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USUARIO:Yeimi Triana Moreno
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RESPUESTA:Bogotá, junio 01 de 2020
Señor(a)
CAMALI HOTEL
camalihotel@gmail.com
Asunto: Respuesta Contacto No. 61578
Respetado(a) Señor(a):
En relación con su amable solicitud, es preciso que tenga en cuenta las siguientes consideraciones a saber:
La Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo es un gravamen con carácter de obligatorio creado por la Ley 300 de 1996 con destino a fortalecer la promoción y competitividad del turismo y estará a cargo de los aportantes contemplados en el artículo 3 de la Ley 1101 de 2006.
El artículo 2.2.4.2.1.3 del Decreto 1074 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Comercio, Industria y Turismo, establece como sujetos pasivos de la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo a las personas naturales o jurídicas propietarias u operadoras de los establecimientos de comercio y actividades señaladas en el artículo 3 de la Ley 1101 de 2006.
“ARTÍCULO 3. APORTANTES DE LA CONTRIBUCIÓN PARAFISCAL PARA LA PROMOCIÓN DEL TURISMO. Para los fines señalados en el artículo 1 de la presente ley, se consideran aportantes los siguientes:
1. Los hoteles y centros vacacionales. (…)”
Por su parte, el artículo 2.2.4.2.1.5 del Decreto 1074 de 2015, señala que los sujetos pasivos de la mencionada contribución están obligados a presentar y pagar trimestralmente la liquidación privada de la Contribución Parafiscal en el formato que para tal fin disponga el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo y en la cuenta que señale la entidad recaudadora.
Aunado a lo anterior, la obligación de liquidar y pagar la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo recae en cabeza de quien detente el título de propietario u operador de alguno de los establecimientos y actividades señaladas en el artículo 3 de la Ley 1101 de 2006.
La cesión a cualquier título (compraventa, permuta, sucesión, etc.) de un establecimiento de comercio señalado en el artículo 3 de la Ley 1101 de 2006, implica un cambio del sujeto pasivo de la Contribución Parafiscal por causa de la transmisión en la titularidad del derecho de dominio, por tanto, el nuevo sujeto pasivo, adquiriente del establecimiento de comercio, deberá registrarse en la plataforma del Fondo Nacional de Turismo- FONTUR- y presentar las liquidaciones y pagos de la contribución en cabeza suya.
Para ello, es indispensable que allegue a esta Dirección de Contribución Parafiscal (i) certificado especial expedido por la respectiva cámara de comercio en el que conste la fecha desde la cual es propietario del establecimiento de comercio Camali Hotel y (II) certificado histórico de propietarios del establecimiento de comercio Camali Hotel.
Esta documentación deberá ser allegada a través del “Módulo Contáctenos” dispuesto en la página web de FONTUR, al cual puede acceder ingresando al siguiente enlace: http://www.fontur.com.co/interactue/contacto-contribucion-parafiscal/90.
Para el caso en particular, una vez revisada la plataforma del Registro único Empresarial y Social- RUES, se evidencia que el actual propietario del establecimiento de comercio “Camali Hotel” con número de matrícula mercantil 208735 es la sociedad “Inversiones Cafecam JPS S.A.S.” con NIT. 901.356.867. Por tal razón, es quien ostenta la calidad de sujeto pasivo y sobre quien recae la obligación de liquidación y pago del mencionado gravamen.
Por último, para registrarse en la plataforma de FONTUR usted deberá ingresar a la página web www.fontur.com.co y en la parte superior ingresar al link llamado “Liquidación y pago parafiscal” y registrarse como nuevo usuario.
En el caso que no pueda ingresar a la plataforma por una de las siguientes
razones usted debe:
• “Usuario no Existe”, se debe dirigir a la opción “Regístrese” y diligenciar la información que le solicita. En esta opción debe diligenciar el NIT si es persona jurídica, por el contrario, si es persona natural seleccione CC.
• “Usuario Duplicado”, significa que su nombre de usuario es el NIT sin digito de verificación y la contraseña es el NIT sin digito de verificación.
• “Clave Invalida”, se debe dirigir a la opción que dice “Olvidó su Contraseña” y el sistema le enviara un recordatorio de la contraseña a su correo electrónico.
Una vez ingrese debe registrar el establecimiento de comercio. Registrar el establecimiento- Diríjase a la opción de “Establecimientos”, haga clic en insertar, diligencie toda la información que el sistema le solicita. En código digite EST1, si tiene más establecimientos digite EST2, EST3 tantas veces como lo requiera. La fecha de inicio corresponde a la fecha en que su establecimiento de comercio fue registrado ante la respectiva cámara de comercio y, por último, en estado digite A (corresponde a activo). Si tiene más establecimientos proceda a realizar el mismo procedimiento.
Tan pronto, se haya registrado en la plataforma y enviado la documentación requerida, se procederá con la corrección de la liquidación correspondiente al primer trimestre de 2020.
Atentamente,
Atención al Usuario
www.fontur.com.co
Recuerde que puede consultar el estado de su contacto digitando el número de radicado, en la opción consulta de solicitudes.
Con el fin de medir y mejorar el servicio, le solicitamos que por favor diligencie la Encuesta de Satisfacción del Cliente
USUARIO:LAURA PATRICIA MATEUS RAMIREZ
RESPUESTA:Su contacto ha sido recibido, lo atenderemos lo más pronto posible
USUARIO: