RESPUESTA:Su contacto está siendo atendido por uno de nuestros especialistas.
USUARIO:Yeimi Triana Moreno
RESPUESTA:Hemos escalado su contacto a uno de nuestros especialistas en la materia
USUARIO:Yeimi Triana Moreno
RESPUESTA:Bogotá, septiembre 13 de 2019
Señor(a)
ESPACIO CUBICO SAS
administrativo@espaciocubiko.com
Asunto: Respuesta Contacto No. 49405
Respetado(a) Señor(a):
De manera atenta, le informo que adjunto a su solicitud no se observan las liquidaciones del 1 y 2 trimestre de 2019 ni sus comprobantes de pago.
Respecto a su afirmación "los pagos que nos estan solicitando de años anteriores al segundo semestre del 2016, no estábamos inscritos en el Registro Nacional de turismo por tanto no genera cobro de dichos años", le aclaro:
El artículo 1 de la Ley 1101 de 2006 creó una Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo, a cargo de los aportantes previstos en el artículo 3 de la misma ley. El numeral 6 del artículo 3 ibídem consagra que los operadores profesionales de congresos, ferias y convenciones son aportantes de la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo.
Dado que Espacio Cúbico tiene en el Registro Único Empresarial y Social (RUES) la categoría de "operadores profesionales de congresos, ferias y convenciones" es sujeto pasivo de la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo y, se encuentra en la obligación de liquidar y pagar dicho tributo desde el momento en que fue inscrito en el registro mercantil, la cual según el RUES es agosto 14 de 2014 (trimestre 3 de 2014).
Por otra parte, los artículos 61 y 62 de la Ley 300 de 1996 señalan la obligatoriedad de inscribirse en el Registro Nacional de Turismo por parte de los prestadores turísticos que efectúen sus operaciones en Colombia.
En consecuencia, acorde con las normas antes señaladas se evidencia que la obligación de liquidar y pagar la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo es diferente a la obligación de inscribirse en el Registro Nacional de Turismo de Turismo.
En virtud de lo anterior y verificadas nuestras bases de datos, le informo que tiene pendiente de pago los siguientes periodos de la Contribución Parafiscal:
- 3, 4 trimestre del año 2014;
- 1, 2, 3, 4 trimestre del año 2015;
- 1, 2, trimestre del año 2016
Para efectos de realizar las liquidaciones y pagos correspondientes debe ingresar a www.fontur.com.co / Liquidación y pago en línea con su usuario y la contraseña que haya asignado.
Atentamente,
Atención al Usuario
www.fontur.com.co
Recuerde que puede consultar el estado de su contacto digitando el número de radicado, en la opción consulta de solicitudes.
Con el fin de medir y mejorar el servicio, le solicitamos que por favor diligencie la Encuesta de Satisfacción del Cliente
USUARIO:Juan Carlos Mendívil
RESPUESTA:Su contacto ha sido recibido, lo atenderemos lo más pronto posible
USUARIO: