RESPUESTA:Su contacto ha sido recibido, lo atenderemos lo más pronto posible
Esta solicitud contiene un archivo adjunto, denominado ADJUNTO DE USUARIO 28705 por favor verífiquelo
USUARIO:Descargar PDF
RESPUESTA:Su contacto está siendo atendido por uno de nuestros especialistas.
USUARIO:Yeimi Triana Moreno
RESPUESTA:Por favor hacer la siguinete correción: Ajustar por favor segun instrucciones.
USUARIO:Alexandra Oyuela Mancera
RESPUESTA:Por favor hacer la siguinete correción: Por favor precisar respuesta y eliminar el tema del aplazamiento.
USUARIO:Alexandra Oyuela Mancera
RESPUESTA:Por favor hacer la siguinete correción: Adriana por favor imprimir respuesta y pasarla para corrección.
USUARIO:Alexandra Oyuela Mancera
RESPUESTA:Por favor hacer la siguiente correción: por favor reemplazar el párrafo que aparece despues de la citación de la norma por lo siguiente:
Revisadas las liquidaciones privada allegadas, se observa que están pendiente de firmas, en consecuencia es necesario que remita las liquidaciones privadas con el cumplimiento de los requisitos legales al correo electrónico apaez@fontur.com.co, una vez haya remitido las liquidaciones con las correspondientes firmas procederemos a la emisión de las certificaciones solicitadas.
USUARIO:Alexandra Oyuela Mancera
RESPUESTA:Aprobado, por favor enviar respuesta
USUARIO:Alexandra Oyuela Mancera
RESPUESTA:Bogotá, agosto 24 de 2018
Señor(a)
transnus
gerencia.transnus@gmail.com
Asunto: Respuesta Contacto No. 28705
Respetado(a) Señor(a):
Cordial saludo
En atención a su electrónico le informo lo siguiente:
De conformidad con el artículo 2.2.4.2.1.6 del Decreto 1074 de 2015, “los sujetos pasivos están obligados a presentar y pagar trimestralmente la liquidación privada de la Contribución en el formato que para tal fin disponga el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo y en la cuenta que señale la entidad recaudadora. La liquidación privada deberá contener al menos la siguiente información:”
1. Nombre o razón social y número de identificación tributaria -NIT- del sujeto pasivo.
2. Número del Registro Nacional de Turismo, cuanto se trate de un prestador de servicios
Turísticos
3. Dirección y teléfono.
4. Período liquidado y pagado.
5. Ingresos operacionales del período o base gravable.
6. Liquidación privada de la Contribución.
7. Firma del declarante. Cuando se trate de personas jurídicas deberá firmar el representante legal.
8. Firma del revisor fiscal cuando exista obligación legal. En los demás casos bastará la firma del contador.
9. Valor pagado, el cual debe coincidir con el valor de la liquidación privada, más los
10. Intereses de mora cuando sea el caso.”
Revisada la liquidación privada allegada, se observa que está pendiente la suscripción de la misma de conformidad con la norma citada anteriormente.
En consecuencia y con el fin de cumplir con la obligación consagrada en el artículo 2.2.4.2.1.6 del Decreto 1074 de 2015 debe presentar la liquidación privada, el cual podrán descargar a través del aplicativo en la opción “liquidaciones” seguido “consulta de liquidaciones” y por último la opción “pagar por banco” en esta opción obtendrá el formulario de liquidación privada y debe ser enviada con las respectivas firmas al siguiente link: http://www.fontur.com.co/interactue/contacto-contribucion-parafiscal/90 .” y soporte de pago PSE.
