RESPUESTA:Su contacto está siendo atendido por uno de nuestros especialistas.
USUARIO:Yeimi Triana Moreno
RESPUESTA:Hemos escalado su contacto a uno de nuestros especialistas en la materia
USUARIO:Yeimi Triana Moreno
RESPUESTA:Bogotá, febrero 24 de 2020
Señor
Felix Vicente Ibarra Zamora
ibarra.felix@gmail.com
Asunto: Respuesta Contacto No. 57663
Respetado Señor Ibarra:
En atención a su correo, de manera atenta le informo lo siguiente:
Que al verificar en la página del RUES, se observa que el establecimiento denominado VITRIPS HOSTEL VILLAVICENCIO con RNT 69548 tiene la calidad de aportante de la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo, desde el 9 de abril de 2019, por tanto, de manera atenta le informo que tiene pendiente de pago los periodos relacionados a continuación:
· 2, 3 y 4 trimestre del año 2019.
Para realizar las liquidaciones debe tener presente los pasos relacionado a continuación:
Debe ingresar a la página web www.fontur.com.co, liquidaciones y pago parafiscal, registrarse en caso de no tener usuario y contraseña.
Primer paso, (solo se hace una única vez):
Se dirige a la opción de Establecimientos le da clic en insertar en código, va digitar EST1 y diligencia toda la información que el sistema le solicita en estado digita A (corresponde a activo) en fecha de inicio corresponde a la fecha que su establecimiento empezó a funcionar, es decir, debe colocar la fecha del registro de matrícula mercantil y no la del registro nacional de turismo; por otra parte si tiene más de un establecimiento, debe a realizar el mismo procedimiento, EST2… EST3…
Segundo paso (se debe hacer cada Trimestre):
Después de haber registrado el establecimiento puede proceder a realizar las liquidaciones; se dirige a la opción que dice liquidaciones – Nueva liquidación escoge el año y trimestre que va a liquidar en “grupo” deja en blanco y le da consultar.
Le va aparecer una nueva ventana donde le da insertar en descripción va poner Pago y el trimestre que está liquidando escoge nuevamente el año y el trimestre que está liquidando y la fecha que va a realizar el pago. El sistema le dice digite los ingresos de sus establecimientos proceda a realizarlo y le aceptar después de haberlos digitado.
Tercer paso (se debe hacer cada Trimestre):
Después de haber digitado los ingresos, diríjase a la opción que dice “consultar liquidación” selecciona el año y trimestre que líquido, le da clic en el botón que dice consultar. A continuación va ver reflejado la liquidación creada, en la parte superior izquierda va visualizar dos opciones de pago, una es pagar por el banco el cual le generará el formulario de liquidación privada con el código de barras y la segundo opción es Pagar por el botón PSE, seleccione la opción de pago que dese utilizar.
Por otro lado, en el caso que seleccione “Pagar por banco”. Por favor imprimir a laser, para que este sea leído por el lector del banco.
Por otra parte, es importante precisar, que el artículo 7 del Decreto 2063 de 2018, mediante el cual se modificó el artículo 2.2.4.1.3.4., del Decreto 1074 de 2015, estableció lo siguiente:
“Al momento de la actualización del Registro Nacional de Turismo, los prestadores de servicios turísticos obligados al pago de la contribución parafiscal para la promoción del turismo deberán haber liquidado y pagado los cuatro (4) últimos trimestres causados por concepto de dicha contribución.
Parágrafo. Para efectos de la actualización en el Registro Nacional de Turismo, las cámaras de comercio verificarán el cumplimiento de la obligación a que se refiere este artículo, de conformidad con la última información que suministre la entidad administradora encargada del recaudo de la contribución parafiscal para la promoción del turismo.
En consecuencia, no es necesario adjuntar la certificación de pagos para la renovación del Registro Nacional de Turismo de la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo, será la Cámara la encargada de verificar automáticamente con la entidad recaudadora el cumplimiento del pago de los cuatro últimos trimestres causados de la Contribución Parafiscal.
Adicionalmente, se observa que tiene un establecimiento identificado con RNT 69547 con actividad de HOSTAL, la cual es aportante de la contribución parafiscal para la promoción del turismo, por tanto, le informo lo siguiente:
En el evento en que no supere el tope de ventas de los 50 smlmv del año inmediatamente anterior, es decir año 2019, no tendría la calidad de sujeto pasivo de la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo para el año 2020.
No obstante, se encuentra en la obligación de allegar una certificación de contador público, en la que informe que el correspondiente establecimiento no obtuvo los ingresos del año inmediatamente anterior, requeridos en el numeral 2 artículo 3 de la ley 1101 de 2006.
Ahora bien, le informamos que el certificado debe cumplir con un mínimo de requisitos así:
· Nombre del establecimiento
· RNT
· Año en el que no superó los topes establecidos por la ley.
· Suscrita por el contador público.
Adicionalmente, debe allegar fotocopia de la cédula de ciudadanía y tarjeta profesional del contador público al correo www.fontur.com.co/contacto-contibucion-parafiscal.
Atentamente,
Atención al Usuario
www.fontur.com.co
Recuerde que puede consultar el estado de su contacto digitando el número de radicado, en la opción consulta de solicitudes.
Con el fin de medir y mejorar el servicio, le solicitamos que por favor diligencie la Encuesta de Satisfacción del Cliente
USUARIO:Adriana Páez Henríquez
RESPUESTA:Su contacto ha sido recibido, lo atenderemos lo más pronto posible
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