RESPUESTA:Su contacto está siendo atendido por uno de nuestros especialistas.
USUARIO:Yeimi Triana Moreno
RESPUESTA:Hemos escalado su contacto a uno de nuestros especialistas en la materia
USUARIO:Yeimi Triana Moreno
RESPUESTA:Bogotá, noviembre 26 de 2019
Señor(a)
hotel donchepe
hoteldonchepe1_2009@hotmail.com
Asunto: Respuesta Contacto No. 52294
Respetado(a) Señor(a):
Buen día,
En atención a sus soportes de liquidación informo lo siguiente:
De conformidad con el artículo 2.2.4.2.1.6 del Decreto 1074 de 2015, “los sujetos pasivos están obligados a presentar y pagar trimestralmente la liquidación privada de la Contribución en el formato que para tal fin disponga el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo y en la cuenta que señale la entidad recaudadora. La liquidación privada deberá contener al menos la siguiente información:”
1. Nombre o razón social y número de identificación tributaria -NIT- del sujeto pasivo.
2. Número del Registro Nacional de Turismo, cuanto se trate de un prestador de servicios turísticos.
3. Dirección y teléfono.
4. Período liquidado y pagado.
5. Ingresos operacionales del período o base gravable.
6. Liquidación privada de la Contribución.
7. Firma del declarante. Cuando se trate de personas jurídicas deberá firmar el representante legal.
8. Firma del revisor fiscal cuando exista obligación legal. En los demás casos bastará la firma del contador.
9. Valor pagado, el cual debe coincidir con el valor de la liquidación privada, más los
10. Intereses de mora cuando sea el caso.
Revisada la liquidación privada allegada, se observa que está pendiente la suscripción de la misma de conformidad con la norma citada anteriormente.
En consecuencia y con el fin de cumplir con la obligación consagrada en el artículo 2.2.4.2.1.6 del Decreto 1074 de 2015 debe presentar la liquidación privada, el cual podrán descargar a través del aplicativo en la opción “liquidaciones” seguido “consulta de liquidaciones” y por último la opción “pagar por banco” en esta opción obtendrá el formulario de liquidación privada y debe ser enviada con las respectivas firmas y soporte de pago PSE por este mismo medio.
USUARIO:SERLEFIN
RESPUESTA:Bogotá, diciembre 06 de 2019
Señor(a)
hotel donchepe
hoteldonchepe1_2009@hotmail.com
Asunto: Respuesta Contacto No. 52294
Respetado(a) Señor(a):
Buen día,
El texto:
En consecuencia y con el fin de cumplir con la obligación consagrada en el artículo 2.2.4.2.1.6 del Decreto 1074 de 2015 debe presentar la liquidación privada, el cual podrán descargar a través del aplicativo en la opción “liquidaciones” seguido “consulta de liquidaciones” y por último la opción “pagar por banco” en esta opción obtendrá el formulario de liquidación privada y debe ser enviada con las respectivas firmas y soporte de pago PSE por este mismo medio.
Hace parte de la plantilla LIQUIDACIÓN PRIVADA SIN FIRMAS Texto casos liquidaciones privada sin firmas. Que nos brindaron el 9 de octubre de este año. En la llamada que realizamos los 3(Laura, Yeimi y Miguel) quedamos en que las firmas fuera del formulario les enviábamos la plantilla de soportes sin firmas ya que no había plantilla establecida para tal caso, por favor indicarme si la información se entendío mal.
Gracias.
USUARIO:SERLEFIN
RESPUESTA:Bogotá, febrero 27 de 2020
Señor(a)
hotel donchepe
hoteldonchepe1_2009@hotmail.com
Asunto: Respuesta Contacto No. 52294
Respetado(a) Señor(a):
Buen día,
De manera atenta, doy acuso de recibido de la liquidación privada del 1 trimestre del año 2019 pagada por Banco por el establecimiento HOTEL DON CHEPE.