USUARIO:Adriana Páez Henríquez
RESPUESTA:Bogotá, agosto 27 de 2018
Señor(a)
transnus
gerencia.transnus@gmail.com
Asunto: Respuesta Contacto No. 28705
Respetado(a) Señor(a):
Cordial saludo
En atención a su electrónico le informo lo siguiente:
De conformidad con el artículo 2.2.4.2.1.6 del Decreto 1074 de 2015, “los sujetos pasivos están obligados a presentar y pagar trimestralmente la liquidación privada de la Contribución en el formato que para tal fin disponga el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo y en la cuenta que señale la entidad recaudadora. La liquidación privada deberá contener al menos la siguiente información:”
1. Nombre o razón social y número de identificación tributaria -NIT- del sujeto pasivo.
2. Número del Registro Nacional de Turismo, cuanto se trate de un prestador de servicios
Turísticos
3. Dirección y teléfono.
4. Período liquidado y pagado.
5. Ingresos operacionales del período o base gravable.
6. Liquidación privada de la Contribución.
7. Firma del declarante. Cuando se trate de personas jurídicas deberá firmar el representante legal.
8. Firma del revisor fiscal cuando exista obligación legal. En los demás casos bastará la firma del contador.
9. Valor pagado, el cual debe coincidir con el valor de la liquidación privada, más los
10. Intereses de mora cuando sea el caso.”
Revisada la liquidación privada allegada, se observa que está pendiente la suscripción de la misma de conformidad con la norma citada anteriormente.
En consecuencia y con el fin de cumplir con la obligación consagrada en el artículo 2.2.4.2.1.6 del Decreto 1074 de 2015 debe presentar la liquidación privada, con las respectivas firmas al siguiente link: http://www.fontur.com.co/interactue/contacto-contribucion-parafiscal/90 .” y los soporte de pago PSE, con copia a mi correo electrónico apaez@fontur.com.co.
USUARIO:Adriana Páez Henríquez
RESPUESTA:Bogotá, agosto 30 de 2018
Señor(a)
transnus
gerencia.transnus@gmail.com
Asunto: Respuesta Contacto No. 28705
Respetado(a) Señor(a):
Cordial saludo, en respuesta a su correo con respecto de la solicitud del certificado de pagos, le informo, que a la fecha no podremos emitir el certificado de pago del establecimiento TRANSPORTE NUS SAS, ya que revisando los soportes y las liquidaciones de pago enviadas, estas no cumplen en su totalidad con la obligación, ya que carecen de firmas.
Lo anterior en concordancia con el artículo 2.2.4.2.1.3 del Decreto 1074 de 2015 donde los sujetos pasivos de la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo, es decir, los contemplados en el artículo 3 de la Ley 1101 de 2006, deben cumplir con estas dos obligaciones: 1. La presentación de la liquidación privada (Obligación formal) y 2. La del pago de la liquidación privada (Obligación sustancial).
Por otra parte le informo que, usted tiene pendiente de pago los periodos relacionados a continuación, una vez que su registro de matrícula mercantil se efectuó desde el 12 de noviembre de 2012:
· 4 trimestre de 2012
· 1,2,3 y 4 trimestre de 2013
· 1,2,3 y 4 trimestre de 2014
· 1,2,3 y 4 trimestre de 2015
· 1,2,3 y 4 trimestre de 2016
Para efectos de continuar con la emisión de certificación de pagos año 2017 y corrido año 2018 debe allegar a mi correo apaez@fontur.com.co las liquidaciones firmadas, por lo pronto quedara aplazada su solicitud.
USUARIO:Adriana Páez Henríquez
RESPUESTA:Bogotá, septiembre 04 de 2018
Señor(a)
transnus
gerencia.transnus@gmail.com
Asunto: Respuesta Contacto No. 28705
Respetado(a) Señor(a):
Cordial saludo, en respuesta a su correo donde solicita el certificado de pagos, le informo, que a la fecha no ha sido posible emitir el certificado de pago del establecimiento TRANSPORTE NUS SAS, ya que este no ha cumplido con los requisitos contemplados en el artículo 2.2.4.2.1.3 del Decreto 1074 de 2015 donde los sujetos pasivos de la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo, es decir, todos aquellos prestadores de servicio turístico que cuentan con actividades relacionadas en el artículo 3 de la Ley 1101 de 2006, deben cumplir con estas dos obligaciones: 1. La presentación de la liquidación privada (Obligación formal) y 2. La del pago de la liquidación privada (Obligación sustancial).
De acuerdo a lo citado anteriormente, para efectos de continuar con la emisión de certificación de pagos año 2017 y corrido año 2018 debe allegar a mi correo apaez@fontur.com.co las liquidaciones firmadas.
Por otra parte le informo que, usted tiene pendiente de pago los periodos relacionados a continuación, una vez que su registro de matrícula mercantil se efectuó desde el 12 de noviembre de 2012:
· 4 trimestre de 2012
· 1,2,3 y 4 trimestre de 2013
· 1,2,3 y 4 trimestre de 2014
· 1,2,3 y 4 trimestre de 2015
· 1,2,3 y 4 trimestre de 2016
USUARIO:Adriana Páez Henríquez
RESPUESTA:Bogotá, septiembre 18 de 2018
Señor(a)
transnus
gerencia.transnus@gmail.com
Asunto: Respuesta Contacto No. 28705
Respetado(a) Señor(a):
Cordial saludo, en respuesta a su correo donde solicita el certificado de pagos año 2017 y 2018, le informo lo siguiente:
De conformidad con el artículo 2.2.4.2.1.6 del Decreto 1074 de 2015, “los sujetos pasivos están obligados a presentar y pagar trimestralmente la liquidación privada de la Contribución en el formato que para tal fin disponga el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo y en la cuenta que señale la entidad recaudadora. La liquidación privada deberá contener al menos la siguiente información:”
1. Nombre o razón social y número de identificación tributaria -NIT- del sujeto pasivo.
2. Número del Registro Nacional de Turismo, cuanto se trate de un prestador de servicios
Turísticos
3. Dirección y teléfono.
4. Período liquidado y pagado.
5. Ingresos operacionales del período o base gravable.
6. Liquidación privada de la Contribución.
7. Firma del declarante. Cuando se trate de personas jurídicas deberá firmar el representante legal.
8. Firma del revisor fiscal cuando exista obligación legal. En los demás casos bastará la firma del contador.
9. Valor pagado, el cual debe coincidir con el valor de la liquidación privada, más los
10. Intereses de mora cuando sea el caso.”
Revisadas las liquidaciones privada allegadas, se observa que están pendiente de firmas, para efectos de continuar con la emisión del certificado de pagos año 2017 y corrido año 2018 debe allegarlas de manera correcta al correo apaez@fontur.com.co .
Por otra parte le informo que, usted tiene pendiente de pago los periodos relacionados a continuación, una vez que su registro de matrícula mercantil se efectuó desde el 12 de noviembre de 2012:
· 4 trimestre de 2012
· 1,2,3 y 4 trimestre de 2013
· 1,2,3 y 4 trimestre de 2014
· 1,2,3 y 4 trimestre de 2015
· 1,2,3 y 4 trimestre de 2016
USUARIO:Adriana Páez Henríquez
RESPUESTA:Bogotá, octubre 03 de 2018
Señor(a)
transnus
gerencia.transnus@gmail.com
Asunto: Respuesta Contacto No. 28705
Respetado(a) Señor(a):
Cordial saludo, en respuesta a su correo donde solicita el certificado de pagos año 2017 y 2018, le informo lo siguiente:
De conformidad con el artículo 2.2.4.2.1.6 del Decreto 1074 de 2015, “los sujetos pasivos están obligados a presentar y pagar trimestralmente la liquidación privada de la Contribución en el formato que para tal fin disponga el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo y en la cuenta que señale la entidad recaudadora. La liquidación privada deberá contener al menos la siguiente información:”
