RESPUESTA:Su contacto ha sido recibido, lo atenderemos lo más pronto posible
Esta solicitud contiene un archivo adjunto, denominado ADJUNTO DE USUARIO 57595 por favor verífiquelo
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RESPUESTA:Su contacto está siendo atendido por uno de nuestros especialistas.
USUARIO:Yeimi Triana Moreno
RESPUESTA:Hemos escalado su contacto a uno de nuestros especialistas en la materia
USUARIO:Yeimi Triana Moreno
RESPUESTA:Bogotá, marzo 10 de 2020
Señor(a)
LUISA ALBERTINA SUAREZ LIZCANO
javierhernandosarmiento@gmail.com
Asunto: Respuesta Contacto No. 57595
Respetado(a) Señor(a):
Con el fin de atender su solicitud, es importante precisar la siguiente información:
1. El aportante identificado con el NIT 21922075 tiene dos establecimientos identificados con los RNT 45976 y 72952.
2. Al verificar la matricula mercantil 9000000144 del establecimiento identificado con el RNT 45976, se evidencia que la fecha de registro fue el 1/07/1969 y la fecha de cancelación del mismo 26/03/2019, por lo tanto, tuvo la calidad de aportante de Contribución Parafiscal bajo la categoría de vivienda turística u hospedaje no permanente desde el 2 trimestre del año 2008 hasta el 1 trimestre del año 2019.
3. Al verificar la matricula 9000433878 del establecimiento identificado con el RNT 72952, se evidencia que la fecha de registro fue el 30/05/2019, por lo tanto, desde dicha fecha adquiere la calidad aportante de Contribución Parafiscal bajo la categoría de hotel desde el 2 trimestre del año 2019.
Ahora bien, al verificar en las liquidaciones que allega se evidencia que tiene registrado el número de RNT 4597 siendo el número correcto el 45976 y adicionalmente, al verificar en la plataforma se evidencia que modificaron el número de RNT reemplazando el anterior y digitando el número 72952. Lo correcto era incluir un nuevo establecimiento y realizar las liquidaciones del 2,3 y 4 trimestre del año 2019 bajo el RNT 72952.
Por lo anterior, se informa que artículo 43 de la Ley 962 de 2005, el cual establece:
“Cuando en la verificación del cumplimiento de las obligaciones de los contribuyentes, responsables, agentes de retención, y demás declarantes de los tributos se detecten inconsistencias en el diligenciamiento de los formularios prescritos para el efecto, tales como omisiones o errores en el concepto del tributo que se cancela, año y/o período gravable; estos se podrán corregir de oficio o a solicitud de parte, sin sanción, para que prevalezca la verdad real sobre la formal, generada por error, siempre y cuando la inconsistencia no afecte el valor por declarar.
Bajo estos mismos presupuestos, la Administración podrá corregir sin sanción, errores de NIT, de imputación o errores aritméticos, siempre y cuando la modificación no resulte relevante para definir de fondo la determinación del tributo o la discriminación de los valores retenidos para el caso de la declaración mensual de retención en la fuente.
La corrección se podrá realizar en cualquier tiempo, modificando la información en los sistemas que para tal efecto maneje la entidad, ajustando registros y los estados financieros a que haya lugar, e informará de la corrección al interesado. La declaración, así corregida, reemplaza para todos los efectos legales la presentada por el contribuyente, responsable, agente retenedor o declarante, si dentro del mes siguiente al aviso el interesado no ha presentado por escrito ninguna objeción.”
La entidad recaudadora procedió a corregir las liquidaciones privadas de la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo dejando los trimestres 1,2,3 y 4 trimestre del añpo 2016, 1,2,3 y 4 trimestre del añpo 2017, 1,2,3 y 4 trimestre del año 2018, 1 trimestre del año 2019 con el RNT 45976 y las liquidaciones del 2,3 y 4 trimestre del año 2019 con el RNT 72952.
Si dentro del mes siguiente al recibo de este comunicado, el aportante no refiere objeción alguna, la corrección en mención quedará en firme.
Atentamente,
Atención al Usuario
www.fontur.com.co
Recuerde que puede consultar el estado de su contacto digitando el número de radicado, en la opción consulta de solicitudes.
Con el fin de medir y mejorar el servicio, le solicitamos que por favor diligencie la Encuesta de Satisfacción del Cliente
USUARIO:Daniela Ardila Castañeda