RESPUESTA:Su contacto está siendo atendido por uno de nuestros especialistas.
USUARIO:Yeimi Triana Moreno
RESPUESTA:Hemos escalado su contacto a uno de nuestros especialistas en la materia
USUARIO:Yeimi Triana Moreno
RESPUESTA:Por favor hacer la siguinete correción:
USUARIO:Alexandra Oyuela Mancera
RESPUESTA:Por favor hacer la siguinete correción: se debe incluir es la respuesta a la solicitante no la solicitud a la camara.
USUARIO:Alexandra Oyuela Mancera
RESPUESTA:Aprobado, por favor enviar respuesta
USUARIO:Alexandra Oyuela Mancera
RESPUESTA:Bogotá, agosto 30 de 2018
Señora
PAOLA MARTINEZ
pao941@hotmail.com
Asunto: Aplazamiento Contacto No. 28615
Respetada Señora:
En relación con la solicitud radicada el 10 de agosto de 2018 en la Dirección de Contribución Parafiscal, mediante la cual requiere la devolución de la suma de Setecientos ochenta y un mil doscientos cuarenta y dos pesos ($781.242), de manera atenta, le informo que su solicitud se encuentra en trámite y una vez tengamos una respuesta de fondo, se la estaremos comunicando.
USUARIO:Diana Fernanda Moreno Grimaldo
RESPUESTA:Bogotá, octubre 29 de 2018
Señora
PAOLA MARTINEZ
pao941@hotmail.com
Asunto: Respuesta Contacto No. 28615
Respetada señora Yenny Paola,
En relación con la comunicación radicada por medio electrónico, mediante la cual solicita la devolución del valor de SETECIENTOS OCHENTA Y UN MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y DOS PESOS ($781.242) consignados a la cuenta de Fontur-MULTAS con la finalidad de reactivar un registro nacional de turismo que ya se encontraba suspendido por voluntad propia, de manera atenta, le informo lo siguiente:
El parágrafo 6 del artículo 61 de la ley 300 de 1996 modificado por el artículo 33 de la ley 1558 de 2012, establece: “Para la reactivación de la inscripción en el Registro Nacional de Turismo, el prestador deberá solicitarla y acredita la cancelación a favor del Fondo Nacional de Turismo, de un (1) salario mínimo mensual legal vigente en el momento del pago”.
En virtud de lo anterior, se procedió a verificar si el pago al que hace mención en su solicitud (Consignación número 88577427-1 realizada el 9 de agosto de 2018 por valor de SETECIENTOS OCHENTA Y UN MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y DOS PESOS ($781.242)) ingresó a la cuenta 062-912795 de multas del Patrimonio Autónomo Fontur, encontrándose que el día 9 de agosto de 2018 efectivamente se consignó en la cuenta P.A Fontur Multas la suma de SETECIENTOS OCHENTA Y UN MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y DOS PESOS ($781.242), correspondiente al número de NIT 900.649.119-9 del Fondo Nacional de Turismo- FONTUR.
Por otra parte, se procedió a verificar con la Cámara de Comercio del Cauca lo expuesto en su solicitud, entidad que informó lo siguiente:
“Revisada la base de datos del RNT que lleva esta entidad se verifica que el día 28 de marzo de 2018, la Sociedad World Travel and Touirsm SAS con NIT 901116922-3 solicitó la suspensión voluntaria del RNT N° 55306 correspondiente al establecimiento de comercio denominado World Travel and Tourism SAS.
Revisada la base de datos del RNT que lleva esta entidad se verifica que el día 7 de marzo de 2018, se realizó la inscripción en el RNT N° 55387 del establecimiento de comercio denominado WORLD TRAVEL AND TOURISM COLOMBIA, de propiedad de la señora MARTINEZ VELASQUEZ YENNY PAOLA.
Revisada la base de datos no se halló constancia de recibo o comprobante con número 88577427-1 con el que se haya realizado actualización del RNT.”
En ese orden de ideas, se concluye que la señora Yenny Paola Martinez Velásquez Propietaria de World Travel and Tourism Colombia no se encontraba en la obligación de cancelar el salario mínimo legal vigente contemplada en el artículo 33 de la ley 1558 de 2012, toda vez que el Registro Nacional de Turismo N°53306 se encontraba suspendido desde el 28 de marzo de 2018. En consecuencia, su solicitud es procedente.
