RESPUESTA:Su contacto ha sido recibido, lo atenderemos lo más pronto posible
Esta solicitud contiene un archivo adjunto, denominado ADJUNTO DE USUARIO 59361 por favor verífiquelo
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RESPUESTA:Su contacto está siendo atendido por uno de nuestros especialistas.
USUARIO:Yeimi Triana Moreno
RESPUESTA:Hemos escalado su contacto a uno de nuestros especialistas en la materia
USUARIO:Yeimi Triana Moreno
RESPUESTA:Bogotá, marzo 25 de 2020
Señores
CONEXION SEDET COLOMBIA SAS
asaconexioncolombia@gmail.com
Asunto: Respuesta Contacto No. 59361
Respetados Señores:
Cordial saludo
En relación con la solicitud radicada en la presente plataforma, de manera atenta le informo que al verificar nuestros registros se observa que a la fecha tiene pendiente de pago el 1 trimestre del año 2019 de la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo del RNT 69671, debido a que la fecha de inicio de operaciones del establecimiento CONEXION SEDET COLOMBIA S.A.S. es del 24 de julio de 2018, es decir que desde la mencionada fecha se encuentra en la obligación de liquidar y pagar la Contribución Parafiscal.
Por su parte, el artículo 7 del Decreto 2063 de 2018, mediante el cual se modificó el artículo 2.2.4.1.3.4. del Decreto 1074 de 2015, estableció lo siguiente:
“Al momento de la actualización del Registro Nacional de Turismo, los prestadores de servicios turísticos obligados al pago de la contribución parafiscal para la promoción del turismo deberán haber liquidado y pagado los cuatro (4) últimos trimestres causados por concepto de dicha contribución.
Parágrafo. Para efectos de la actualización en el Registro Nacional de Turismo, las cámaras de comercio verificarán el cumplimiento de la obligación a que se refiere este artículo, de conformidad con la última información que suministre la entidad administradora encargada del recaudo de la contribución parafiscal para la promoción del turismo.
(…)”
En ese orden de ideas, a partir del 1 de febrero de 2019, fecha en la cual entró a operar la nueva plataforma de la Cámara de Comercio para trámites relacionados con el registro nacional de turismo, no es necesario adjuntar la certificación de pagos de la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo, sino que será la Cámara de Comercio la encargada de verificar con la entidad recaudadora el cumplimiento del pago de los cuatro últimos trimestres causados de la Contribución, es decir el 1, 2, 3 y 4 trimestre del 2019.
Por otra parte, le informo que el proceso de renovación del registro nacional de turismo lo debe realizar en la página del registro nacional de turismo la cual es administrada por las Cámaras de Comercio y no por el Fondo Nacional de Turismo, ya que las Cámaras de Comercio son las entidades competentes para administrar y manejar todos los temas relacionados con el registro nacional de turismo.
Atentamente,
Atención al Usuario
www.fontur.com.co
Recuerde que puede consultar el estado de su contacto digitando el número de radicado, en la opción consulta de solicitudes.
Con el fin de medir y mejorar el servicio, le solicitamos que por favor diligencie la Encuesta de Satisfacción del Cliente
USUARIO:Diana Fernanda Moreno Grimaldo