Por otra parte, informo lo siguiente:
De conformidad con el artículo 2.2.4.2.1.6 del Decreto 1074 de 2015, “los sujetos pasivos están obligados a presentar y pagar trimestralmente la liquidación privada de la Contribución en el formato que para tal fin disponga el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo y en la cuenta que señale la entidad recaudadora. La liquidación privada deberá contener al menos la siguiente información:”
1. Nombre o razón social y número de identificación tributaria -NIT- del sujeto pasivo.
2. Número del Registro Nacional de Turismo, cuanto se trate de un prestador de servicios
Turísticos
3. Dirección y teléfono.
4. Período liquidado y pagado.
5. Ingresos operacionales del período o base gravable.
6. Liquidación privada de la Contribución.
7. Firma del declarante. Cuando se trate de personas jurídicas deberá firmar el representante legal.
8. Firma del revisor fiscal cuando exista obligación legal. En los demás casos bastará la firma del contador.
9. Valor pagado, el cual debe coincidir con el valor de la liquidación privada, más los
10. Intereses de mora cuando sea el caso.”
Revisada la liquidación privada allegada, se observa que las firmas no se encuentran en el campo estipulado para tal fin, es decir, se encuentra fuera del formulario de liquidación privada es necesario que lo vuelva a remitir.
Atentamente,
Atención al Usuario
www.fontur.com.co
Recuerde que puede consultar el estado de su contacto digitando el número de radicado, en la opción consulta de solicitudes.
Con el fin de medir y mejorar el servicio, le solicitamos que por favor diligencie la Encuesta de Satisfacción del Cliente
USUARIO:SERLEFIN
RESPUESTA:Por que este texto? quedo atenta para revisar tu punto de vista.
En consecuencia y con el fin de cumplir con la obligación consagrada en el artículo 2.2.4.2.1.6 del Decreto 1074 de 2015 debe presentar la liquidación privada, el cual podrán descargar a través del aplicativo en la opción “liquidaciones” seguido “consulta de liquidaciones” y por último la opción “pagar por banco” en esta opción obtendrá el formulario de liquidación privada y debe ser enviada con las respectivas firmas y soporte de pago PSE por este mismo medio.
Miguel, en otra ocación hablamos de las firmas fuera del formulario y ya teniamos una plantilla por favor la incluyes.
USUARIO:ESTEFANIA BRICEÑO CARDENAS
RESPUESTA:Aprobado, por favor enviar respuesta
De manera atenta, doy acuso de recibido de la liquidación privada del 1 trimestre del año 2019 pagada por Banco por el establecimiento HOTEL DON CHEPE.
Por otra parte, informo lo siguiente:
De conformidad con el artículo 2.2.4.2.1.6 del Decreto 1074 de 2015, “los sujetos pasivos están obligados a presentar y pagar trimestralmente la liquidación privada de la Contribución en el formato que para tal fin disponga el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo y en la cuenta que señale la entidad recaudadora. La liquidación privada deberá contener al menos la siguiente información:”
1. Nombre o razón social y número de identificación tributaria -NIT- del sujeto pasivo.
2. Número del Registro Nacional de Turismo, cuanto se trate de un prestador de servicios
Turísticos
3. Dirección y teléfono.
4. Período liquidado y pagado.
5. Ingresos operacionales del período o base gravable.
6. Liquidación privada de la Contribución.
7. Firma del declarante. Cuando se trate de personas jurídicas deberá firmar el representante legal.
8. Firma del revisor fiscal cuando exista obligación legal. En los demás casos bastará la firma del contador.
9. Valor pagado, el cual debe coincidir con el valor de la liquidación privada, más los
10. Intereses de mora cuando sea el caso.”
Revisada la liquidación privada allegada, se observa que las firmas no se encuentran en el campo estipulado para tal fin, es decir, se encuentra fuera del formulario de liquidación privada es necesario que lo vuelva a remitir.
USUARIO:ESTEFANIA BRICEÑO CARDENAS
RESPUESTA:Su contacto ha sido recibido, lo atenderemos lo más pronto posible
Esta solicitud contiene un archivo adjunto, denominado ADJUNTO DE USUARIO 52294 por favor verífiquelo
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