RESPUESTA:Su contacto está siendo atendido por uno de nuestros especialistas.
USUARIO:Yeimi Triana Moreno
RESPUESTA:Hemos escalado su contacto a uno de nuestros especialistas en la materia
USUARIO:Yeimi Triana Moreno
RESPUESTA:Bogotá, mayo 20 de 2020
Señor(a)
PARQUE TEMATICO DE FLORA Y FAUNA DE PEREIRA SAS
jmbenjumea@ukumari.co
Asunto: Respuesta Contacto No. 61209
Respetado(a) Señor(a):
En respuesta a su amable solicitu, de manera atenta le informo lo siguiente:
El artículo 2.2.4.2.1.7 del Decreto 1074 de 2015, Único Reglamentario del Sector Comercio, Industria y Turismo, establece los plazos para presentar y pagar la liquidación privada correspondiente a cada trimestre de la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo, y dispone que deberá presentarse y pagarse a más tardar en los primeros 20 días del mes siguiente al del periodo objeto de declaración.
No obstante, en virtud de la emergencia sanitaria declarada por el Ministerio de Salud y Protección Social el 12 de marzo de 2020, el Gobierno Nacional (Ministerio de Comercio, Industria y Turismo) mediante Decreto 397 del 13 de marzo de 2020, adoptó medidas económicas para mitigar los efectos de la pandemia en los sectores turismo y de aviación.
Entre estas medidas se encuentra la ampliación para presentar y pagar la liquidación privada de la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo correspondiente al primer trimestre del año 2020, así:
“Artículo 1. Presentación y pago de la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo. Los sujetos pasivos de la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo tendrán plazo para presentar y pagar las liquidaciones privadas correspondientes al primer trimestre del año 2020, hasta el día 29 de julio de 2020”
En virtud de lo anterior, todos los sujetos pasivos de la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo tienen plazo hasta el 29 de julio próximo para liquidar y pagar el primer (1) trimestre del año 2020.
En ese orden de ideas, y de conformidad con su solicitud le informo que podrá liquidar y pagar el primer (1) trimestre del año 2020 de la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo hasta el 29 de julio del presente año sin que se causen intereses de mora.
Por otra parte, es preciso que tenga en cuenta que el 29 de julio de 2020 también se vence el plazo para liquidar y pagar el segundo (2) trimestre del año 2020, por lo tanto, deberá presentar las liquidaciones privadas de cada trimestre de manera independiente, es decir, que no podrá presentarse en una sola liquidación lo correspondiente a los trimestres 1 y 2 del año 2020.
Por último, en cuanto a las instituciones y medios de pago es importante resaltar que podrá realizar los pagos de la Contribución Parafiscal en línea a través de PSE en la página web de FONTUR “Liquidación y pago Parafiscal”. Una vez finalizado el proceso deberá dirigirse a la opción “Pagar por banco” y descargar el formulario, imprimirlo y firmarlo por quienes corresponda, una vez lo tenga diligenciado envíelo a través del enlace http://www.fontur.com.co/contacto-contribucion-parafiscal” en formato PDF.
Atentamente,
Atención al Usuario
www.fontur.com.co
Recuerde que puede consultar el estado de su contacto digitando el número de radicado, en la opción consulta de solicitudes.
Con el fin de medir y mejorar el servicio, le solicitamos que por favor diligencie la Encuesta de Satisfacción del Cliente
USUARIO:LAURA PATRICIA MATEUS RAMIREZ
RESPUESTA:Su contacto ha sido recibido, lo atenderemos lo más pronto posible
USUARIO: