RESPUESTA:Su contacto ha sido recibido, lo atenderemos lo más pronto posible
Esta solicitud contiene un archivo adjunto, denominado ADJUNTO DE USUARIO 50501 por favor verífiquelo
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RESPUESTA:Su contacto está siendo atendido por uno de nuestros especialistas.
USUARIO:Yeimi Triana Moreno
RESPUESTA:Hemos escalado su contacto a uno de nuestros especialistas en la materia
USUARIO:Yeimi Triana Moreno
RESPUESTA:Bogotá, octubre 23 de 2019
Señor(a)
sala de exhibicion marina the persistence S.A.S.
atrixreload02@gmail.com
Asunto: Respuesta Contacto No. 50501
Respetado(a) Señor(a):
Buen día,
De manera atenta, doy acuso de recibido de las liquidaciones privadas del 1, 2 y 3 trimestre del año 2019 pagadas por Banco por el establecimiento SALA DE EXHIBICION MARINA THE PERSISTENCE S.A.S. bajo el número de RNT 58013.
USUARIO:SERLEFIN
RESPUESTA:Bogotá, octubre 29 de 2019
Señor(a)
sala de exhibicion marina the persistence S.A.S.
atrixreload02@gmail.com
Asunto: Respuesta Contacto No. 50501
Respetado(a) Señor(a):
Buen día,
De manera atenta, doy acuso de recibido de las liquidaciones privadas del 1, 2 y 3 trimestre del año 2019 pagadas por Banco por el establecimiento SALA DE EXHIBICION MARINA THE PERSISTENCE S.A.S. bajo el número de RNT 58013.
De conformidad con el artículo 61 de la Ley 300 de 1996 modificado por el artículo 33 de la Ley 1558 de 2012, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo delegó en las Cámaras de Comercio la administración del Registro Nacional de Turismo, en el cual deberán inscribirse todos los prestadores de servicios turísticos contemplados en el artículo 12 de la Ley 1101 de 2006. Por tal razón, los trámites relacionados con éste tales como inscripción, actualización y reactivación son de competencia de las Cámaras de Comercio.
Atentamente,
Atención al Usuario
www.fontur.com.co
Recuerde que puede consultar el estado de su contacto digitando el número de radicado, en la opción consulta de solicitudes.
Con el fin de medir y mejorar el servicio, le solicitamos que por favor diligencie la Encuesta de Satisfacción del Cliente
USUARIO:SERLEFIN
RESPUESTA:Incluir al final por favor.
De conformidad con el artículo 61 de la Ley 300 de 1996 modificado por el artículo 33 de la Ley 1558 de 2012, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo delegó en las Cámaras de Comercio la administración del Registro Nacional de Turismo, en el cual deberán inscribirse todos los prestadores de servicios turísticos contemplados en el artículo 12 de la Ley 1101 de 2006. Por tal razón, los trámites relacionados con éste tales como inscripción, actualización y reactivación son de competencia de las Cámaras de Comercio.
USUARIO:ESTEFANIA BRICEÑO CARDENAS