RESPUESTA:Su contacto está siendo atendido por uno de nuestros especialistas.
USUARIO:Yeimi Triana Moreno
RESPUESTA:Hemos escalado su contacto a uno de nuestros especialistas en la materia
USUARIO:Yeimi Triana Moreno
RESPUESTA:Bogotá, septiembre 18 de 2018
Señor(a)
Rosa Nidia Echeverry
hospedajetarapaca@gmail.com
Asunto: Respuesta Contacto No. 28927
Respetado(a) Señor(a):
En atención a su solicitud en la cual solicita la certificación de contribución parafiscal de manera atenta le informo antes de generar la certificacion debe verificar la información que se encuentra en los formularios de liquidación privada ya que no se encuentra el número de RNT (Casilla No. 8), así las cosas, debe ingresar a la plataforma de recaudo en línea y modificar dicha información en el módulo establecimientos colocando el número de RNT correcto.
Una vez corrija la información mencionada anteriormente, puede generar la certificación de pagos de la Contribución Parafiscal con Destino al Turismo para continuar con el proceso de renovación del RNT ingrese a la página web www.fontur.com.co en la parte superior va a encontrar un link llamado Liquidación y pago en Línea una vez ingrese coloque en usuario que es el Nit de su establecimiento sin digito de verificación y la contraseña correspondiente.
Verifique que los pagos realizados se encuentren en estado pagado (Liquidaciones - Consulta de Liquidación), uva vez verifique dicha información diríjase a la opción establecimientos, en la parte media encontrara un botón certificado de pagos, hay va a generar dicha certificación.
NOTA: La certificación está habilitada solamente para el año gravable 2017.
Le informo que el artículo 2.2.4.1.3.4 del Decreto de 229 de 2017 establece que “los prestadores de servicios turísticos obligados al pago de la Contribución Parafiscal para la promoción del turismo deberán adjuntar la certificación de pagos expedida por la entidad recaudadora, sobre el cumplimiento de dicha obligación, respecto al período que comprende la referida actualización”.
De conformidad con la norma anteriormente citada, la exigibilidad de la certificación de pago solo aplica para los prestadores turísticos que tienen la calidad de aportantes de la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo.
Así las cosas, en el caso de las viviendas turísticas y hospedaje no permanente que no hayan superado los topes establecidos en la ley en el año 2016, no tendrán la calidad de aportante para el año 2017 y por lo tanto, las cámaras de comercio no podrán exigir la certificación de pagos de la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo para el proceso de actualización del registro nacional de turismo para el año 2018.
Ahora bien, si el establecimiento no supera las ventas anuales de 50 salarios mínimos legales vigentes según lo establecido en la Ley 1101 de 2006, no se encuentra obligado a liquidar ni presentar liquidaciones en cero pero deberá enviar anualmente una certificación firmada por un contador público donde se debe especificar la siguiente información:
Nombre del establecimiento
NIT
Código de RNT
Especificar qué año no supero los topes
Enviar copia del Certificado de Existencia y Representación legal – Cámara de Comercio.
Copia de la tarjeta de profesional del contador público y envíalo a través de este mismo medio en formato PDF.
Por otro lado, en el evento que supere los topes establecidos por ley, debe realizar la liquidación de la contribución parafiscal, ingresando a la página web, www.fontur.com.co – “Liquidación y pagos en línea”.
Esta respuesta contiene un archivo adjunto, denominado RESPUESTA CONTACTO 28927 por favor verífiquelo
Atentamente,
Atención al Usuario
www.fontur.com.co
Recuerde que puede consultar el estado de su contacto digitando el número de radicado, en la opción consulta de solicitudes.
Con el fin de medir y mejorar el servicio, le solicitamos que por favor diligencie la Encuesta de Satisfacción del Cliente
USUARIO:Christian Camilo Cortes Guerrero
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RESPUESTA:Su contacto ha sido recibido, lo atenderemos lo más pronto posible
USUARIO: