RESPUESTA:Su contacto está siendo atendido por uno de nuestros especialistas.
USUARIO:Yeimi Triana Moreno
RESPUESTA:Hemos escalado su contacto a uno de nuestros especialistas en la materia
USUARIO:Yeimi Triana Moreno
RESPUESTA:Por favor hacer la siguiente correción: Es necesario precisar que en San Jose del Guaviare si hay sucursal del banco de bogota (confirmar con oficinas el archivo que hace tiempo envie), informar que la plataforma permite realizar pagos por PSE caso en el cual debe remitir la liquidación privada conforme el artículo 224216 del D. 1074 de 2015.
USUARIO:Alexandra Oyuela Mancera
RESPUESTA:Por favor hacer la siguinete correción: Corregir
USUARIO:Alexandra Oyuela Mancera
RESPUESTA:Aprobado, por favor enviar respuesta
USUARIO:Alexandra Oyuela Mancera
RESPUESTA:Bogotá, agosto 23 de 2018
Señora
ANA MARIA CESPEDES DE NUÑES
franfhelver83@hotmail.com
Asunto: Respuesta Contacto No. 28500
Respetada Señora:
Cordial saludo,
En relación con su solicitud enviada a través de esta plataforma, de manera atenta, le informo lo siguiente:
La entidad bancaria autorizada para recibir las liquidaciones y pagos de la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo en Colombia es el Banco de Bogotá, y el correspondiente número de cuenta corriente es 062-91261-3, la cual se encuentra habilitada.
Ahora bien, en las ciudades que no exista una sucursal del Banco de Bogotá los aportantes de la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo deben dirigirse al Banco Agrario y realizar los correspondientes pagos haciendo una consignación en la cuenta de ahorros No 400702127333, a nombre de Patrimonio Autónomo Fontur NIT 900.969.119-9, y posteriormente allegar el formulario de la liquidación privada debidamente firmado y copia de la consignación bancaria.
USUARIO:Diana Fernanda Moreno Grimaldo
RESPUESTA:Bogotá, agosto 31 de 2018
Señora
ANA MARIA CESPEDES DE NUÑES
franfhelver83@hotmail.com
Asunto: Respuesta Contacto No. 28500
Respetada Señora:
Cordial saludo,
En relación con su solicitud enviada a través de esta plataforma, de manera atenta, le informo lo siguiente:
La entidad bancaria autorizada para recibir las liquidaciones y pagos de la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo en Colombia es el Banco de Bogotá, y el número de cuenta corriente es 062-91261-3, la cual se encuentra habilitada.
Ahora bien, en la ciudad de San José del Guaviare la correspondiente oficina del Banco de Bogotá se encuentra ubicada en la base militar del San José del Guaviare en la Avenida el Retiro Km 5B (Cantón Oriente San José del Guaviare).
Por otra parte, le informo que en la plataforma de Recaudo en Línea encuentra la opción de realizar el pago del respectivo trimestre de la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo a través del botón PSE, que corresponde a un pago en Línea, al cual puede acceder ingresando a “Liquidaciones”, consultar liquidación y en la parte posterior encontrará el icono de “Pagar por PSE”.
En virtud de lo anterior, si realiza el pago a través de la opción PSE es necesario que imprima el respectivo formulario de la liquidación privada, lo firme y remita a la Dirección de Contribución Parafiscal junto con el comprobante de la transacción aprobada por la entidad bancaria, de conformidad con lo estipulado en el artículo 2.2.4.2.1.6 del Decreto 1074 de 2015, que establece:
“Los sujetos pasivos están obligados a presentar y pagar trimestralmente la liquidación privada de la Contribución en el formato que para tal fin disponga el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo y en la cuenta que señale la entidad recaudadora. La liquidación privada deberá contener al menos la siguiente información:
1. Nombre o razón social y número de identificación tributaria -NIT- del sujeto pasivo.
2. Número del Registro Nacional de Turismo, cuanto se trate de un prestador de servicios turísticos.
3. Dirección y teléfono.
4. Período liquidado y pagado.
5. Ingresos operacionales del período o base gravable.
6. Liquidación privada de la Contribución.
10. Firma del declarante. Cuando se trate de personas jurídicas deberá firmar el representante legal.
11. Firma del revisor fiscal cuando exista obligación legal. En los demás casos bastará la firma del contador.
12. Valor pagado, el cual debe coincidir con el valor de la liquidación privada, más los intereses de mora cuando sea el caso.
Parágrafo. Cuando una persona natural o jurídica o sociedad de hecho posea varios establecimientos de comercio obligados a pagar la contribución, presentará una sola liquidación en la cual consolide las contribuciones de todos los establecimientos de su propiedad e indicará el número de establecimientos que comprende dicha liquidación. De todas maneras en su contabilidad deberá registrar separadamente los ingresos por cada establecimiento o sucursal y conservará los soportes respectivos. La entidad recaudadora podrá efectuar verificaciones sobre estos registros y sobre cada establecimiento o sucursal indistintamente. El pago deberá realizarse en el domicilio de la principal.”. (negrillas fuera de texto)
Finalmente, le informo que en las ciudades en donde no existe una sucursal del Banco de Bogotá los aportantes de la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo deben dirigirse al Banco Agrario y realizar los correspondientes pagos haciendo una consignación en la cuenta de ahorros No 400702127333, a nombre de Patrimonio Autónomo Fontur NIT 900.969.119-9, y posteriormente allegar el formulario de la liquidación privada debidamente firmado y copia de la consignación bancaria.
USUARIO:Diana Fernanda Moreno Grimaldo
RESPUESTA:Bogotá, septiembre 06 de 2018
Señora
ANA MARIA CESPEDES DE NUÑES
franfhelver83@hotmail.com
Asunto: Respuesta Contacto No. 28500
Respetada Señora:
Cordial saludo,
En relación con su solicitud enviada a través de esta plataforma, de manera atenta, le informo lo siguiente:
La entidad bancaria autorizada para recibir las liquidaciones y pagos de la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo en Colombia es el Banco de Bogotá, y el número de cuenta corriente es 062-91261-3, la cual se encuentra habilitada.
Ahora bien, en la ciudad de San José del Guaviare la correspondiente oficina del Banco de Bogotá se encuentra ubicada en la base militar del San José del Guaviare en la Avenida el Retiro Km 5B (Cantón Oriente San José del Guaviare).
Por otra parte, le informo que en la plataforma de Recaudo en Línea encuentra la opción de realizar el pago del respectivo trimestre de la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo a través del botón PSE, que corresponde a un pago en Línea, al cual puede acceder ingresando a “Liquidaciones”, consultar liquidación y en la parte posterior encontrará el icono de “Pagar por PSE”.
En virtud de lo anterior, si realiza el pago a través de la opción PSE es necesario que imprima el respectivo formulario de la liquidación privada, lo firme y remita a la Dirección de Contribución Parafiscal junto con el comprobante de la transacción aprobada por la entidad bancaria, de conformidad con lo estipulado en el artículo 2.2.4.2.1.6 del Decreto 1074 de 2015, que establece:
“Los sujetos pasivos están obligados a presentar y pagar trimestralmente la liquidación privada de la Contribución en el formato que para tal fin disponga el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo y en la cuenta que señale la entidad recaudadora. La liquidación privada deberá contener al menos la siguiente información:
1. Nombre o razón social y número de identificación tributaria -NIT- del sujeto pasivo.
2. Número del Registro Nacional de Turismo, cuanto se trate de un prestador de servicios turísticos.
3. Dirección y teléfono.
4. Período liquidado y pagado.
5. Ingresos operacionales del período o base gravable.
6. Liquidación privada de la Contribución.
10. Firma del declarante. Cuando se trate de personas jurídicas deberá firmar el representante legal.
11. Firma del revisor fiscal cuando exista obligación legal. En los demás casos bastará la firma del contador.
12. Valor pagado, el cual debe coincidir con el valor de la liquidación privada, más los intereses de mora cuando sea el caso.
Parágrafo. Cuando una persona natural o jurídica o sociedad de hecho posea varios establecimientos de comercio obligados a pagar la contribución, presentará una sola liquidación en la cual consolide las contribuciones de todos los establecimientos de su propiedad e indicará el número de establecimientos que comprende dicha liquidación. De todas maneras en su contabilidad deberá registrar separadamente los ingresos por cada establecimiento o sucursal y conservará los soportes respectivos. La entidad recaudadora podrá efectuar verificaciones sobre estos registros y sobre cada establecimiento o sucursal indistintamente. El pago deberá realizarse en el domicilio de la principal.”. (Negrillas fuera de texto)
Finalmente, le informo que si presenta dificultades para el pago de la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo o la sucursal del Banco de Bogotá en la ciudad de San José del Guaviare no le recibe el formulario de la liquidación privada de dicho tributo, existen dos formas de pago, una a través de la opción PSE y otra, realizando una consignación en el Banco Agrario en la cuenta de ahorros No 400702127333, a nombre de Patrimonio Autónomo Fontur NIT 900.969.119-9, y posteriormente deberá allegar el formulario de la liquidación privada debidamente firmado y copia de la consignación bancaria.
USUARIO:Diana Fernanda Moreno Grimaldo
RESPUESTA:Bogotá, septiembre 13 de 2018
Señora
ANA MARIA CESPEDES DE NUÑES
franfhelver83@hotmail.com
Asunto: Respuesta Contacto No. 28500
Respetada Señora:
Cordial saludo,
En relación con su solicitud enviada a través de esta plataforma, de manera atenta, le informo lo siguiente:
La entidad bancaria autorizada para recibir las liquidaciones y pagos de la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo en Colombia es el Banco de Bogotá, y el número de cuenta corriente es 062-91261-3, la cual se encuentra habilitada.
Ahora bien, en la ciudad de San José del Guaviare la correspondiente oficina del Banco de Bogotá se encuentra ubicada en la base militar del San José del Guaviare en la Avenida el Retiro Km 5B (Cantón Oriente San José del Guaviare).
Por otra parte, le informo que en la plataforma de Recaudo en Línea encuentra la opción de realizar el pago del respectivo trimestre de la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo a través del botón PSE, que corresponde a un pago en Línea, al cual puede acceder ingresando a “Liquidaciones”, consultar liquidación y en la parte posterior encontrará el icono de “Pagar por PSE”.
En virtud de lo anterior, si realiza el pago a través de la opción PSE es necesario que imprima el respectivo formulario de la liquidación privada, lo firme y remita a la Dirección de Contribución Parafiscal junto con el comprobante de la transacción aprobada por la entidad bancaria, de conformidad con lo estipulado en el artículo 2.2.4.2.1.6 del Decreto 1074 de 2015, que establece:
“Los sujetos pasivos están obligados a presentar y pagar trimestralmente la liquidación privada de la Contribución en el formato que para tal fin disponga el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo y en la cuenta que señale la entidad recaudadora. La liquidación privada deberá contener al menos la siguiente información:
1. Nombre o razón social y número de identificación tributaria -NIT- del sujeto pasivo.
2. Número del Registro Nacional de Turismo, cuanto se trate de un prestador de servicios turísticos.
3. Dirección y teléfono.
4. Período liquidado y pagado.
5. Ingresos operacionales del período o base gravable.
6. Liquidación privada de la Contribución.
10. Firma del declarante. Cuando se trate de personas jurídicas deberá firmar el representante legal.
11. Firma del revisor fiscal cuando exista obligación legal. En los demás casos bastará la firma del contador.
12. Valor pagado, el cual debe coincidir con el valor de la liquidación privada, más los intereses de mora cuando sea el caso.
Parágrafo. Cuando una persona natural o jurídica o sociedad de hecho posea varios establecimientos de comercio obligados a pagar la contribución, presentará una sola liquidación en la cual consolide las contribuciones de todos los establecimientos de su propiedad e indicará el número de establecimientos que comprende dicha liquidación. De todas maneras en su contabilidad deberá registrar separadamente los ingresos por cada establecimiento o sucursal y conservará los soportes respectivos. La entidad recaudadora podrá efectuar verificaciones sobre estos registros y sobre cada establecimiento o sucursal indistintamente. El pago deberá realizarse en el domicilio de la principal.”. (Negrillas fuera de texto)
Finalmente, le informo que si presenta dificultades para el pago de la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo o la sucursal del Banco de Bogotá en la ciudad de San José del Guaviare no le recibe el formulario de la liquidación privada de dicho tributo, existen dos formas de pago, una a través de la opción PSE y otra, realizando una consignación en el Banco Agrario en la cuenta de ahorros No 400702127333, a nombre de Patrimonio Autónomo Fontur NIT 900.969.119-9, y posteriormente deberá allegar el formulario de la liquidación privada debidamente firmado y copia de la consignación bancaria.
Atentamente,
Atención al Usuario
www.fontur.com.co
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Con el fin de medir y mejorar el servicio, le solicitamos que por favor diligencie la Encuesta de Satisfacción del Cliente
USUARIO:Diana Fernanda Moreno Grimaldo
RESPUESTA:Su contacto ha sido recibido, lo atenderemos lo más pronto posible
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