RESPUESTA:Su contacto está siendo atendido por uno de nuestros especialistas.
USUARIO:ADRIANA PRIETO
RESPUESTA:Hemos escalado su contacto a uno de nuestros especialistas en la materia
USUARIO:ADRIANA PRIETO
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USUARIO:Yeimi Triana Moreno
RESPUESTA:Bogotá, febrero 13 de 2020
Señor(a)
julio cesar perez guzman
jcpgperez55@gmail.com
Asunto: Respuesta Contacto No. 55690
Respetado(a) Señor(a):
Verificadas las bases de datos, se observa que el señor Julio Cesar Perez Guzman identificado con el NIT. 19.260.386, tiene pendiente de pago los siguientes periodos:
RNT 10828 – AMAZONAS FANTASTICA
· Año 2008 trimestre 1-2-3-4
· Año 2009 trimestre 1-2-3-4
· Año 2010 trimestre 1-2-3-4
· Año 2011 trimestre 1-2-3-4
· Año 2012 trimestre 1-2-3-4
· Año 2013 trimestre 1-2-3-4
· Año 2014 trimestre 1-2-3-4
· Año 2015 trimestre 1-2-3-4
· Año 2016 trimestre 1-2
RNT 64102 - AMAZONAS FANTASTICA
· Año 2019 trimestre 1-2-3-4
A su vez, le informo que al ser aportante de la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo se encuentra en la obligación de liquidar y pagar dicho tributo desde el momento en que el establecimiento se registró ante Matricula Mercantil.
En relación con lo anterior, si el establecimiento no ha obtenido ingresos, los sujetos pasivos de la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo, es decir, los contemplados en el artículo 3 de la Ley 1101 de 2006 trimestralmente deben cumplir con dos obligaciones:
A. Presentación de la liquidación privada (Obligación formal)
B. Pago de la liquidación privada (Obligación sustancial)
Ahora bien, en cuanto al cumplimiento de dichas obligaciones es importante precisar que en todos los casos, la exigibilidad de las mismas no será igual, en efecto, puede suceder que durante un período el aportante no haya percibido ingresos operacionales por concepto de las actividades sometidas al gravamen, evento en el cual no nace la obligación de pagar, no obstante si se encontraría obligado a presentar la liquidación privada en ceros en Banco de Bogotá.
En el caso en el cual el establecimiento haya adquirido la actividad económica posterior a la fecha de la matricula mercantil, deberá enviar el documento emitido por la Cámara de Comercio que soporte la fecha en la cual se emitió dicha actividad económica.
Por otro lado, para realizar la liquidación de la contribución parafiscal debe comunicarse con nuestro call center quienes le atenderá las dudas e inquietudes, para recibir la asistencia telefónica puede comunicarse a las líneas de información general que se relacionan a continuación:
Bogotá: 057 (1) 7426404
Celular: 3057341212
Línea nacional sin costo: 018000180335
Atentamente,
Atención al Usuario
www.fontur.com.co
Recuerde que puede consultar el estado de su contacto digitando el número de radicado, en la opción consulta de solicitudes.
Con el fin de medir y mejorar el servicio, le solicitamos que por favor diligencie la Encuesta de Satisfacción del Cliente
USUARIO:Lerwin Fabian Pulido Aroca
RESPUESTA:Su contacto ha sido recibido, lo atenderemos lo más pronto posible
USUARIO: