turismo, de un (1) salario mínimo mensual legal vigente en el momento del pago". (Negrilla fuera de texto)
En virtud de lo estipulado en la anterior norma, se procedió a verificar internamente con la Dirección de Negocios Especiales del Fondo Nacional de Turismo- FONTUR si el pago que relaciona en la presente solicitud por valor de OCHOCIENTOS SETENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS TRES PESOS ($877.803), a través de la Consignación el 09 de julio de 2020, ingresó a la cuenta 062-912795 de multas del Patrimonio Autónomo Fontur, encontrándose que el día 09 de julio de 2020 efectivamente se consignó en la cuenta P.A Fontur Multas la suma de OCHOCIENTOS SETENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS TRES PESOS ($877.803) asociado al número de Cédula 42723285.
En ese orden de ideas, se remite en adjunto documento con la confirmación del pago para que pueda continuar con su proceso en la correspondiente Cámara de Comercio.
Esta respuesta contiene un archivo adjunto, denominado RESPUESTA CONTACTO 64110 por favor verífiquelo
Atentamente,
Atención al Usuario
www.fontur.com.co
Recuerde que puede consultar el estado de su contacto digitando el número de radicado, en la opción consulta de solicitudes.
Con el fin de medir y mejorar el servicio, le solicitamos que por favor diligencie la Encuesta de Satisfacción del Cliente
USUARIO:Diana Fernanda Moreno Grimaldo
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