RESPUESTA:Su contacto está siendo atendido por uno de nuestros especialistas.
USUARIO:Yeimi Triana Moreno
RESPUESTA:Hemos escalado su contacto a uno de nuestros especialistas en la materia
USUARIO:Yeimi Triana Moreno
RESPUESTA:Bogotá, diciembre 04 de 2019
Señores
HOSTEL NIRVANA SAN GIL
matansharabi26@gmail.com
Asunto: Respuesta Contacto No. 52415
Respetados Señores:
En atención a su solicitud, de manera atenta le informo lo siguiente:
El artículo 40 de la Ley 300 de 1996 modificado por el artículo 1 de la Ley 1101 de 2006 creó la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo, dicho tributo es un gravamen establecido con carácter obligatorio que afecta a un determinado y único grupo social y/o económico, cuyos recursos se utilizan para beneficio del mismo sector.
Por su parte, el artículo 3 de la Ley 1101 de 2006 contempla que se consideran aportantes de la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo, los hoteles y centros vacacionales, como es su caso.
Ahora bien, en cuanto al cumplimiento de las obligaciones es importante precisar que en todos los casos, la exigibilidad de las mismas no será igual, en efecto, puede suceder que durante un período no haya percibido ingresos operacionales por concepto de las actividades sometidas al gravamen, evento en el cual se encontraría obligado a presentar la liquidación privada en ceros en el formulario establecido para tal efecto con las correspondientes firmas y el sello del Banco de Bogotá.
En ese orden de ideas, le informo que tiene pendiente de pago los periodos y trimestres relacionados a continuación, toda vez que, el registro de matrícula mercantil del establecimiento, se efectuó desde el 21 de marzo de 2016 ante Cámara de Comercio, tal y como se refleja en la página web del RUES; cabe resaltar que la obligación del pago nace desde el registro de matrícula mercantil y no desde la adquisición del RNT.
· 1.2 trimestre de 2016
Por último, para realizar la liquidación, es necesario que, ingrese a la página web del Fondo Nacional de Turismo www.fontur.com.co, seleccionando la opción de “Liquidación y pago en Línea”, digite su usuario sin dígito de verificación y sin punto ni comes y la contraseña.
Atentamente,
Atención al Usuario
www.fontur.com.co
Recuerde que puede consultar el estado de su contacto digitando el número de radicado, en la opción consulta de solicitudes.
Con el fin de medir y mejorar el servicio, le solicitamos que por favor diligencie la Encuesta de Satisfacción del Cliente
USUARIO:Adriana Páez Henríquez
RESPUESTA:Su contacto ha sido recibido, lo atenderemos lo más pronto posible
Esta solicitud contiene un archivo adjunto, denominado ADJUNTO DE USUARIO 52415 por favor verífiquelo
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