USUARIO:Diana Fernanda Moreno Grimaldo
RESPUESTA:Bogotá D.C., 6 de noviembre de 2018
DCP-12046-18
Doctora
GLORIA CECILIA CÉSPEDES VELASCO
Coordinadora Jurídica (E)
Cámara de Comercio del Cauca
Carrera 7 N° 4 – 36
cccauca@cccauca.org.co
Popayán
Asunto: Solicitud de aclaración respecto de la respuesta dada el 8 de octubre de 2018.
Respetada doctora Gloria Cecilia,
El 28 de septiembre de 2018, se radicó en las oficinas de la Cámara de Comercio del Cauca comunicado DCP-11400-18, mediante el cual, se le informó que la señora Yenny Paola Martinez Velásquez propietaria del establecimiento World Travel and Tourism Colombia identificado con NIT 1061700216-0, radicó en el Fondo Nacional de Turismo, solicitud de devolución de la suma de SETECIENTOS OCHENTA Y UN MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y DOS PESOS ($781.242) consignada a la cuenta de Fontur-MULTAS.
En virtud de lo anterior, se procedió a consultarle el estado actual del registro mercantil de la sociedad World Travel and Tourism S.A.S identificada con NIT 901116922-3, del Registro Nacional de Turismo N° 53306, su fecha de inscripción, de la última actualización y de cancelación, el estado actual del Registro Nacional de Turismo N° 55387, fecha de inscripción del mismo y de la última actualización, y confirmar si con el número de comprobante N° 88577427-1 se llevó a cabo algún trámite de actualización del registro nacional de turismo.
Sin embargo, en la respuesta dada el 8 de octubre de 2018 en el Oficio con número de radicado E-2018- 88463 no se pronunció sobre la fecha de inscripción por primera vez del Registro Nacional de Turismo N° 55387, ni informó con cual número de RNT no se halló constancia de comprobante con N° 88577427-1.
En consecuencia, solicito su colaboración informando la fecha de inscripción por primera vez del Registro Nacional de Turismo N° 55387 y el número de RNT con el cual no se halló constancia de comprobante con N° 88577427-1 para efectos de actualizarlo.
USUARIO:Diana Fernanda Moreno Grimaldo
RESPUESTA:Bogotá, noviembre 26 de 2018
Señora
PAOLA MARTINEZ
pao941@hotmail.com
Asunto: Respuesta Contacto No. 28615
Respetada Señora:
En relación con la comunicación radicada por medio de la plataforma del Fondo Nacional de Turismo, mediante la cual solicita la devolución del valor de SETECIENTOS OCHENTA Y UN MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y DOS PESOS ($781.242) consignados a la cuenta de Fontur-MULTAS con la finalidad de reactivar un registro nacional de turismo que ya se encontraba suspendido por voluntad propia, de manera atenta, envío en adjunto comunicado de la doctora Alexandra Oyuela Mancera directora del Área de Contribución Parafiscal, para su conocimiento.
USUARIO:Diana Fernanda Moreno Grimaldo
RESPUESTA:Bogotá, noviembre 26 de 2018
Señora
PAOLA MARTINEZ
pao941@hotmail.com
Asunto: Respuesta Contacto No. 28615
Respetada Señora:
En relación con la comunicación radicada por medio de la plataforma del Fondo Nacional de Turismo, mediante la cual solicita la devolución del valor de SETECIENTOS OCHENTA Y UN MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y DOS PESOS ($781.242) consignados a la cuenta de Fontur-MULTAS con la finalidad de reactivar un registro nacional de turismo que ya se encontraba suspendido por voluntad propia, de manera atenta, envío en adjunto comunicado de la doctora Alexandra Oyuela Mancera directora del Área de Contribución Parafiscal, para su conocimiento.
Esta respuesta contiene un archivo adjunto, denominado RESPUESTA CONTACTO 28615 por favor verífiquelo
Atentamente,
Atención al Usuario
www.fontur.com.co
Recuerde que puede consultar el estado de su contacto digitando el número de radicado, en la opción consulta de solicitudes.
Con el fin de medir y mejorar el servicio, le solicitamos que por favor diligencie la Encuesta de Satisfacción del Cliente
USUARIO:Diana Fernanda Moreno Grimaldo
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RESPUESTA:Su contacto ha sido recibido, lo atenderemos lo más pronto posible
Esta solicitud contiene un archivo adjunto, denominado ADJUNTO DE USUARIO 28615 por favor verífiquelo
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