RESPUESTA:Su contacto ha sido recibido, lo atenderemos lo más pronto posible
Esta solicitud contiene un archivo adjunto, denominado ADJUNTO DE USUARIO 54000 por favor verífiquelo
USUARIO:Descargar PDF
RESPUESTA:Su contacto está siendo atendido por uno de nuestros especialistas.
USUARIO:Yeimi Triana Moreno
RESPUESTA:Hemos escalado su contacto a uno de nuestros especialistas en la materia
USUARIO:Yeimi Triana Moreno
RESPUESTA:Bogotá, enero 20 de 2020
Señores
Alcanapa SAS
lidercontable@rexico.com
Asunto: Respuesta Contacto No. 54000
Respetados Señores:
Dando respuesta a su solicitud, de manera atenta, le informo que el prestador de servicio tiene con Fontur la siguiente obligación:
De acuerdo a lo contemplado en el artículo 2.2.4.2.1.3 del Decreto 1074 de 2015, establece los sujetos pasivos de la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo, es decir, los contemplados en el artículo 3 de la Ley 1101 de 2006, trimestralmente deben cumplir con dos obligaciones:
De acuerdo a lo contemplado en los artículos 2.2.4.2.1.3, 6 y 7, del Decreto 1074 de 2015, señala que los sujetos pasivos de la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo, deben “presentar y pagar la liquidación privada”.
Por lo anterior, le informo que si bien allego la liquidación privada de manera suscrita, no se evidencia en el documento que efectuó el pago, toda vez que no adjuntó el soporte de PSE o el sello del banco en el cual presentó dicho pago; por tanto, deberá allegar nuevamente la presentación de la liquidación privada (Obligación formal) con el respectivo pago PSE y/o sello el Banco de Bogotá” (Obligación sustancial).
Atentamente,
Atención al Usuario
www.fontur.com.co
Recuerde que puede consultar el estado de su contacto digitando el número de radicado, en la opción consulta de solicitudes.
Con el fin de medir y mejorar el servicio, le solicitamos que por favor diligencie la Encuesta de Satisfacción del Cliente
USUARIO:Adriana Páez Henríquez