RESPUESTA:Su contacto está siendo atendido por uno de nuestros especialistas.
USUARIO:Contribución Parafiscal
RESPUESTA:Bogotá, febrero 24 de 2017
Señor(a)
damaris arevalo
damados2@hotmail.com
Asunto: Respuesta Contacto No. 21841
Respetado(a) Señor(a):
De acuerdo a su solicitud de cómo pagar parafiscales del año 2016, de manera atenta le informo que deberá ingresar a la página web www.fontur.com.co, en la parte superior va a encontrar un link llamado liquidación y pago en Línea, regístrese, recuerde que su usuario es el NIT sin digito de verificación y la contraseña 123456.
Una vez ingrese siga los siguientes pasos:
Primer paso:
Diríjase a la opción de Establecimientos de clic en insertar diligencie toda la información que el sistema le solicita en código va digitar EST1, en fecha de inicio corresponde a la fecha que su establecimiento lo registro ante Cámara De Comercio y en estado digita A (corresponde a activo), si tiene más establecimientos procede a realizar el mismo procedimiento.
Segundo paso:
Después de haber registrado el establecimiento puede proceder a realizar las liquidaciones; se dirige a la opción que dice liquidaciones – Nueva liquidación escoge el año y trimestre que va a liquidar en grupo deja en blanco y le da consultar. Le va aparecer una nueva ventana donde le da insertar en descripción va poner Pago y el trimestre que está liquidando escoge nuevamente el año y el trimestre que está liquidando y la fecha que va a realizar el pago. El sistema le dice digite los ingresos de sus establecimientos proceda a realizarlo y le da aceptar después de haberlos digitado.
Tercer paso:
Después de haber ingresado los ingresos diríjase a la opción que dice consultar liquidación selecciona el año y trimestre que líquido y consultar, finalmente seleccione porque medio va a realizar el pago, si lo paga en banco seleccione la opción pagar por banco e imprimir el formulario en impresora a laser y llevarlo al Banco Bogotá, si por el contrario selecciona el pago por medio PSE, debe realizar el proceso de pago, y una vez finalizado el proceso valla a la opción pagar por banco y descargue el formulario el cual le va a salir sin código de barras el cual indica que usted realizo el pago por este medio, imprima el formulario y fírmelo respectivamente, una vez lo tenga diligenciado envíelo mediante correo electrónico a parafiscal@fontur.com.co
Por otro lado le informo, que el numeral 2 del artículo 3 de la Ley 1101 del año 2006, consagra que las viviendas turísticas y otros tipos de hospedaje no permanente, cuyas ventas anuales sean superiores a los 50 smlmv, son aportantes de la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo.
En consecuencia, las viviendas turísticas y otros tipos de hospedaje no permanente que superen el tope señalado tienen la calidad de aportantes de la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo y se encuentran obligados al pago de la misma y para efectos de liquidar dicha obligación, deberán tomar los ingresos operacionales percibidos por la realización de la actividad turística desarrollada y aplicarle la tarifa del 2.5 por mil.
En ese orden de ideas, si el establecimiento no supera las ventas anuales de 50 salarios mínimos legales vigentes, no se encuentra obligado a liquidar ni presentar liquidaciones en cero pero deberá enviar anualmente una certificación al correo parafiscal@fontur.com.co soportada donde se indique que en el año anterior no ha superado dicho tope.
Recuerde que puede consultar el estado de su contacto digitando el número de radicado, en la opción consulta de solicitudes.
Con el fin de medir y mejorar el servicio, le solicitamos que por favor diligencie la Encuesta de Satisfacción del Cliente
Atentamente,
Atención al Usuario
www.fontur.com.co
USUARIO:Contribución Parafiscal
RESPUESTA:Su contacto ha sido recibido, lo atenderemos lo más pronto posible
USUARIO: