RESPUESTA:Su contacto está siendo atendido por uno de nuestros especialistas.
USUARIO:ADRIANA PRIETO
RESPUESTA:Hemos escalado su contacto a uno de nuestros especialistas en la materia
USUARIO:ADRIANA PRIETO
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USUARIO:Yeimi Triana Moreno
RESPUESTA:Bogotá, marzo 25 de 2020
Señor
Gonzalo Tolosa Sarache
info@5elementos.com.co
Asunto: Respuesta Contacto No. 59391
Respetado Señor Gonzalo:
Cordial Saludo
En relación con la solicitud que radicó por medio de la presente plataforma, de manera atenta, le informo lo siguiente:
La obligación de liquidar y pagar la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo es una obligación independiente de la inscripción en el Registro Nacional de Turismo, es decir no todos los aportantes que contempla el artículo 3 de la Ley 1101 de 2006 tienen la obligación de inscribirse en el mencionado registro, y no todos los prestadores de servicios turísticos que estipula el artículo 2.2.4.1.1.12 del Decreto 229 de 2017 se encuentran en la obligación de liquidar y pagar la mencionada contribución.
Así mismo, la obligación de liquidar y pagar la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo nace desde la fecha de inscripción de la matricula mercantil del establecimiento y no desde la fecha de autorización del registro nacional de turismo como lo manifiesta en su solicitud, dado a que son obligaciones independientes.
Atentamente,
Atención al Usuario
www.fontur.com.co
Recuerde que puede consultar el estado de su contacto digitando el número de radicado, en la opción consulta de solicitudes.
Con el fin de medir y mejorar el servicio, le solicitamos que por favor diligencie la Encuesta de Satisfacción del Cliente
USUARIO:Diana Fernanda Moreno Grimaldo
RESPUESTA:Su contacto ha sido recibido, lo atenderemos lo más pronto posible
USUARIO: