RESPUESTA:Su contacto ha sido recibido, lo atenderemos lo más pronto posible
Esta solicitud contiene un archivo adjunto, denominado ADJUNTO DE USUARIO 50176 por favor verífiquelo
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RESPUESTA:Su contacto está siendo atendido por uno de nuestros especialistas.
USUARIO:Yeimi Triana Moreno
RESPUESTA:Hemos escalado su contacto a uno de nuestros especialistas en la materia
USUARIO:Yeimi Triana Moreno
RESPUESTA:Bogotá, octubre 18 de 2019
Señora
Astrid Lorena Ochoa Arias
info@entrepalmashotel.com
Asunto: Respuesta Contacto No. 50176
Respetada Señora Astrid:
En atención a su correo, de manera atenta le informo que los certificados adjuntos no tiene validez por las siguientes razones:
Doy alcance a la respuesta emitida el 1 de octubre del presente año, al contacto No. 49849, toda vez que la respuesta que se emitió le corresponde a todos aquellos prestadores de servicio turístico que en efecto tienen “viviendas turísticas y hospedajes no permanentes”, cuyo actividad matriculada ante Cámara de Comercio, obedece a los números 5512-5514-5519. Verificando la información en la página del RUES, el establecimiento Entrepalmas Ecolodge Hotel Campestre, tiene las siguientes actividades relacionadas a continuación, en las cuales se destaca como actividad principal la “5511 Alojamiento en hoteles”, que de acuerdo al marco normativo, el establecimiento tendría la calidad de aportantes de la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo.
5511 Alojamiento en hoteles
5611 Expendio a la mesa de comidas preparadas
9007 Actividades de espectáculos musicales en vivo
9319 Otras actividades deportivas
Ahora bien, en cuanto al RNT 41676 se observa que tiene Categoría: Viviendas Turísticas y Subcategoría: Fincas Turísticas Alojamiento Rural; a la luz del Decreto 229 de 2017, la Cámara de Comercio no debió haber emitido el certificado de RNT, toda vez que, el artículo relacionado a continuación ibídem, señala: “Artículo 2.2.4.1.1.6. Causales para no efectuar el registro. Las cámaras de comercio se abstendrán de efectuar el registro cuando: (…)
4. Cuando el objeto social y/o la actividad económica plasmados en el Registro Mercantil no corresponda a las actividades y/o funciones de la categoría o subcategoría que el prestador de servicios turísticos pretende inscribir en el Registro Nacional de Turismo. El Registro Mercantil debe estar vigente a la fecha de solicitud de inscripción en el Registro Nacional de Turismo”. (Negrita y subrayado fuera de texto).
Por lo anterior, deberá dirigirse a su ente Camaral y modificar la Categoría y Subcategoría del RNT, con la que concuerda su actividad principal 5511.
Por su parte, le informo que el artículo 40 de la Ley 300 de 1996 modificado por el artículo 1 de la Ley 1101 de 2006 creó la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo, dicho tributo es un gravamen establecido con carácter obligatorio que afecta a un determinado y único grupo social y/o económico, cuyos recursos se utilizan para beneficio del mismo sector; adicionalmente, artículo 3 de la Ley 1101 de 2006 contempla quienes se consideran aportantes de la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo, a los “1. Hoteles y Centros Vacaciones”, como es su caso.
En ese orden de ideas, le informo que a la fecha la señora Astrid Lorena Ochoa Arias identificada con NIT. 42142556 – 5 propietaria del establecimiento Entrepalmas Ecolodge Hotel Campestre, tiene pendiente de pago los periodos relacionados a continuación, toda vez que registró la matrícula mercantil desde el 27 de marzo de 2012 ante la Cámara de Comercio.
· Año 2012: trimestre 1,2,3,4
· Año 2013: trimestre 1,2,3,4
· Año 2014: trimestre 1,2,3,4
· Año 2015: trimestre 1,2,3,4
· Año 2016: trimestre 1,2,3,4
· Año 2017: trimestre 1,2,3,4
· Año 2018: trimestre 1,2,3,4
· Año 2019: trimestre 1,2,3
Finalmente, le informo que para realizar las liquidaciones de la Contribución Parafiscal deberá ingresar a la página web, www.fontur.com.co – “Liquidación y pagos en línea”, registrarse e iniciar sesión con su nombre de usuario que es NIT sin digito de verificación, sin puntos y sin comas y la contraseña que le haya asignado, y tener en cuenta los siguientes pasos:
Primer paso, (solo se hace una única vez):
Se dirige a la opción de Establecimientos le da clic en insertar en código, va digitar EST1 y diligencia toda la información que el sistema le solicita en estado digita A (corresponde a activo) en fecha de inicio corresponde a la fecha que su establecimiento empezó a funcionar, si tiene más establecimientos procede a realizar el mismo procedimiento.
Segundo paso (se debe hacer cada Trimestre):
Después de haber registrado el establecimiento puede proceder a realizar las liquidaciones; se dirige a la opción que dice liquidaciones – Nueva liquidación escoge el año y trimestre que va a liquidar en “grupo” deja en blanco y le da consultar.
Le va aparecer una nueva ventana donde le da insertar en descripción va poner Pago y el trimestre que está liquidando escoge nuevamente el año y el trimestre que está liquidando y la fecha que va a realizar el pago. El sistema le dice digite los ingresos de sus establecimientos proceda a realizarlo y le aceptar después de haberlos digitado.
Tercer paso (se debe hacer cada Trimestre):
Después de haber digitado los ingresos, diríjase a la opción que dice “consultar liquidación” selecciona el año y trimestre que líquido, le da clic en el botón que dice consultar. A continuación va ver reflejado la liquidación creada, en la parte superior izquierda va visualizar dos opciones de pago, una es pagar por el banco el cual le generará el formulario de liquidación privada con el código de barras y la segundo opción es Pagar por el botón PSE, seleccione la opción de pago que dese utilizar.
Por otro lado, en el caso que seleccione “Pagar por banco”. Por favor imprimir a laser, para que este sea leído por el lector del banco.
A continuación el link para acceder al instructivo.
http://fontur.com.co/productos-y-servicios/instrucciones-y-formulario-de-pago-contrubucion-parafiscal/48
Atentamente,
Atención al Usuario
www.fontur.com.co
Recuerde que puede consultar el estado de su contacto digitando el número de radicado, en la opción consulta de solicitudes.
Con el fin de medir y mejorar el servicio, le solicitamos que por favor diligencie la Encuesta de Satisfacción del Cliente
USUARIO:Adriana Páez Henríquez