1. Nombre o razón social y número de identificación tributaria -NIT- del sujeto pasivo.
2. Número del Registro Nacional de Turismo, cuanto se trate de un prestador de servicios
Turísticos
3. Dirección y teléfono.
4. Período liquidado y pagado.
5. Ingresos operacionales del período o base gravable.
6. Liquidación privada de la Contribución.
7. Firma del declarante. Cuando se trate de personas jurídicas deberá firmar el representante legal.
8. Firma del revisor fiscal cuando exista obligación legal. En los demás casos bastará la firma del contador.
9. Valor pagado, el cual debe coincidir con el valor de la liquidación privada, más los
10. Intereses de mora cuando sea el caso.”
Revisadas las liquidaciones privada allegadas, se observa que están pendiente de firmas, en consecuencia es necesario que remita las liquidaciones privadas con el cumplimiento de los requisitos legales al correo electrónico apaez@fontur.com.co, una vez haya remitido las liquidaciones con las correspondientes firmas procederemos a la emisión de las certificaciones solicitadas.
Por otra parte le informo que, usted tiene pendiente de pago los periodos relacionados a continuación, una vez que su registro de matrícula mercantil se efectuó desde el 12 de noviembre de 2012:
· 4 trimestre de 2012
· 1,2,3 y 4 trimestre de 2013
· 1,2,3 y 4 trimestre de 2014
· 1,2,3 y 4 trimestre de 2015
· 1,2,3 y 4 trimestre de 2016
USUARIO:Adriana Páez Henríquez
RESPUESTA:Bogotá, octubre 08 de 2018
Señor(a)
transnus
gerencia.transnus@gmail.com
Asunto: Respuesta Contacto No. 28705
Respetado(a) Señor(a):
Cordial saludo, en respuesta a su correo donde solicita el certificado de pagos año 2017 y 2018, le informo lo siguiente:
De conformidad con el artículo 2.2.4.2.1.6 del Decreto 1074 de 2015, “los sujetos pasivos están obligados a presentar y pagar trimestralmente la liquidación privada de la Contribución en el formato que para tal fin disponga el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo y en la cuenta que señale la entidad recaudadora. La liquidación privada deberá contener al menos la siguiente información:”
1. Nombre o razón social y número de identificación tributaria -NIT- del sujeto pasivo.
2. Número del Registro Nacional de Turismo, cuanto se trate de un prestador de servicios
Turísticos
3. Dirección y teléfono.
4. Período liquidado y pagado.
5. Ingresos operacionales del período o base gravable.
6. Liquidación privada de la Contribución.
7. Firma del declarante. Cuando se trate de personas jurídicas deberá firmar el representante legal.
8. Firma del revisor fiscal cuando exista obligación legal. En los demás casos bastará la firma del contador.
9. Valor pagado, el cual debe coincidir con el valor de la liquidación privada, más los
10. Intereses de mora cuando sea el caso.”
Revisadas las liquidaciones privada allegadas, se observa que están pendiente de firmas, en consecuencia es necesario que remita las liquidaciones privadas con el cumplimiento de los requisitos legales al correo electrónico apaez@fontur.com.co, una vez haya remitido las liquidaciones con las correspondientes firmas procederemos a la emisión de las certificaciones solicitadas.
Por otra parte le informo que, usted tiene pendiente de pago los periodos relacionados a continuación, una vez que su registro de matrícula mercantil se efectuó desde el 12 de noviembre de 2012:
· 4 trimestre de 2012
· 1,2,3 y 4 trimestre de 2013
· 1,2,3 y 4 trimestre de 2014
· 1,2,3 y 4 trimestre de 2015
· 1,2,3 y 4 trimestre de 2016
Atentamente,
Atención al Usuario
www.fontur.com.co
Recuerde que puede consultar el estado de su contacto digitando el número de radicado, en la opción consulta de solicitudes.
Con el fin de medir y mejorar el servicio, le solicitamos que por favor diligencie la Encuesta de Satisfacción del Cliente
USUARIO:Adriana Páez Henríquez
RESPUESTA:Hemos escalado su contacto a uno de nuestros especialistas en la materia
USUARIO: